PROYECTO DE TP


Expediente 2081-D-2009
Sumario: EXPRESAR RECONOCIMIENTO A LA LABOR DESARROLLADA EN LOS TRIBUNALES INTERNACIONALES CONTRA LOS CRIMENES DE LESA HUMANIDAD DEL FISCAL LUIS MORENO OCAMPO Y LA MAGISTRADA INES WEINBERG DE ROCA.
Fecha: 30/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su reconocimiento a la labor en los tribunales internacionales contra los crímenes de lesa humanidad del Señor Fiscal Luis Moreno Ocampo y de la Señora Magistrado Inés Weinberg de Roca.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En estos momentos que la justicia argentina es señalada desde varios frentes por su lentitud para resolver crímenes relacionados con los derechos humanos, nosotros no podemos mirar hacia otro lado y dejar de reconocer que hay compatriotas en el exterior que todos los días trabajan en pos de estos.
Modelo de ello son el Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional, Luis Moreno Ocampo y la Doctora Inés Weinberg de Roca del Tribunal de Apelación de la ONU.
Día a día estos dos coterráneos, uno desde La Haya y el otro desde Nueva York se afanan por solucionar los crímenes contra la humanidad que tipifica el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Estos delitos comprenden las conductas como asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos u otros definidos expresamente, desaparición forzada, secuestro o cualesquiera actos inhumanos que causen graves sufrimientos o atenten contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
Este tipo de delito, tal como el propio Estatuto de Roma lo establece, no sólo lo comete un Estado sino también una "organización política"; que lleve acabo crímenes tales como atentados, secuestros, torturas y asesinatos. Se denominan crímenes de lesa humanidad dado que "leso" significa agraviado, lastimado, ofendido: de allí que crimen de lesa humanidad aluda a un crimen que ofende, agravia, injuria a la Humanidad como tal.
Según el Estatuto de Roma, pueden constituir crímenes de lesa humanidad los 11 tipos de actos siguientes:
- Asesinato: homicidio intencionado.
- Exterminio: imposición intencional de condiciones de vida, entre otras la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población.
- Esclavitud: ejercicio de derechos de propiedad sobre una persona, incluido el tráfico de personas, en particular de mujeres y niños.
- Deportación o traslado forzoso de población: expulsión de personas de la zona donde están presentes legítimamente sin motivos autorizados por el derecho internacional, entendiéndose que la deportación supone cruzar fronteras nacionales y que el traslado forzoso, no.
- Encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional.
- Tortura: dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales, causados intencionadamente a una persona que el acusado tenía bajo su custodia o control.
- Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable: la violación y otros abusos sexuales pueden constituir también otros crímenes de la competencia de la Corte, como tortura en tanto que crimen de lesa humanidad o crimen de guerra.
- Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género o por otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier crimen comprendido en el Estatuto. Por persecución se entiende la privación intencionada y grave de derechos fundamentales en violación del derecho internacional en razón de la identidad de un grupo o colectividad. Se castiga en relación con otro acto que constituya un crimen de lesa humanidad, un crimen de guerra o un genocidio.
- Desaparición forzada de personas: detención o secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, consentimiento o aquiescencia, junto con la negativa a reconocer la privación de libertad o a proporcionar información sobre la suerte que han corrido los "desaparecidos" con la intención de privarlos de la protección de la ley durante un largo período.
- Crimen de apartheid: actos inhumanos cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial por otro con la intención de mantener ese régimen.
- Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionadamente grandes sufrimientos o atenten contra la integridad física o la salud mental o física: actos inhumanos de gravedad similar a otros crímenes contra la humanidad.
I
La trayectoria de Moreno Ocampo es ampliamente conocida. Entre 1980 y 1984 fue ayudante del Procurador General de la República Argentina, antes de ganar una merecida fama por su trabajo como fiscal ante la Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal, que llevó a cabo el Juicio a las Juntas de 1985.
Es desde el 2003 el abogado argentino Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional. Su principal labor es seguir los reportes de crímenes contra la humanidad y perseguir y acusar ante la Corte a los comitentes de éstos. Tomó posesión del cargo de Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional después de haber sido electo sin oposición por más de 70 países.
En la actualidad se realizan investigaciones bajo su dirección concentradas en los abusos cometidos por el Ejército de Resistencia del Señor en Uganda, en la región sudanesa del Darfur y en la República Democrática del Congo, después de la paz que puso término a la Segunda Guerra del Congo.
Respecto de la Doctora Inés Weinberg de Roca, integró el Tribunal Penal Internacional de Ruanda, lo que la llevó a vivir varios años en Africa y conocer de cerca el drama del genocidio de 1994 antes de pasar a La Haya e intervenir en casos de exterminio en la ex Yugoslavia. En marzo de 2009 acaba de ser seleccionada, entre los mejores 14 candidatos de todo el mundo, para formar parte del Tribunal de Apelación de la ONU.
Fue integrante del multirracial Tribunal Penal Internacional de Ruanda que aún juzga a los genocidas del exterminio de 1994, de la mayoría étnica hutu contra la minoría tutsi y hutus moderados. La jueza Weinberg de Roca tuvo a su cargo dos de los casos de genocidio más renombrados: la acusación contra el cantante popular Simon Bikindi, cuyas letras alentaron el asesinato de tutsis. Y el del llamado "Mr. Z.", el empresario Protais Zigiranyirazo, cuñado del presidente Juvenal Habyarimana, muerto en 1994 en el atentado aéreo que desató el genocidio en Ruanda. Ambas condenas llevan su firma.
Cinco años y medio duró ese tramo en su carrera: tres y medio en Africa y el resto del tiempo en La Haya, como integrante de la Cámara de Apelaciones que intervino en los casos de exterminio en la ex Yugoslavia.
Su trayectoria en el Africa se registró en el documental llamado los "100 días que no conmovieron al mundo" al que hace referencia en el expediente 1229-D-2008.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
FABRIS, LUCIANO RAFAEL CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
07/10/2009 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2073/2009 26/10/2009
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO FABRIS (A SUS ANTECEDENTES) 28/10/2009
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 11/11/2009 APROBADO