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PROYECTO DE TP


Expediente 1793-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL PROYECTO "APROVECHAMIENTOS HIDROELECTRICOS DEL RIO SANTA CRUZ - REPRESAS PRESIDENTE DOCTOR NESTOR KIRCHNER Y GOBERNADOR JORGE CEPERNIC".
Fecha: 14/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de la Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, informe sobre diversos aspectos relacionados al Proyecto "Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz - Represas Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner y Gobernador Jorge Cepernic", a saber:
1. Estado de ejecución del mencionado proyecto.
2. Existencia de Estudios de Impacto Ambiental y Consulta Popular previos en las obras hídricas Kirchner- Cepernic.
3.- Si los Pliegos licitatorios del Proyecto cumplen con las estipulaciones de la Ley General del Ambiente N° 25.675, la Constitución Nacional en su artículo 41, el principio precautorio que dichas disposiciones contienen, la Ley de Protección de Glaciares N° 26.639, y las respectivas leyes provinciales de Santa Cruz, en lo referido al Estudio de Impacto Ambiental y a la Consulta Popular que deberían haberse realizado previo a todo tipo de proyecto o construcción.
4.- Indique si se ha evaluado la opinión de calificados especialistas en materia ambiental que han determinado y demostrado que en la construcción de estas represas no se tiene en cuenta el efecto hídrico y ambiental que causará en la zona, a pesar de la distancia de más de cien kilómetros que las separan, afectando los históricos rompimientos del glaciar Perito Moreno, considerando que la corriente provocada por estas represas impedirá que el glaciar llegue a la costa, por lo que no podrá cerrarse, y de allí que no se complete el proceso necesario para su rompimiento, así como también tendrá un efecto nocivo sobre el glaciar Upsala y el ecosistema imperante en su totalidad en el Lago Argentino.-.
5.- Del mismo modo, si se ha contemplado lo señalado en relación a que el Estudio de Impacto Ambiental propuesto por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Planificación carece de objetividad, atento el hecho que sería realizado por las mismas personas jurídicas encargadas de la obra, mientras los trabajos se están realizando y no de manera previa y por instituciones ajenas, como lo disponen los diferentes cuerpos legislativos en razón de la envergadura del proyecto.
6.- Cualquier otra información que sirva al presente.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 18 de julio de 2014 el gobierno nacional informaba sobre la firma del acuerdo para el financiamiento de la construcción de las represas hidroeléctricas Néstor Kirchner y Jorge Cepernic, en la provincia de Santa Cruz. El acuerdo fue suscripto por la Presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner y el Presidente de la República Popular de China, Xi Jinping. Según el gobierno el convenio "permitirá concretar una obra altamente significativa para el Sistema Energético de nuestro país, garantizando una potencia instalada de 1.740 MW y una energía media anual de 5.246 GWH", además de "mejorar la matriz energética de nuestro país y su puesta en funcionamiento implicará un ahorro anual de más de 1.000 millones de dólares en importación de combustible".
El Consorcio constructor está integrado por la UTE conformada por las firmas Electroingenieria S.A., China Gezhouba Group Company Limited e Hidrocuyo S.A., que tienen a su cargo la elaboración del proyecto ejecutivo, la provisión de la totalidad de los materiales, el equipamiento, las maquinarias, el montaje y la puesta en marcha de los mismos. La información oficial sostenía que el acuerdo contempla "la contratación de la mano de obra, la construcción completa mediante la obtención del financiamiento para la realización de los emprendimientos, la operación y el mantenimiento por un plazo de 15 años, sistema al que se conoce bajo el nombre de "llave en mano". Asimismo que el "proyecto tiene varios puntos a destacar, entre los que se encuentran la financiación del 100 por ciento de la obra, una tasa competitiva y un período de gracia de 66 meses para comenzar a realizar el repago del préstamo". Se señalaba que "permite que el pago se concrete a partir de la productividad de la obra realizada, con la venta de la energía que se genera; las obras tendrán un costo total de 4.714 millones de dólares, con un plazo de concreción de cinco años y medio y la generación de 5.000 nuevos puestos de trabajo". Finalmente se indicaba que el "China Development Bank (CDB)" aportará el 100 por ciento del financiamiento ofrecido, en colaboración con el "Industrial and Commercial Bank of China Limited (ICBC)" y "Bank Of China Limited (BCL)".
