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PROYECTO DE TP


Expediente 1968-D-2010
Sumario: ESTABLEZCASE EL SUPLEMENTO POR ZONA DESFAVORABLE PARA LOS TRABAJADORES QUE DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES EN LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 09/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º - Establézcase el suplemento por zona desfavorable para los trabajadores que desarrollen sus actividades en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Art. 2º - El presente suplemento representará el ciento por ciento (100 %), de las remuneraciones sujetas a aportes que perciban quienes presten servicios bajo relación de dependencia en el ámbito público o privado.
Art. 3º - El beneficio creado por la presente norma se hará extensivo a aquellos trabajadores que hubieran prestado servicios en la provincia y que en la actualidad residan en la misma y se encuentren jubilados o pensionados.
Art. 4º - El suplemento resultante de la aplicación de los artículos 2º y 3º de la presente, serán objeto de los aportes y contribuciones previstas por las leyes previsionales y asistenciales.
Art. 5º - En los casos en que los convenios colectivos de trabajos hubieran determinado mayores porcentajes en concepto de suplemento por zona desfavorable, los mismos no serán modificados ni reducidos.
Art. 6º - En los casos en que los convenios colectivos de trabajos hubieran determinado menores porcentajes en concepto de suplemento por zona desfavorable, dichos porcentajes serán asimilados al establecido por la presente norma, debiendo realizarse la readecuación correspondiente.
Art. 7º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cualquiera que conozca la geografía patagónica sabe del despoblamiento de sus grandes extensiones, de las enormes distancias que hay que recorrer entre una localidad y otra y de la rigurosidad del clima, particularmente en otoño e invierno. La provincia de Tierra del Fuego no sólo no escapa a esta descripción, sino que allí las características descritas se ven aún más agravadas en aspectos relativos al traslado y comunicación, déficit de infraestructura sanitaria de alta complejidad, escasa oferta educativa de nivel superior para una población mayoritariamente joven y aislamiento por situación insular lo que genera por consiguiente una escasa cantidad de habitantes.
Todos los condicionantes descritos influyen de manera negativa en los costos de los productos esenciales, realidad que tal vez no pueda apreciarse en algunos lugares del país como la Capital Federal, pero que, para quienes debemos lidiar cotidianamente con las necesidades propias y ajenas, no se nos escapa el mayor costo de la vida especialmente de la "canasta familiar".
Por otro lado debemos tener en cuenta el costo del transporte aéreo, el cual representa el medio de transporte habitual y el único apelable en casos de urgencia.
Ante esta realidad surge la necesidad de crear normativa específica que tienda a fomentar el desarrollo de la región, creando el beneficio del adicional por zona desfavorable para todos los trabajadores de la provincia.
El objetivo del presente proyecto es hacer extensivo el beneficio por zona desfavorable a la totalidad de los trabajadores de la provincia. Téngase en cuenta, que actualmente, solamente lo perciben los empleados del Estado y aquellos trabajadores del sector privado que lograron incluirlo en los convenios colectivos de trabajo, con diferentes porcentajes.
A diferencia del régimen vigente descrito precedentemente, la modalidad aquí propuesta es equitativa pues busca beneficiar al trabajador que cumple su prestación en condiciones desfavorables debidas a desarraigo, rigurosidad climática, lejanía del grupo familiar, elevado costo de vida en el lugar de residencia u otras circunstancias determinadas por la excepcionalidad.
La ley provincial 288, del 29 de marzo de 1996, ratificó el decreto que establecía el suplemento por zona desfavorable para el personal dependiente del Estado provincial, municipalidades, comuna, entes autárquicos, descentralizados y demás organismos de Tierra del Fuego.
Los trabajadores de distintas ramas de actividad cobran porcentajes variables, los que en la mayoría de los casos no guardan relación con la tarea desempeñada.
Adviértase que en la década del 90 el suplemento por zona desfavorable fue utilizado como una variable de ajuste, generando en mucho de los trabajadores de nuestra provincia una pérdida importante de su capacidad de ingreso y por ende de su calidad de vida.
Es así que empleados bancarios, de correo, de seguridad, de la actividad rural, entre otros, vieron cómo sus salarios eran reducidos, sin que esta situación haya sido reconsiderada, por lo menos en los últimos diez años, a pesar de las crisis recurrentes y los reclamos sostenidos.
La propia Confederación General del Trabajo informa que son los trabajadores que no se encuentran sindicalizados o los nucleados en entidades sin representación en Tierra del Fuego, quienes no perciben el adicional por zona, a pesar de que en la mayoría de los casos deben trabajar a la intemperie bajo la rigurosidad del clima.
Es por esto que entendemos que la presente ley viene a saldar una deuda social importante que tiene el Estado para con una gran parte de los trabajadores de nuestra provincia, incluyendo a aquellos que se encuentran excluidos de este beneficio.
Sólo algunos sindicatos con representación local obtuvieron a través de los convenios colectivos el reconocimiento de un adicional del 100 % o más en concepto de zona desfavorable.
Esta situación generó una enorme desigualdad, ya que el destino de los trabajadores quedó sujeto a la firmeza de la defensa del derecho, la existencia de una legítima representación gremial local y no a una condición objetiva de prestación del servicio en zona desfavorable.
En este contexto, resulta imperiosa la necesidad de extender el beneficio que representa el suplemento por zona desfavorable a todos los trabajadores de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALIZEGUI, ANTONIO ANIBAL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JUAN DANTE MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SALIM, JUAN ARTURO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARDELLA, PATRICIA SUSANA BUENOS AIRES CORRIENTE DE PENSAMIENTO FEDERAL
PLAINI, FRANCISCO OMAR BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROBLEDO, ROBERTO RICARDO LA PAMPA PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA
LEDESMA, JULIO RUBEN BUENOS AIRES CORRIENTE DE PENSAMIENTO FEDERAL
ARGÜELLO, OCTAVIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA