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PROYECTO DE TP


Expediente 2108-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA PARTICIPACION E INTERVENCION EN LA REALIZACION DE LA EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DEL "PROYECTO HIDROELECTRICO CENTRAL DE PASADA MEDITERRANEO" A CONSTRUIRSE EN LA REPUBLICA DE CHILE.
Fecha: 07/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de solicitar la inmediata participación e intervención del Estado argentino, a través de su Cancillería, en la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Central de Pasada Mediterráneo, a llevarse a cabo en la República de Chile, en la X Región, comuna de Cochamó, provincia de Llanquihue, que aprovecharía las aguas de las cuencas binacionales Río Puelo y Río Manso. Asimismo, verifique y exija, en caso de corresponder, el cumplimiento de los tratados binacionales vigentes y aplicables al caso.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la X Región chilena, comuna de Cochamó, provincia de Llanquihue, contigua a la provincia de Río Negro, se proyecta construir una central hidroeléctrica de pasada con capacidad de generar 210 MW, que se ubicaría en el sector de La Junta, zona donde el río Manso recibe las aguas del río Torrentoso.
El proyecto pretende alimentarse de las aguas de las cuencas binacionales del Río Puelo y Río Manso, que se encuentran tuteladas por tratados celebrados entre la república de Chile y Argentina.
Según la propuesta, esta central no considera la construcción de embalses sino la construcción de un sistema de tuberías con una bocatoma en la confluencia de los ríos Torrentoso y Manso, por la cual se capta el agua de este último para pasarlas a través de las turbinas y finalmente devolverlas, seis kilómetros más abajo, nuevamente al cauce del Manso.
Junto con estas obras, se proyectan 63 kms. de tendido eléctrico de doble circuito y tensión nominal de 220 KV que contará con una franja de servidumbre y seguridad, que se extiende sobre torres de 150 mts. de altura instaladas junto al río Manso para conectarse a Canutillar.
La cuenca binacional del Río Manso, es un tributario de una cuenca hidrográfica mayor denominada Río Puelo, y en forma integral conforman la denominada cuenca binacional del Río Puelo, compartida por Argentina y Chile. "Río Puelo una cuenca binacional ubicada al sudoeste de la provincia de Río Negro y al Noroeste de la provincia de Chubut, departamentos de Bariloche y Cushamen respectivamente". "En el sector chileno, la cuenca se ubica administrativamente en la Comuna de Cochamó, Provincia de Llanquihue, Región de los Lagos. La totalidad de la cuenca binacional, tiene una superficie aproximada de 880.000 hectáreas, de las cuales el 65,9 % o 580.000 hectáreas son de jurisdicción Argentina y solo 300.000 hectáreas o el 34,1 %, se ubican en Chile." (Represas en la Cuenca del Río Puelo - Proyectos Irresponsables. Mauricio Fierro, Julio del 2009).
Finalmente cabe mencionar que la cuenca del Río Puelo, ha sido declarada como Reserva de Biosfera como así también Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.
El proyecto ha generado ya, tanto en Chile como en nuestro país un fuerte movimiento de rechazo entre muchos vecinos de la zona que será afectada por las obras.
El proyecto, por ubicarse en aguas de las cuencas binacionales Puelo y Manso, debe adecuarse al "Tratado entre la República de Chile y la República Argentina sobre Medio Ambiente y su Protocolo Especifico Adicional sobre Recursos Hídricos Compartidos entre la República de Chile y la Republica de Argentina", suscrito el 2 de agosto de 1991 y lo establecido en el Acta de Santiago sobre Cuencas Hidrográficas, del 26 de junio de 1971.
A través del "Protocolo específico adicional sobre recursos hídricos compartidos", ambos países se comprometieron a utilizar las aguas sin causar perjuicios a los recursos hídricos compartidos, a la cuenca común o al medio ambiente". Asimismo se obligaron a elevar para la consideración de los gobiernos los planes generales de utilización de dichos recursos, en el marco de un "manejo integral de las cuencas hidrográficas".
Este Protocolo expresa en su artículo 1: "Las Partes convienen en que las acciones y programas relativas al aprovechamiento de los recursos hídricos compartidos se emprendan conforme al concepto de manejo integral de las cuencas hidrográficas. El aprovechamiento de los recursos hídricos en el territorio de una de las partes, perteneciente a una cuenca común, no deberá causar perjuicios a los recursos hídricos compartidos, a las cuencas o al medio ambiente".
Es de suma importancia que el Estado nacional tome intervención en el tema controlando la aplicación y cumplimiento de los acuerdos binacionales celebrados con Chile, así como también velar por la protección de las cuencas compartidas y el ambiente de nuestro territorio contiguo al proyecto.
Ya hemos tenido un antecedente de conflicto, que aún hoy continúa sin resolverse y generando consecuencias negativas para nuestros ríos y territorio como lo fue y es la instalación y funcionamiento de la fábrica de celulosa en Uruguay. Para evitar daños a nuestro ambiente e impulsar la gestión integral de las cuencas compartidas es necesario que participemos y exijamos que los proyectos a realizarse en países vecinos garanticen la inocuidad y la protección de los recursos hídricos argentinos con carácter previo a la construcción de obras que puedan dañarlos.
Por lo expuesto, solicito a mis pares su voto afirmativo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)