Analizando la Memoria Descriptiva del Proyecto "APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS DEL RÍO SANTA CRUZ (Represas Pte. KIRCHNER y Gdor. CEPERNIC)", se puede extraer que:
"No obstante la gran extensión del valle fluvial del Río La Leona, continuado por el Río Santa
Cruz sólo tres sitios presentan características topográficas aptas para el emplazamiento de obras de aprovechamiento hidroeléctrico en el sistema Río La Leona - Río Santa Cruz; desde aguas arriba hacia aguas abajo: La sección del km 397, del Río La Leona. El corredor del Cóndor Cliff, cercano al km 250 del Río Santa Cruz, con secciones más estrechas sobre ambos extremos del mismo. El sitio de La Barrancosa, en el km 185 del Río Santa Cruz. De estos lugares, se ha propuesto la construcción de obras de cierre en los últimos dos emplazamientos. Con base en los estudios realizados, particularmente los estudios a nivel de anteproyecto del Consorcio IECI (Inconas - Esin - CONELEC - Iatasa) encargados por Agua y Energía Eléctrica SE (1978), actualizados con estudios más recientes encargados, o realizados en forma directa, por la Secretaría de Energía de la Provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación, especialmente en lo referente a geotecnia, topografía e hidrología, se delinearon las obras de Cóndor Cliff y La Barrancosa, ahora denominadas Presas Presidente Dr. Néstor Carlos KIRCHNER y Gobernador Jorge CEPERNIC. Los criterios básicos para los diseños propuestos se derivan de las condiciones naturales dominantes, premisas constructivas y operativas, necesidad de aprovechar al máximo el recurso natural renovable de la hidroelectricidad y las fuertes restricciones ambientales para un desarrollo sustentable que identifican la zona de la ubicación de las obras.
El proyecto está integrado por dos presas, Pte. Kirchner y Gdor. Cepernic cuyos componentes principales son:
Presas de materiales sueltos con pantalla impermeable de hormigón.
Vertederos de crecidas.
Obras de Toma para las Centrales Hidroeléctricas.
Descargadores de fondo.
Obras de Desvío del Río durante la construcción.
Centrales Hidroeléctricas.
Playa de Maniobras.
Caminos de Acceso sobre ambas márgenes.
Disposición General de las Obras.
Como se indicara más arriba, las obras proyectadas están en el curso medio del río Santa Cruz. Su emplazamiento se fundamenta en criterios geotécnicos y topográficos y en base a antecedentes de los anteproyectos encarados por Agua y Energía Eléctrica en el año 1978.
Presa Presidente Dr. Néstor Carlos KIRCHNER.
El embalse se desarrolla a lo largo del valle fluvial, sin interesar a la planicie patagónica. El ancho de la obra de cierre es de 2780 metros y las obras complementarias tales como el vertedero, toma para la central, conducciones, descargas y central hidroeléctrica, se emplazan en la margen izquierda por encontrar condiciones geotécnicas y topográficas más favorables que en la margen opuesta y que en el valle del río. El acceso al coronamiento de la presa será por ambas márgenes del río y desde el camino de margen derecha se dispone el acceso a la central hidroeléctrica.
Presa Gobernador Jorge CEPERNIC.
El embalse se desarrolla a lo largo del valle fluvial, sin interesar a la planicie patagónica. El ancho de la obra de cierre es de 2900 metros y las obras complementarias tales como el vertedero, descargadores de fondo, escala de peces y central hidroeléctrica, se emplazan en la margen derecha por encontrar condiciones topográficas más favorables que en la margen opuesta y que en el valle del río. El acceso al coronamiento de la presa será por ambas márgenes del río y desde el camino de margen derecha se dispone el acceso a la central hidroeléctrica".
En entidades ambientalistas, vecinos de la zona de impacto y especialistas en materia ambiental se han generado inquietudes, dudas y protestas por afectaciones al Lago Argentino y a los glaciares Perito Moreno, Upsala y Spegazzini, que el proyecto generaría, las que fueron recogidas por la prensa.
