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PROYECTO DE TP


Expediente 1798-D-2009
Sumario: "MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y AGENTES DEL JUZGADO FEDERAL DE SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN, PROVINCIA DE SALTA. SE ESTABLECEN BONIFICACIONES POR "ZONA DESFAVORABLE".
Fecha: 20/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Los magistrados, funcionarios y agentes que prestan servicios en el Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta, así como los del Ministerio Fiscal y los cuerpos auxiliares de la justicia de su jurisdicción, percibirán las bonificaciones complementarias por "zona desfavorable"' previstas en el artículo 3º, inciso c), de la ley 16.494, quedando a tal efecto equiparados al personal que presta servicios al sur del paralelo 42, así como al comprendido en la ley 23.272.
Artículo 2º.- La presente ley entrará en vigencia el día de su publicación en el boletín oficial.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Juzgado Federal de Primera Instancia de San Ramón de la Nueva Orán, sito en esa ciudad de la provincia de Salta, extiende su jurisdicción sobre los departamentos de Orán, San Martín, Rivadavia, Santa Victoria e Iruya. Fue creado por ley 23.112 del año 1984, pero recién se habilitó en diciembre de 2004, merced a su inclusión en la ley 25.827 del Presupuesto General de la Administración Pública de ese año.
El objeto de este proyecto de ley es que quienes trabajan en el Juzgado Federal, el ministerio fiscal y los auxiliares de la justicia, queden comprendidos como personal de zona desfavorable y perciban las bonificaciones complementarias establecidas en la ley 16.494, en las mismas condiciones que los que prestan servicio al sur del paralelo 42, esto es las provincias patagónicas, La Pampa y el partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires.
Recordemos que la ley 16.494 estableció escalas respecto del total de asignaciones que perciben los jueces de la Corte Suprema expresadas en porcentajes inamovibles, para las remuneraciones de jueces, funcionarios y agentes del Poder Judicial, así como para los miembros de los ministerios públicos y de los cuerpos auxiliares de la justicia.
En el artículo 3º de la ley 16.494 se establecen bonificaciones complementarias por zonas desfavorables para el personal que quede comprendido, entendiéndose por ese tipo de zona, a la que se encuentra al sur del paralelo 42, esto conforme la ley 23.272, son las provincias patagónicas, La Pampa y el partido de Patagones en la provincia de Buenos Aires, que tienen sin duda un clima extremo y baja densidad de población.
Por otra parte, la bonificación que se establece conforme al inciso c) del artículo 3º, consiste en una bonificación complementaria del 40% del total de las remuneraciones que por aplicación de la ley cobran los que prestan servicios al sur del paralelo 42.
Señor Presidente, son de público conocimiento los desastres climáticos que ha sufrido la zona del norte de la provincia de Salta, en especial las recurrentes inundaciones, siendo la última en Tartagal, partido de San Martín, una catástrofe por la pérdidas de vidas humanas, hogares, comercios, industrias y proliferación de enfermedades. No es novedoso el cambio climático - extremadamente caluroso aún en invierno y más lluvioso de lo habitual -, que está provocando secuelas en el área sanitaria, con la propagación de todo tipo de enfermedades tropicales.
La zona de competencia del juzgado federal de Orán, abarca departamentos que están casi todos al norte del trópico de capricornio en una zona de frontera con la República de Bolivia. La zona comprendida comprende en su mayor parte el chaco salteño, de clima tropical, húmedo y lluvioso, y algunas zonas montañosas de difícil acceso. La recurrencia de las lluvias acentúan las condiciones para un perfil epidemiológico de carácter tropical, el que cada vez se destaca más en las estadísticas sanitarias en enfermedades como el cólera, paludismo, hantavirus, ofidismo, TBC, rabia, leishmaniasis, y que ha explotado ahora en su máxima expresión con el dengue.
Todas estas circunstancias constituyen motivos fundados y razonables para que la zona sea considerada "zona desfavorable" y para que se brinde la debida bonificación a los salarios del personal que trabaja en el Juzgado Federal, Fiscales y cuerpos auxiliares, que por residir, trabajar y desplazarse en la zona de su competencia del juzgado, deberán afrontar más gastos.
Nos parece importante destacar que el personal de organismos públicos que cumple su labor en la zona mencionada, percibe este adicional; por ejemplo la sucursal de Orán del Banco de la Nación Argentina y la Administración Nacional de Aduanas, así como personal de Gendarmería y Fuerza Aérea Argentina.
Corresponde a estricta igualdad equiparar al personal del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, con el que percibe la bonificación complementaria por zona desfavorable de otras zonas del país y con el personal de reparticiones públicas de la propia zona de competencia del juzgado de Orán, que también la percibe.
Por los motivos expuestos, y con el objetivo de prestigiar y dignificar el servicio de prestación de justicia, es que solicitamos a nuestros pares que nos acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DIEZ, MARIA INES SALTA RENOVADOR DE SALTA
TORFE, MONICA LILIANA SALTA RENOVADOR DE SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 05/08/2009
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 11/11/2009