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PROYECTO DE TP


Expediente 1805-D-2017
Sumario: DECLARASE LA EMERGENCIA EDUCATIVA POR EL PLAZO DE 2 AÑOS.
Fecha: 19/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 31
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1.- Declaración. La presente ley tiene por objeto declarar la emergencia educativa en todo el país.
Artículo 2.- Duración. La emergencia educativa es declarada por dos (2) años a partir de la promulgación de la presente ley.
Artículo 3.- Finalidad. La finalidad es garantizar el derecho a la educación en nuestro país.
Artículo 4 .- Objetivos. Son objetivos de la presente ley:
a) Garantizar un espacio digno para el desarrollo de las clases.
b) Realizar un relevamiento urgente de las condiciones edilicias y mobiliarias de las escuelas públicas de todo el país.
c) Llevar a cabo las medidas necesarias a fin de realizar las mejoras edilicias con carácter urgente.
d) Asegurar los servicios básicos de luz, gas y agua, calefacción y ventilación, así como el mobiliario necesarios en las aulas y en la escuela en general, a fin de poder desarrollar las clases con normalidad.
e) Garantizar vacantes a escuelas públicas para todos los ciudadanos de nuestro país.
f) Fomentar la construcción de nuevas escuelas y comedores.
g) Instar al Gobierno Nacional a que convoque en forma urgente a paritarias docentes nacionales en cumplimiento de la Ley de Financiamiento Educativo.
h) Garantizar un salario digno para los trabajadores de la educación.
i) Cubrir las vacantes existentes para los cargos docentes y no docentes en escuelas públicas.
j) Aumentar la cantidad de cursos de capacitaciones y perfeccionamientos gratuitos a los docentes de todo el país, garantizando el federalismo de los mismos.
k) Brindar las capacitaciones y perfeccionamientos en el marco de las nuevas tecnologías aplicadas a la salud.
l) Promover la formación de recursos humanos de la educación a través de convenios con universidades nacionales.
m) Garantizar la seguridad de los alumnos, personal docente y no docente dentro de las escuelas así como también en las cercanías de las mismas.
n) Concientizar sobre la importancia del derecho a la educación, la calidad educativa y la inclusión social.
Artículo 5.- Ámbito de aplicación. La presente ley es de aplicación en todo el territorio de la República Argentina.
Artículo 6.- Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación debe ser designada por el Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 7.- Reglamentación. La presente ley deberá ser reglamentada en un plazo máximo de treinta (30) días.
Artículo 8.- De forma. Comuníquese el Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es lamentable que tenga que presentar un proyecto con esta declaración, es lo que nunca hubiera querido hacer, porque duele que la educación pública argentina se encuentre atravesando una crisis de esta índole.
La emergencia se declara por dos años a partir de la promulgación de la misma con la finalidad de garantizar el derecho a la educación en nuestro país.
La crisis que atraviesa la educación no es por un solo problema o cuestión sino por varias aristas diferentes.
En cuanto a los estudiantes sabemos que es alto el nivel de repitencia y la deserción escolar, que no hay comprensión de textos, muchos métodos de enseñanza no son aplicados conforme a las nuevas tecnologías y a un mundo globalizado.
Todo ello implica un fracaso de las políticas públicas relacionadas a la educación.
Y ese fracaso trae aparejado la dificultad en el ingreso a las universidades, en la inserción en el mercado laboral, en definitiva, conlleva a la exclusión social.
A lo cual hay que sumarle el déficit en materias edilicia, de infraestructura general en las escuelas, situación que se agrava en escuelas rurales o de difícil acceso por condiciones climáticas o geográficas.
Es por ello que, este proyecto propone realizar un relevamiento urgente de las condiciones edilicias y mobiliarias de las escuelas públicas de todo el país, pare que con esos resultados se lleven a cabo las medidas correspondientes a fin de realizar las mejoras edilicias necesarias con carácter urgente.
Como se puede lograr calidad educativa si se estudia en escuelas sin calefacción en invierno y sin ventilación en verano, con goteras, sin luz, agua y gas, sin sillas ni pupitres.
Con aulas sobrecargadas de alumnos en las cuales el docente pierde la individualidad de cada alumno porque le es fácticamente imposible.
Por lo que, unos de los objetivos del presente proyecto es fomentar la construcción de nuevas escuelas y comedores a fin de garantizar vacantes a escuelas públicas para todos los ciudadanos de nuestro país.
Docentes sin salarios dignos, por lo que el proyecto insta al Gobierno Nacional a que convoque en forma urgente a paritarias docentes nacionales en cumplimiento de la Ley de Financiamiento Educativo.
Porque de la vocación no se vive, sin embargo es esa vocación la que lleva a que muchas veces sean los maestros quienes costean los materiales necesarios porque las escuelas no se los proveen, no por mala voluntad, si no por falta de presupuesto.
Así como también costean sus propias capacitaciones porque la falta de propuestas gratuitas por parte del Estado.
Por ello, es que este proyecto de ley también propone la firma de convenios con Universidades Nacionales a fin de brindar las capacitaciones, formaciones y actualizaciones de calidad y en forma gratuita en todo el país.
En definitiva, garantizar un espacio digno para el normal desarrollo de las clases a fin de brindad la calidad educativa que nuestros alumnos se merecen.
Es un trabajo de toda la sociedad en su conjunta concientizar sobre la importancia del derecho a la educación y su relación directa con la inclusión social.
Por los motivos expuestos es que solicito a mis pares que me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARENAS, BERTA HORTENSIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO
PRESUPUESTO Y HACIENDA