En ese sentido, el 26 de octubre de 2014, el gobierno informaba que "ante una nota publicada hoy en el diario Clarín, titulada "Una represa amenaza al Perito Moreno", en relación al supuesto impacto que tendría la construcción del complejo hidroeléctrico sobre el Río Santa Cruz, integrado por las presas Néstor Kirchner y Jorge Cepernic, el Ministerio de Planificación, Inversión Pública y Servicios, rechaza en forma taxativa dicha situación, ya que de ninguna manera el emplazamiento y puesta en marcha de las centrales hidroeléctricas afectarán el comportamiento natural del Lago Argentino ni del Glaciar Perito Moreno, ubicado a 160 kilómetros". Textualmente la información oficial expresaba que "desde la etapa previa al llamado a licitación de la obra, la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación viene realizando simulaciones de operación de embalse con la presas y su interacción con el lago y el sistema de glaciares, a partir de cumplir con los preceptos de no influir sobre los procesos naturales que se producen en esa zona. Profesionales pertenecientes a distintas instituciones de primer nivel nacional e internacional concretaron una semana de trabajo en la que analizaron los temas más importantes sobre la geotecnia y la ingeniería para la construcción de las represas hidroeléctricas sobre el río Santa Cruz. La evaluación es muy positiva porque se confirmó lo indicado en todos los antecedentes disponibles desde los años ´50, en el sentido de la factibilidad técnica desde el punto de vista geológico para el diseño de las obras, identificándose los estudios a realizar en la próxima campaña, a iniciar en el mes de noviembre, ya como parte del Proyecto Ejecutivo para construcción. Además, el Departamento de Hidráulica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de La Plata fue contratado para el seguimiento del proyecto y las obras, en relación a la simulación del funcionamiento de las represas y la interacción sobre el Lago Argentino mediante la modelación de toda la serie histórica con el despacho anual con las restricciones previstas en el pliego de licitación. En consecuencia, una vez concluidas las obras todo el sistema natural funcionará como si no existiera el complejo hidroeléctrico. En la actualidad la Unión Transitoria de Empresas (UTE) se encuentra realizando las tareas de Línea de Base, proceso por el cual se caracteriza, cuantifica y cualifica el Ambiente antes de la obra. Es decir se realiza un estudio del estado actual de la zona sin intervenciones. Esto sirve para confeccionar un patrón de comparación que permita predecir impactos, establecer medidas para mitigar los mismos y monitorear la evolución del sistema físico-antrópico generado por el proyecto. Se están elaborando además Estudios de Impacto Ambiental para una serie de obras o tareas complementarias previas que cuentan con proyecto propio. Estas son, para Presa Néstor Kirchner, una Campaña de sondeos geológicos complementarios en zona de cierre, la Construcción de un puente y Obradores pioneros y, para la Presa Gobernador Jorge Cepernic, la construcción de Caminos de acometida a la zona de cierre y Obradores pioneros. Por último, también el pliego prevé que la empresa adjudicataria realice los estudios ambientales y la evaluación del impacto ambiental de las obras, así como su tramitación y aprobación ante las autoridades provinciales".
La Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonía (AAAAP), a través de su Presidente, Dr. Mariano J. Aguilar, con el patrocinio letrado de la doctora María Lujan Pérez Terrone, interpuso una Acción de Amparo Ambiental Federal por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La demanda se funda en los artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional, con una medida precautelar, y otra cautelar, todo ello en los términos de los artículos 4 y 32 de la ley 25.675, como así también invocando el artículo 232 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en defensa y por la violación de los artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional, los artículos 11, 12, 13, 19, 20 y 21 de la ley 25.675,y los artículos 1, 6 y 7 de