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PROYECTO DE TP


Expediente 1938-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA ESTABLECER EL LIMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ARGENTINA QUE PERMITA A NUESTRO PAIS SOLICITAR ANTE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS, ONU, LA EXTENSION A 350 MILLAS.
Fecha: 05/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo, en relación a la extensión de la Plataforma Continental Argentina a 350 millas, conforme lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, y solicitarle que, a través de los organismos competentes disponga las medidas conducentes a lograr:
1. Que la Comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA), creada por Ley 24.815, elabore la propuesta definitiva para establecer el límite exterior de la plataforma continental que permita a nuestro país solicitar ante la Organización de Naciones Unidas (ONU) la extensión de la misma a 350 millas.
2. Que dicha propuesta sea presentada ante la ONU en tiempo y forma (antes de mayo de 2.009).
3. Que, en dicho ámbito, Argentina rechace toda pretensión británica sobre la plataforma continental de las Islas Malvinas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En mayo de 2009 vence el plazo para presentar ante la ONU la ampliación de la plataforma continental submarina argentina de 200 a 350 millas.
El acuerdo para incrementar ese límite fue firmado en 1992, en el marco de la Convención sobre los Derechos del Mar y estableció que cada país deberá hacer el estudio correspondiente sobre el subsuelo marino adyacente a sus costas, para luego presentar el proyecto de extensión de su dominio hasta las 350 millas. Con ello, cada país aumentaría las posibilidades de explotar recursos naturales oceánicos, no en el agua pero sí en el subsuelo marino.
Como se expresó, para extender la soberanía hasta la milla 350 es imprescindible completar la compleja prospección pedida por la ONU y acceder a la aprobación de la misma por parte de todos los estados parte.
En 1997 se creó por Ley Nacional 24815 la Comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental (C.O.P.L.A.), cuyo objetivo es llevar adelante el estudio correspondiente y elaborar una propuesta definitiva para establecer el límite exterior de la plataforma continental.
Asimismo por Decreto N° 1541 de fecha 6 de diciembre de 1999, se declararon de interés nacional las tareas asignadas a la COPLA.
Por otra parte en el año 2000 se dictó el decreto 752 que aprobó el plan y presupuesto de los trabajos para fijar el límite referido, dado que la propuesta definitiva de la Comisión sería presentada antes del 31 de diciembre de 2005.
Han transcurrido más de diez años de la creación de la COPLA y sin embargo hasta la fecha no se ha tenido noticias de la presentación referida.
Para nuestro país, este nuevo ordenamiento jurídico internacional es de trascendental importancia debido a que geomorfológicamente su plataforma continental se extiende considerablemente más allá de las doscientas millas marinas, abarcando extensas zonas adyacentes a los territorios continental y antártico y a las Islas de los Estados, Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur. Sobre ella puede ejercer derechos de soberanía a los efectos de la exploración y explotación de sus recursos naturales, entendiéndose por tales a los minerales y otros recursos no vivos del lecho del mar y su subsuelo, así como los organismos vivos pertenecientes a especies sedentarias, es decir, aquellas que en el período de explotación están inmóviles en el lecho del mar o en su subsuelo o sólo pueden moverse en constante contacto físico con él.
Sin dejar de tener en cuenta el potencial hidrocarburífero de esta amplia plataforma, también son dignas de mención las posibilidades en yacimientos minerales metalíferos y no metalíferos detectados mediante la fotografía submarina en algunas zonas oceánicas. Si bien la presencia de estos minerales aún no ha sido debidamente acreditada, la plataforma continental puede ser considerada un ámbito propicio de exploración en razón de su evolución geológica común con el territorio emergido.
Otro de los recursos naturales que tendrá importancia en el mediano plazo será el aprovechamiento de los gases hidratados (metano con varias moléculas de agua), los cuales se forman en los bordes de las plataformas continentales a partir de los 400 m de profundidad, como resultado de la descomposición de la materia orgánica que continuamente precipita sobre los fondos oceánicos.
Las perspectivas mineras del país se ampliarán considerablemente con estas nuevas posibilidades.
De acuerdo a estimaciones preliminares relativas a la extensión que sobrepasa este límite, la Nación Argentina estaría en condiciones de reclamar derechos de soberanía sobre una superficie equivalente a aproximadamente 1.400.000 kilómetros cuadrados (más de la mitad de su territorio continental) mediante la fijación del límite exterior de su plataforma continental.
El trazado de este límite no crea enfrentamientos con países vecinos. Ahora bien, sí podría agudizar los conflictos con el Reino Unido dado que la propuesta Argentina debería contener la plataforma continental de las Islas Malvinas. Por su parte Inglaterra debe presentar su propio estudio, y se teme que reclame ante la ONU ampliar su zona de dominio para explotar posibles yacimientos de petróleo y gas en el Atlántico Sur. Si ese supuesto se concretara la falsa soberanía marítima inglesa alrededor de las islas Malvinas y Georgias se estaría superponiendo con la plataforma continental argentina. Y por otra parte se le estaría reconociendo a Malvinas el carácter de estado ribereño y así perderíamos nuestro derecho a reclamo. Dice la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar: "El Estado ribereño ejerce derechos de soberanía sobre la plataforma continental a los efectos de su exploración y de la explotación de sus recursos naturales." Si el gobierno argentino no rechaza las pretensiones británicas, en caso que sean éstas, correremos gran riesgo de perder nuestro derecho a reclamar por la soberanía de las islas.
No sabemos en que instancia se encuentra el estudio de límites que debe realizar Argentina para hacer la solicitud correspondiente ante la ONU. Hasta hoy se desconoce el total de kilómetros relevados y la sistematización de los datos. La presentación de dicho relevamiento ante dicha Comisión, vence en el año 2009 y sus resoluciones son inapelables. La no presentación de dicho relevamiento implica la pérdida de nuestro derecho a las 350 millas de manera indefectible. La presentación tardía o incompleta o posterior a la británica priva al país de la iniciativa y lesiona, debilita o disminuye los intereses estratégicos, económicos y de todo orden del país.
Por todo lo expuesto solicito a los Sres. Diputados/as acompañen con su voto afirmativo este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE ARI AUTONOMO 8 +
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO ARI AUTONOMO 8 +
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
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