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PROYECTO DE TP


Expediente 1899-D-2013
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA FALTA DE MECANISMOS DE CONTROL PARA VERIFICAR QUE LAS OBRAS SOCIALES CUMPLAN CON LOS ESTANDARES DE SERVICIOS DE SALUD Y TRANSPARENCIA EN EL MANEJO DE SUS FONDOS.
Fecha: 11/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Manifestar su preocupación por la carencia de mecanismos de control, por parte del Estado Nacional, que aseguren que las distintas Obras Sociales cumplan con los estándares de servicios de salud y transparencia en el manejo de sus respectivos fondos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el transcurso del año 2012 se ha sancionado una nueva ley que regula el funcionamiento de los Servicios de Entidades de Servicios Privados de Salud.
La responsabilidad del Estado de velar por el cumplimiento de los estándares en los distintos servicios de salud es una deuda pendiente puesta de manifiesto por los diferentes usuarios que ven día a día disminuidas en algunas Obras Sociales las prestaciones o los estándares de calidad de los mismos.
En este sentido la elección de la Obra Social o del Servicio de Medicina Pre-paga no es una opción democrática sino un beneficio de los más jóvenes o de los que tienen mayores remuneraciones.
En el año 1996 a través del decreto 1615/96 se fusionaron la Administración Nacional del Seguro de Salud (ANSSAL), creada por la Ley Nº 23.661, el Instituto Nacional de Obras Sociales (INOS), creado por la Ley Nº 18610, y la Dirección Nacional de Obras Sociales (DINOS), creada por la Ley Nº 23660. Así se constituyó la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), como organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Salud y Acción social, con personería jurídica y un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera.
El decreto 1576/98 instaura la estructura organizativa de la SSSalud, estableciendo la misión del organismo y los objetivos de cada una de sus gerencias y subgerencias.
La Superintendencia de Servicios de Salud es un organismo de regulación y control de los agentes que integran el Sistema Nacional del Seguro de Salud y las Obras Sociales Nacionales; sólo ellas o las que adhieran al sistema establecido por las Leyes Nº 23660 y Nº 23661 forman parte del Sistema que regula la Superintendencia de Servicios de Salud.
Según su propio reglamento, "la Superintendencia de Servicios de Salud es el ente de regulación y control de los actores del sector, que tiene por objeto asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, la preservación y la recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a gozar de las prestaciones de salud establecidas en la legislación".
Entre sus funciones se prioriza el dictado de las normas para regular y reglamentar los servicios de salud y controlan el funcionamiento de las obras sociales y de otros Agentes del Seguro de Salud, de los prestadores intervinientes y de toda otra entidad prestadora-financiadora de prestaciones médico- asistenciales que se incluyese al sistema.
Por otra parte, el organismo tiene como atribuciones fundamentales, entre otras, la aprobación del Programa de Prestaciones Médico-Asistenciales de los Agentes y el control del Presupuesto de Gastos y Recursos para su ejecución.
La multiplicidad de situaciones de abandono y carencia de servicios y elementos imprescindibles para el cuidado de la salud en algunas Obras Sociales parece afectar seriamente los derechos de los beneficiarios del sistema, con las lamentables consecuencias que acompaña el deterioro en esa área.
Sólo a modo de ejemplo podemos señalar la situación relatada por los propios afiliados de la Obra Social para el Personal Docente (OSPLAD), quien en el marco de un aumento de un 300% en los montos de los bonos de consulta y aranceles de estudios y servicios, carece de ambulancias para trasladar a los enfermos, debiendo hacerse cargo los afectados de contrataciones privadas, cuenta con escaso personal de enfermería en su sanatorio y exige la solicitud de turnos en forma personal con demoras de hasta cuatro meses. Estas carencias, entre otras, se agravan cuando se comprometen con medidas de higiene en ámbitos sanitarios con sus relevantes consecuencias.
La Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), El Sindicato de Empleados y Obreros de la Enseñanza Privada (SAEOEP), y el Sindicato de Obreros y Empleados de la Minoridad y Educación (SOEME) a través de sus representantes conforman el Consejo de Administración de la Obra Social OSPLAD.
Es importante señalar que las Obras Sociales Sindicales reciben importantes subsidios del gobierno nacional. En el año 2012 el aumento del 30% en los valores del Subsidio Automático Nominativo para las Obras Sociales (SANO) fue fijado a través del decreto 488/11, y apunta a garantizar a las más de 300 obras sociales un valor mínimo de aportes por afiliado para cubrir las prestaciones médicas y del costo del programa médico obligatorio para todo el grupo familiar. Con la nueva suba, que repite el esquema de 30% de aumento dispuesto en 2010, las escalas del subsidio pasarán de $ 36 a $ 47 por la atención de beneficiarios menores, de $ 57 a $ 74 por los afiliados de 15 a 49 años, en tanto que se elevará de $ 67 a $ 87 para la banda de 49 a 64 años y de $ 148 a $ 192 en el caso de los beneficiarios del sistema de más de 65 años. Según fuentes gubernamentales, el nuevo incremento, que se justifica en el aumento de los salarios por las paritarias, representa una mejora para las obras sociales de alrededor de $ 300 millones. Los fondos adicionales por el aumento del subsidio se sumarán a los $ 1.000 millones que el Gobierno prometió distribuir este año a las obras sociales en cuatro tramos.
Ante algunos datos de la realidad que presentan algunas obras sociales sindicales parecería que la responsabilidad que asume el Estado Nacional por intermedio de la Superintendencia de Salud ha sido afectada por la falta del monitoreo en el cumplimiento del compromiso público que asumió con los ciudadanos de asegurar los estándares de calidad en los servicios de salud de las Obras Sociales.
La presidenta Dra. Cristina Fernández de Kirchner manifestó su preocupación en relación con las Obras Sociales Sindicales. Estamos convencidos de que el Congreso de la Nación debe acompañar a la presidenta en su intención de transparentar y emprolijar el funcionamiento de las Obras Sociales Sindicales.
A fines del año 2012 se promulgó el decreto N° 1609/2012, que establece los mecanismos de asignación de subsidios, con especial consideración de aquellas Obras sociales que tienen menos de CINCO MIL (5.000) afiliados estableciendo la liquidación automática del subsidio, evitando así "la adopción de decisiones discrecionales para la distribución de los recursos y fortalecerán los principios de equidad, transparencia y solidaridad, pilares del mencionado Sistema Nacional". (Considerando del Decreto). A pesar de nuevas medidas pareciera que la situación no se ha modificado.
Estamos de acuerdo en considerar a la salud como un derecho y debe ser comprendida como una política de Estado fundamental, por lo que resulta preocupante el debilitamiento de los controles por parte de las instituciones responsables que ponen en riesgo el bienestar de miles de argentinos.
El presente proyecto tiene sus antecedentes en el proyecto 1596-D-2012
Señor presidente, por las razones expuestas es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR ENTRE RIOS UCR
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
CHEMES, JORGE OMAR ENTRE RIOS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)