la Ley de Protección de Glaciares 26.639, con el fin que la justicia ordene investigar y en su caso evitar su comienzo, del proyecto programado para la creación de las dos represas en el Río San Cruz. Se sostuvo que "ESOS EMPRENDIMIENTOS NO TIENEN REALIZADOS COMO ENTENDEMOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL PREVIOS SOBRE TODA LA ZONA Y SOBRE EL ECOSISTEMA, COMO QUE TAMPOCO TIENEN CONSULTAS CIUDADANAS; EN FUNCIÓN DE LA ENVERGADURA DE LOS EMPRENDIMIENTOS A REALIZAR PODEMOS AFIRMAR SIN HESITACIÓN QUE AFECTAN AL LAGO ARGENTINO, A LOS GLACIARES PERITO MORENO, AL ROMPIMIENTO QUE SE EFECTUA NATURALMENTE CADA CUATRO AÑOS Y EN DEFINITIVA AL PARQUE NACIONAL Y PROVINCIAL EXISTENTE FRENTE AL PERITO MORENO, EXTREMOS QUE ENTENDEMOS SI NO TIENEN ESE ESTUDIO, LOS EFECTOS DE ESAS DOS MEGA OBRAS PODRIAN CAUSAR AFECCIONES IMPORTANTÍSIMAS, DE IMPOSIBLE DIMENSION Y REMEDIACION, ORIGINADAS EN LA AUSENCIA DE E.I.A. EN LA CONSTRUCCIÓN DE LAS REPRESAS NÉSTOR KIRCHNER (RNK), SITUADA EN LA ESTANCIA CÓNDOR CLIFF, Y JORGE CEPERNIC (RJC), EN LA BARRANCOSA, AMBAS EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ". La acción se solicitó de inmediato, CON CARÁCTER URGENTE, previamente a la construcción de las obras, las que no podrán efectuarse hasta tanto no cuenten con el Estudio de Impacto Ambiental que garantice la preservación del ecosistema, en orden al principio precautorio establecido en el artículo 4 de la ley 25.675, y de los artículos de la Constitución Nacional, de la Constitución de Santa Cruz y de Tratados Internacionales aplicables en la materia; todo ello vinculado íntimamente a los daños gravísimos que podrían ocasionarse al ambiente, en particular respecto de la erosión irreversible del Glaciar Perito Moreno, declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, del Glaciar Spegazzini y del Glaciar Upsala.- El demandante resaltó que "en mérito a su cuidado tanto para el presente, como para las generaciones futuras, y además por el cuidado del ecosistema todo, de esa zona que naturalmente es impresionantemente grandiosa, y que puede ser afectada por el desequilibrio que produzca esta creación del hombre, para obtener energía, sin agotar otros recursos más sanos como ser la energía eólica o solar, nos trae a estos estrados para pedir SE TOMEN MEDIDAS URGENTES DE SALVAGUARDA A UN PATRIMONIO CASI IMPOSIBLE DE VALORAR E IRREPETIBLE EN LA HISTORIA DE LA NATURALEZA".
La demanda se interpuso contra el Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.), a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y la Provincia de Santa Cruz, a través de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz.
En la demanda se requirió una MEDIDA PRECAUTELAR, previa a la provisión de la apertura del amparo, solicitando se OFICIE DE INMEDIATO TANTO AL ESTADO NACIONAL COMO A LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, A LOS EFECTOS QUE INFORMEN SI HAN CUMPLIDO CON LA FORMACIÓN Y ESTUDIO DEL E.I.A. (ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL) Y DE LA CONSULTA VECINAL, EN EL PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO EN CUANTO A LA CONSTRUCCION DE DOS GRANDES REPRESAS A REALIZAR A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2015, REPRESAS NÉSTOR KIRCHNER (RNK), SITUADA EN LA ESTANCIA CÓNDOR CLIFF, Y JORGE CEPERNIC (RJC), EN LA BARRANCOSA, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, Y SI CUMPLIERON CON LOS ARTICULOS 11, 12 Y 13, DE LA LEY 25.675; ELLO EN FUNCION DE QUE LAS OBRAS A REALIZAR MODIFICARAN EL CAUCE DEL RIO SANTA CRUZ Y DE LOS LAGOS ADYACENTES". En el mismo Oficio se requirió que se "EXPIDAN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONSULTAS Y AUDIENCIAS PUBLICAS PREVISTAS EN LOS ARTICULOS 19, 20 Y 21 DE LA LEY 25.675". El accionante acompaña documentación que acredita la inexistencia de EIA alguno, ya que el Ministerio de Planificación Federal, por carta de fecha 10-10-14, firmada por el ingeniero Edgardo Bortolozzi, Subsecretario de Recursos Hídricos, remitió al pliego de condiciones legales del Ministerio de Planificación Federal, en el cual jamás se encontró la existencia de algún Estudio de Impacto Ambiental previo.
