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PROYECTO DE TP


Expediente 1844-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SITUACION DE LA "POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES - PEN -".
Fecha: 11/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos que resulten competentes, informe lo que a continuación se solicita referente a la situación de la Policía de Establecimientos Navales (PEN):
1) Cuántos efectivos integran actualmente la institución, discriminados por grado y destino;
2) Explique los motivos por los cuáles se excluyó a dicho personal de las recomposiciones salariales establecidas mediante los Decretos Nº 1305/2012, Nº 1306/2012, Nº 245/2013 y Nº 246/2013;
3) Qué medidas prevé adoptar para garantizar la efectiva recomposición salarial de los integrantes de dicha fuerza;
4) Informe qué porcentaje promedio de los haberes de los efectivos de dicha fuerza asumen el carácter de no remunerativo y no bonificable;
5) Si se prevé la solución de dicha distorsión y las medidas previstas al respecto.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Policía de Establecimientos Navales dependiente de la Armada Argentina, fue creada el 5 de enero de 1907. La misma posee un Estatuto propio que fue aprobado por Decreto-Ley 5177/58, modificado por las Leyes Nº 16.563 y Nº 17.144, reglamentado por el Decreto Nº 9928/67 y actualizado por el Decreto Nº 2126/77.
Actualmente cuenta con 269 efectivos repartidos entre las Comisarías que funcionan en la Base Naval Puerto Belgrano, Base de Infantería de Marina Baterías, Base Aeronaval Comandante Espora, Base Naval Mar Del Plata y un destacamento en el Comando de Transportes Navales de Buenos Aires.
A través del Decreto Nº 400/89 (BO 26.607) se realizó una recomposición salarial al personal de la Policía de Establecimientos Navales (PEN), facultándose a los Ministerios de Defensa y Economía para fijar mediante resolución conjunta, remuneraciones al personal policial en concordancia con las Fuerzas de Seguridad en ese momento dependientes del Ministerio de Defensa.
Luego, a través del Decreto Nº 1901/94 se incorporaron Suplementos y Compensaciones a la Reglamentación de la Policía de Establecimientos Navales y con el Decreto Nº 1784/06 se fijaron los niveles para esos Suplementos y Compensaciones, previa interposición de reclamos por no haberse dictado esa norma en el momento de promulgarse los decretos correspondientes al Personal Militar y al Personal Civil de Inteligencia (Nº 1104/05 y Nº 1782/06).
Posteriormente, a través del Decreto Nº 871/07 se actualizaron los niveles mencionados anteriormente, pero esta vez incluyendo a los tres organismos en un solo decreto, al igual que el año siguiente, cuando con el Decreto Nº 1053/08 se actualizaron los montos para los Suplementos y Compensaciones del Personal Militar, Personal Civil de Inteligencia y Policía de Establecimientos Navales.
Durante el año 2009 se volvió a realizar una actualización de montos de esos suplementos mediante el Decreto Nº 751/09, incluyéndose nuevamente a los tres y con el Decreto Nº 926/11 se fijó el haber mensual para el Personal Militar, Personal de Inteligencia y Policía de Establecimientos Navales.
A partir de allí, la Policía de Establecimientos Navales desapareció de todos los decretos que otorgaron aumentos a las Fuerzas Armadas.
El Decreto Nº 1305/12 (B.O. 32452 del 03-08-2012), mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional fijó una nueva escala salarial para las Fuerzas Armadas, omitió por completo a la Policía de Establecimientos Navales.
También la omitió el Decreto Nº 1306/12 que fijó la nueva escala de haberes para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
Recientemente, mediante el Decreto Nº 245/2013 (B.O. 32593 del 05-03-2013) el gobierno nacional pretendió enmendar algunos de los groseros errores que surgieron en la aplicación del Decreto Nº 1305/12, y nuevamente omitió a la Policía de Establecimientos Navales.
Estas sospechosas omisiones agravan la de por sí situación delicada situación laboral que se caracteriza por la percepción de un 70% (promedio) de sus haberes constituidos por suplementos y compensaciones no remunerativas y no bonificables, con todas las consecuencias que la misma acarrea en cuanto a la discriminación, y los perjuicios económicos ocasionados a la hora de percibir el Sueldo Anual Complementario (SAC) y al retirarse.
Queda claro entonces que la problemática salarial de la Policía de Establecimientos Navales no difiere, en cuanto a la situación de virtual pago en negro, del resto de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES LA RIOJA UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)