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PROYECTO DE TP


Expediente 2053-D-2009
Sumario: FONDO FIDUCIARIO PARA ATENDER LAS IMPORTACIONES DE GAS NATURAL - DECRETO 2067/08 -. DEROGACION.
Fecha: 29/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Articulo 1º.- Derógase el Decreto Nacional Nro 2.067/2008 y sus normas complementarias y modificatorias, que crea el Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural.
Artículo 2º.- El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios dispondrá que los agentes de percepción de los cargos tarifarios se abstengan de efectuar cortes en el suministro del servicio a raíz de la falta de pago de las facturas emitidas mediante la aplicación del Decreto y normas complementarias y modificatorias, referidas en los artículos 1º de la presente Ley.
Artículo 3º.- El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios dispondrá realizar una refacturación conforme a los cuadros tarifarios vigentes con anterioridad al dictado de las normas que por esta Ley se derogan.
En el caso de usuarios ya hubiesen abonado las facturas, los agentes de percepción deberán devolver los excedentes percibidos.
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo procederá a una revisión integral de la estructura tarifaria de los servicios de gas natural, la cual deberá previamente cumplimentar el requisito de la audiencia pública. El nuevo cuadro tarifario resultante deberá atender a la situación socioeconómica de cada uno de los usuarios, asegurando el mínimo costo razonable para los usuarios compatible con la seguridad del abastecimiento.
Artículo 5º.- Invítase a las provincias, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipios que correspondan, a actuar solidariamente con el espíritu de la presente ley ante las prestadoras del servicio en sus respectivos territorios.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El desproporcionado incremento registrado en las tarifas del servicio público de gas natural, que en algunos casos se expresa en subas superiores a un 200%, radica en la aplicación del Decreto Nacional Nro 2.067/2008 y sus normas complementarias y modificatorias, así como la Resolución 1451/2008 del MPFIPS que reglamenta el Fondo Fiduciario creado por el mencionado Decreto.
El aumento a las tarifas del servicio público de gas natural, fue autorizada por el Gobierno Nacional por medio de las Resoluciones Nº 1070/08 (con vigencia a partir del 1º de Septiembre de 2008) y 1417/08 (a partir del 1º de Noviembre de 2008) de la Secretaría de Energía.
A lo precedente se suma el recargo contemplado en el mencionado Decreto, con el fin de financiar las importaciones de gas natural desde Bolivia y de gas licuado que ingresa por medios marítimos, para su posterior regasificación, de Trinidad y Tobago.
A lo señalado precedentemente se deben contemplar los aumentos autorizados a ser trasladados a la tarifa final de los usuarios por los cargos adicionales por excedentes de consumo que aplica el Programa de Uso Racional de la Energía (PURE), que termina con un desproporcionado, arbitraria e irracional aumento de las tarifas vigentes y aplicables a todos los usuarios, cualquiera sean el rango de consumo en que se encuentren.
Esta situación perjudica de sobremanera los bolsillos de los consumidores, independientemente de los recursos económicos que posean, ya que afectan en la coyuntura socioeconómico más que difícil a toda la sociedad y en particular a los hogares más carenciados, como consecuencia de los incrementos tarifarios que los sorprendieron y afectaron por los aumentos en las facturaciones.
No puede sorprendernos entonces, las manifestaciones formuladas, los reclamos efectuados en y por los medios de comunicación, ante el Defensor del Pueblo de la Nación, ante las empresas distribuidoras de gas natural, evidenciando con ello que una gran cantidad de usuarios se encuentra en serias dificultades para afrontar el pago de las facturas no previstas en su presupuesto.
A los efectos de remediar los graves perjuicios a los usuarios que ha ocasionado la implementación de tan desproporcionadas, arbitrarias e irracionales medidas, llegando incluso en muchos casos al corte de los servicios, impulsamos a través del presente Proyecto de Ley la derogación del decreto Nacional Nro 2.067/2008 y sus normas complementarias y modificatorias, así como medidas a instrumentar retroactivas para regularizar la situación actual y a partir de allí, reiniciar un nuevo estudio tarifario.
También la Justicia ha participado en esta situación al firmar un dictamen, la jueza Cecilia de Negre a favor del amparo presentado por el ex defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, contra un nuevo cargo tarifario en la boleta de gas, que se había fijado para los usuarios que consumen más de 1.000 m3 por año para costear las importaciones de gas de Bolivia y de gas envasado. Los jueces federales de Salta, Tucumán y Jujuy también frenaron el cobro de este cargo en sus respectivos distritos.
El fallo de la jueza De Negre tiene antecedentes en los del titular del Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy que ordenó a la empresa Gasnor que se abstuviera de efectuar cortes en el suministro de gas a los usuarios de esa provincia que no pagaron el aumento hasta que recaiga sentencia definitiva al respecto, y a aquellos que lo pagaron la devolución de lo abonado en más. En Tucumán, el juez Mario Racedo, el mismo que falló en contra del aumento de luz para la provincia, hizo lo mismo y eximió del cargo a 50 mil hogares tucumanos. En nuestra provincia, Salta, el magistrado a cargo del Juzgado Federal Nº 1, Julio Bavio, dictaminó de manera similar el pasado viernes.
Por lo expuesto es que solicito, la pronta aprobación del presente Proyecto de Ley.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAHER, ZULEMA BEATRIZ SALTA UNION PERONISTA
THOMAS, ENRIQUE LUIS MENDOZA UNION PERONISTA
GARCIA, IRMA ADRIANA LA PAMPA UNION PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
12/08/2009 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 05/08/2009