Para el caso que la respuesta del punto anterior fuere negativa, extremo que se solicitó con la urgencia del caso, dentro del plazo de 48 horas, se planteó una MEDIDA CAUTELAR de inmediata suspensión de cualquier inicio de obra, hasta tanto se haga un pormenorizado estudio de impacto ambiental, no solo sobre los glaciares, sobre el Perito Moreno y sobre el Parque Nacional y Provincial, sino también sobre todo la zona de lagos, en particular sobre el ecosistema, para lo cual deberá hacerse primeramente un elaborado inventario de los bienes naturales que existen y que pueden ser afectados, en su flora, en su fauna y en su vida silvestre.-
Nos permitimos transcribir parcialmente el Capítulo HECHOS de la referida Acción de Amparo por resultar claramente ilustrativo de la situación que lleva a impulsar el presente Pedido de Informe:
"El Río Santa Cruz, sinuoso curso hídrico de 385 km, que nace en el Lago Argentino, alimenta su cauce por el deshielo de los ventisqueros del Parque Nacional Los Glaciares y serpentea por la meseta hasta volcar sus aguas turquesas en el Atlántico. El Poder Ejecutivo dispuso la construcción de dos grandes represas a iniciar en el mes de enero del 2015, REPRESAS NÉSTOR KIRCHNER (RNK), SITUADA EN LA ESTANCIA CÓNDOR CLIFF, Y JORGE CEPERNIC (RJC), EN LA BARRANCOSA, PROVINCIA DE SANTA CRUZ; las cuales, modificarán el cauce del Río Santa Cruz, y una vez concluidas, producirán el 10 por ciento de la energía que hoy consume el país. Su emplazamiento, no sólo podría afectar el desenvolvimiento natural de tres glaciares patagónicos, entre ellos el Perito Moreno, declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco. También modificará una geografía virgen, testimonio de las últimas glaciaciones, impregnada de yacimientos arqueológicos y convertida en acervo histórico a partir de las exploraciones que allí emprendieron Charles Darwin, Robert Fitz Roy y el perito Francisco P. Moreno. En el siglo XIX, los naturalistas remontaron el río Santa Cruz a la sirga para descifrar sus 16 meandros misteriosos, indagar en sus orígenes glaciares y describir su fauna: tropillas de guanacos, ñandúes, zorros, pumas, cóndores y más de 130 especies de aves, que Darwin y el perito Moreno documentaron. El costo de los proyectos intentados por el Gobierno Nacional y la Provincia de Santa Cruz, los cuales no cuentan con Estudio de Impacto Ambiental a la fecha, ascienden a la suma de US$ 4700 millones, financiados por China, según informan los medios locales y nacionales. Las represas Néstor Kirchner (RNK), en la estancia Cóndor Cliff, y Jorge Cepernic (RJC), en La Barrancosa, comenzarán a construirse en enero de 2015, cuando se gire al país el primer tramo crediticio. El complejo hidroeléctrico, es un proyecto de los años 50, estudiado en su factibilidad durante la dictadura, el cual supuestamente inundará mediante un sistema de pared-tapones en las partes altas del terreno, medio centenar de las estancias de la zona -47.000 hectáreas-. Es su imprevisible impacto ambiental sobre los procesos naturales de los glaciares Perito Moreno, Spegazzini y Upsala, junto a la desaparición de gran parte del Río Santa Cruz mediante sendos embalses, lo que ha movilizado a un heterogéneo frente opositor a esa mega-obra, lo que se expresa en la solicitud de la presente medida preventiva. En este orden de ideas, luego de un estudio del proyecto, el ingeniero civil Gerardo Bartolomé denunció que la cota máxima para la RNK, de 178,90 msnm, está fijada a una altura inadecuada, al mismo nivel promedio del Lago Argentino, lo que provocará - afirmó- un incremento del nivel del lago para que la represa pueda operar a máxima altura con ese caudal... Esto generará un efecto de mareas en un paso estrecho como es el Canal de los Témpanos que erosionarán el frente del glaciar Perito Moreno, impidiendo su avance y, con ello, sus fabulosos mega- rompimientos, cada cuatro u ocho años. "Así como está proyectada su cota máxima, la RNK se alimentará del lago, que subirá y bajará su nivel en función de los requerimientos y consumo energéticos, sobre todo en verano, provenientes de Buenos Aires. El glaciar no sólo no será inmune a un aumento de 1,40 m del nivel del lago, por acción del agua encajonada; tampoco lo será a los efectos erosivos de la velocidad de variación que esos niveles cambiantes provoquen en su frente. Si se bajara la cota de la represa tres metros, ésta operaría sin afectar el Lago Argentino" -advirtió. Como conclusión, el ingeniero