PROYECTO DE TP


Expediente 1999-D-2015
Sumario: TRANSITO - LEY 24449: MODIFICACIONES. ARTICULOS 48 Y 77 SOBRE PROHIBICIONES AL CONDUCIR ESCUCHANDO MUSICA CON AMPLIFICADORES DE SONIDO Y FUMANDO.
Fecha: 20/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Prohibición de fumar al conducir un vehículo. Modificación de los artículos 48 inciso "x", y artículo 77 inciso "q" de la Ley N°24.449, Ley de tránsito.
Artículo 1º.- Modificase el artículo 48 inciso x) de la Ley 24.449 Ley de Tránsito, que quedara redactado de la siguiente manera:
x) Conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua; fumar mientras se conduce;
Artículo 2°.- Modificase el artículo 77 inciso q) de la Ley 24.449 Ley de Tránsito, que quedara redactado de la siguiente manera:
q) La conducción de vehículos utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor; fumar mientras se conduce;
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Un estudio de la Dirección General de Tránsito de España advierte que el 39% de los accidentes de tránsito son ocasionados por distracciones, y expresa que una de ellas es el fumar mientras se conduce.
Un estudio Británico encargado por las compañías de seguros afirma que los conductores fumadores participan en más accidentes que los no fumadores.
En la República Argentina, la Provincia de Córdoba ya lo prohíbe. En Mendoza, un proyecto en el mismo sentido ya tiene media sanción y la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires busca debatir mediante proyectos y programas de concientización la prohibición de fumar mientras se conduce.
Uno de los casos de más conocimiento y repercusión en la opinión pública es el accidente del cantante de la banda musical Memphis La Blusera, Adrián Otero, quien murió en junio de 2012 cuando el vehículo que manejaba perdió el control porque intentaba apagar un cigarrillo.
Fumar al conducir limita y condiciona los movimientos del conductor, a la vez que le provoca distracciones al intentar prender o apagar el cigarrillo, al buscar el cenicero para tirar la ceniza, o cuando esta misma se le cae de forma accidental sobre el cuerpo o el auto.
Es necesario brindar respuestas normativas a esta problemática no sólo para salvaguardar la seguridad vial de quien conduce, sino también de los terceros que pueden resultar heridos en un accidente vial. En este mismo sentido existe un fuerte reclamo de las ONG, asociaciones civiles e instituciones que difunden y concientizan sobre seguridad vial. Un ejemplo de ello es la Asociación Civil "Luchemos por la Vida", quien recomienda entre otras cosas que se prohíba el fumar mientras se conduce.
Es deber de esta Honorable Cámara legislar en ese sentido, para integrar las políticas ya implementadas por el Estado a través de normas dirigidas a disminuir los accidentes viales y evitar tragedias que se producen a diario, promoviendo la toma de precauciones, aportando difusión para concientizar, y fortaleciendo los controles necesarios para preservar la vida y la salud.
Por los fundamentos expuestos, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/11/2016 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría