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PROYECTO DE TP


Expediente 1810-D-2014
Sumario: MODIFICACION DE LA LEY 26485 (PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES); INCORPORACION DE ULTIMO PARRAFO AL ARTICULO 26, SOBRE PROVEER A LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA, SISTEMAS DE ALERTA Y LOCALIZACION INMEDIATA GEOREFERENCIADA A AUTORIDADES Y FUERZAS DE SEGURIDAD.
Fecha: 03/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACION A LA LEY 26.485 - INCORPORACION DE MEDIDA DE SEGURIDAD
Artículo 1.- Incorporase como última párrafo del artículo 26 de la ley 26.485 el siguiente texto:
"Dictada cualquiera de las medidas descriptas en los incisos a.1., a.2., a.6., a.7. y b.2., b.7, b.8, se deberá proveer a las víctimas de sistemas de alerta y localización inmediata georeferenciada a autoridades y fuerzas de seguridad, a los efectos de otorgar una herramienta eficaz en situaciones de emergencia que puedan suscitarse. Esta obligación recaerá sobre el Poder Ejecutivo de la Nación."
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto es una representación de aquel que tramitó por Expte. 1699-D-2011, su autoría pertenece al entonces Diputado Gustavo A.H. Ferrari.
El presente proyecto tiene como objeto incorporar ciertas medidas preventivas urgentes en el marco de la ley 26.485, con la finalidad de dotar de mayores herramientas operadores, y así brindar una protección más eficiente a las víctimas de violencia de género y sus familiares.
Para ello se pretende generar la obligación legal de otorgar dispositivos de localización y aviso rápido a autoridades y fuerzas de seguridad, en forma georeferenciada, para que a través de la reglamentación pertinente se concrete la creación de un sistema de alerta eficaz.
La primera medida tiene como antecedente la propuesta anunciada por la Policía Metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se indicó que a mediados del corriente año la fuerza implementará la entrega de un "botón antipánico" a víctimas de violencia doméstica, para que mediante un sistema de georeferenciación, se pueda rastrear la ubicación geográfica de la persona en una situación de emergencia.
Sin lugar a dudas este tipo de avances tecnológicos deben ser puestos en práctica lo antes posible, a favor de la comunidad en general, pero en especial de las víctimas de ciertas situaciones que por su especial vulnerabilidad merecen un mayor cuidado.
Esta propuesta viene a dotar de una especial protección a las víctimas de violencia doméstica, quienes en general sufren en reiteradas oportunidades las agresiones de sus victimarios, al ser personas cercanas, con quienes mantienen o mantuvieron relaciones de confianza y por ende muchas veces logran entrar a ámbitos cercanos e incluso romper con ciertas barreras de protección.
Entendemos que la extensión de esta propuesta como una obligación legal para la fuerza nacional es un avance en la materia, y consideramos válido impulsarlo desde el ámbito legislativo.
Cierto es que la violencia de género es un flagelo que aqueja a nuestra sociedad de manera acuciante. Las últimas estadísticas disponibles en la materia son más que preocupantes; lo que nos obliga a nosotros los legisladores, a buscar todas las posibilidades y propuesta a generarse desde nuestro ámbito, para crear las mejores herramientas y previsiones legales a los efectos de optimizar las investigaciones de estos delitos; pero a la vez para mejorar la situación de las víctimas.
En este sentido es que le pido a mis colegas diputados el acompañamiento en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES UNION CELESTE Y BLANCO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)
JUSTICIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
22/09/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones