PROYECTO DE TP


Expediente 2194-D-2015
Sumario: DETECCION TEMPRANA, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CELIACA - LEY 26588 -. INCORPORACION DE LOS ARTICULOS 5 BIS Y 10 BIS, SOBRE REALIZACION BIMESTRAL DE UNA LISTA DE PRECIOS DE LOS ALIMENTOS APTOS PARA CELIACOS E IMPLEMENTACION DE UN PROGRAMA ANUAL DE PROMOCION DE ALIMENTOS APTOS PARA CELIACOS, RESPECTIVAMENTE.
Fecha: 27/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Agréguese el artículo 5 bis de la ley 26.588 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5 bis: El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Instituto Nacional de Estadística y Censos -INDEC-, realizará en forma bimestral una lista de precios de los alimentos aptos para celíacos. La lista deberá incluir un relevamiento de lugares que comercializan dichos productos, el stock de los mismos y la demanda que registran.
Un ítem especial deberá relevar los precios en restaurantes y bares y su disponibilidad.
Artículo 2°.- Agréguese el artículo 10 bis el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 10 bis: El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizará un programa anual de promoción de alimentos aptos para el consumo de personas que padecen celiaquía.
Las exenciones y beneficios que se determinen a tal fin deberán tener como principal beneficiario las PyMEs que integran la cadena de producción de alimentos para celíacos.
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas enviará en forma anual a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación los beneficios que deben ser instituidos por Ley, los mismos tendrán trámite prioritario en la Comisión de Presupuesto y Hacienda o en la que en el futuro la remplace.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene como objeto general la disminución del alto costo que tienen los alimentos aptos para celíacos.
En primer lugar, se busca la realización de una lista de precios de alimentos que no contengan TACC. La misma no se debe limitar a enunciar los alimentos que se comercializan sino la relación entre cantidad de alimentos, demanda y posibilidad de conseguirlos por localidades.
En este sentido, la lista debería contemplar no sólo los productos de alimentación básica sino todos aquellos productos que permitidos para que la persona que padece celiaquía pueda alimentarse sin las complicaciones que hoy padece.
Con los datos obtenidos del relevamiento descripto, se realizará un programa anual de promoción de alimentos aptos para el consumo de personas que padecen celiaquía.
Proponemos que el Ministerio de Economía evalúe las medidas que considere pertinentes, entre las cuales sería recomendable la exención del pago del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), un régimen de subsidios y/o compensaciones, promoción a través de los instrumentos financieros existentes, etc.
La única pauta es que los beneficios que se otorguen tengan como principal beneficiario a las PyMEs a fin de incentivar este tipo de empresas.
Por último, se le otorga al Ministerio de Economía y Finanzas la facultad de presentar los beneficios que deban ser determinados por ley (ejemplo beneficios fiscales) ante la Cámara de Diputados de la Nación y tener un tratamiento prioritario.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES MENDOZA UCR
TORROBA, FRANCISCO JAVIER LA PAMPA UCR
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
COMERCIO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RICCARDO JOSE LUIS (A SUS ANTECEDENTES)