Bartolomé, advierte que si en el invierno la RNK operara al máximo mucho tiempo seguido, se puede afirmar que el glaciar no cerraría el canal y no veríamos más esos hercúleos derrumbes. El caso a estudiar, dice, seriamente es el del verano; en esa época los afluentes del lago aportan 1.100 metros cúbicos, por lo que la pérdida neta del lago sería 2100- 200-100, igual 800 metros cúbicos, en lugar de los 1600 de invierno. Es decir que, como el caudal es la mitad, también será la mitad el caudal de agua frente al glaciar: 44 mts. cúbicos por segundo. Considerando la misma sección de 20 metros cuadrados, tenemos que la velocidad del agua sería 2,2 metros por segundo, igual a 7,9 km por hora. Esta es una velocidad muy considerable con importantes efectos erosivos. Remata Bartolomé diciendo que la mala noticia en el verano es que la erosión no solo ocurrirá cuando la repesa opere a máximo caudal, sino que también cuando lo haga al mínimo. En este caso, la corriente será inversa con el lago, ganando volumen por el aporte de los afluentes por 1.100 metros cúbicos por segundo y perdiendo 180 metros cúbicos en operación mínima con una cierta absorción del embalse, que no forma parte del lago, arrojando una ganancia neta del Lago de 720 mts3 por segundo, lo que, finalmente implicaría una velocidad del agua de 7,1 m por segundo. En pocas palabras, durante el verano, cuando el glaciar pierde mayor masa a causa del calor, la corriente frontal erosionará permanentemente su base, un desafío que el Perito Moreno quizá no pueda superar. No podemos estar seguros que el Perito Moreno volverá a sus rompimientos, pero de lo que sí estamos cien por ciento seguros es que este y muchos otros efectos de las represas deben ser estudiados; tanto por ley como por la lógica debemos exigirle a las autoridades que realicen el EIA como condición sine qua non para la construcción. Entendemos, que es imposible permitir que ante estas serias dudas existentes, en confrontación con normas tan claras y precisas ambientales como a la sazón sería la aplicación del artículo 4 de la Ley 25.675, ... esta situación no puede permitirse se prosiga de la forma que se está haciendo sin que emerja por parte de la autoridad administrativa o por orden de V.E., la exigencia de un EIA completo previo, que provea y defienda la subsistencia del Perito Moreno, del Lago Argentino, de los glaciares y de toda la zona de influencia que ha sido desarrollada por los profesionales.- De lo contrario estaríamos arriesgando el patrimonio natural más importante que posee Argentina en materia ambiental y que se encuentra protegido como patrimonio universal de la humanidad, extremo que podría convertir a nuestro país no sólo en un lugar de default económico, sino en un lugar de default ambiental. De ello nos agraviamos y es por ello que solicitamos la presente medida. Por otra parte el glaciólogo del Conicet, don Juan Pablo Milana, quien realizó estudios de campo en el área, juzgó aún más amplios sus posibles efectos, al incluir impactos que podrían ser irreversibles también sobre los glaciares Spegazzini y Upsala.- "Es un tema que se debería estudiar muy seriamente antes de emprender la obra. Aumentar el nivel de Lago Argentino generará un efecto de flotación natural de los tres glaciares. Una presión hídrica menor en la base de estos cuerpos no sólo provocará el despegue del hielo, que en el caso del Perito Moreno tiende a ser más fino; su proceso de ruptura también se alterará por los efectos de flotación, erosión y ausencia del gradiente hidráulico natural". Por otra parte el glaciólogo Milana advierte que puede haber un proceso que es el de la ruptura glaciar. Para que esto ocurra debe existir una diferencia de presión hidráulica entre el Brazo Rico y el Canal de Los Témpanos (brazo del Canal Argentino). Cuando el glaciar Perito Moreno avanza y cierra esta conexión, el proceso de aumento del nivel del Brazo Rico comienza a operar. El récord registrado es de 24,6 metros de diferencia de nivel en 1956, pero llama la atención la ausencia de información técnica sobre las sucesivas rupturas que fueron muchas más.... De acuerdo a lo expresado, este glaciólogo indica que el Glaciar es más fino y con menos presión hídrica y que puede lograr que se despegue del hielo. En cuanto al tema de la ruptura, no sólo es hoy más fácil de flotar a los glaciares debido a su conocido adelgazamiento, sino que al nivel alto del Lago Argentino, impedirá una clara ruptura debido a la ausencia del gradiente hidráulico necesario para generar la misma. En ese sentido, es importante ver la figura que se acompaña en su trabajo donde los niveles del Lago Argentino suelen estar bajos cerca de la cota 177, y no altos. Justamente la ruptura, es el proceso que genera el Lago Argentino al subir rápidamente de cota, llegando de forma extraordinaria, casi a los 180. Como verá, V.E., todas estas situaciones, claramente determinadas por los peritos, nos dan una suerte de incógnita sobre de qué manera puede influir la alteración del contenido del Lago Argentino, en cuanto al rompimiento del Perito Moreno y en cuanto a la existencia de los mentados glaciares. Al margen de tecnicismos, las presas suman otros graves cuestionamientos de índole legal ambiental: la ausencia de un estudio de impacto ambiental (EIA) previo, ya que aparentemente comenzará a hacerse conjuntamente con las obras, contrariando las normas aplicables en la materia. Asimismo, la ausencia de una discusión ciudadana mediante consulta popular, como lo establece la Constitución y las leyes General del Ambiente (25.675) y de protección de glaciares (26.639) son burladas por el proyecto. Se están anteponiendo los negocios por encima del medio ambiente y la legislación aplicable. El proyecto sin un Estudio de Impacto Ambiental, es una violación flagrante de la normativa ambiental y la Constitución. Según nos informa el ingeniero Bartolomé está previsto en el pliego de licitación que el EIA sea realizado por la misma UTE adjudicataria de las obras. Por otra parte la ONG Calafate Natural, Río Santa Cruz sin Represas (Rscsr) y Banco de Bosques (BB), quienes han navegado y explorado el curso superior del río Santa Cruz, desde el punto Charles Furh, donde se cierra el embalse Néstor Kirchner, hasta su inicio, en Cóndor Cliff, y, por tierra, hasta La Barrancosa, también se oponen con diferentes argumentaciones. "Aspiramos a que se hagan bien las cosas, con la seriedad que un ecosistema tan frágil requiere y conforme a las leyes", señaló el presidente de BB, Pedro Friedrich, gran conocedor de la región de glaciares. Nicolás Abramzon y Sofía Nemenmann, impulsores del movimiento Rscsr, se alinean con el ejemplo en la Patagonia chilena, que las rechazó en la región de Aysén. El valle del río Santa Cruz es un santuario de vida silvestre, de fósiles, de restos arqueológicos de los tehuelches, los cuales se encuentran comprometidos por la construcción del Proyecto de Represas. Solicitamos se estudie además, cómo impactarán esas mega-represas en las proximidades de otro Parque Nacional: "P.N. Monte León". Barrancos de greda y piedra de más de 200 metros de altura que hilvanan un paisaje estremecedor, coronado por el vuelo de cóndores y águilas mora, bandurrias, cauquenes y aves de coloridos deslumbrantes, como los carpinteros patagónicos y los chingolos. Costas pedregosas y asimétricas en ambas márgenes de un cauce de aguas prístinas - de 3 a 15 m de profundidad y de hasta 300 m de ancho- para beber. El Río Santa Cruz es un torrente caprichosamente indómito, pero también sereno, de un turquesa lechoso por los sedimentos pulverizados que deja el glaciar. Lo surcan cisnes de cuello negro, flamencos y patos. En la estepa, tropillas de guanacos y choiques en abundancia, solitarios zorrinos, zorros rojos y grises, quienes azorados frente a la presencia humana huyen en la inmensidad de esa "meseta misteriosa", como la bautizó el perito Moreno. Es un ámbito inhóspito, interrumpido por algún viejo casco de estancia, y envuelto por la magia del silencio. En la región alta de Cóndor Cliff, que simula ser una geografía serrana por sus morenas y pliegues, aunque en realidad es una meseta ahuecada por el paso de un glaciar, "imaginar allí un embalse supone malograr, con la mano del hombre, una porción de naturaleza agreste y deslumbrante como pocas veces se vio jamás", apuntaban los ocasionales compañeros de viaje. La Barrancosa se hunde en una mayor monotonía, pero sus hondonadas, pérdidas en el horizonte, grafican lo que es la vastedad. Lo dijo el perito Moreno al recorrer este valle: "La conformidad, hija de la necesidad, presagia negros colores en el futuro horizonte".
En la acción incoada se enfatiza, como un clamor: "Solicitamos medidas ante la Justicia. Exigimos Justicia Ambiental. Solicitamos se investigue el IMPACTO REAL de la intervención del hombre en el paisaje de la Patagonia, en particular sobre el Río Santa Cruz y los Glaciares".
El 25 de marzo de 2015, en el Salón Verde de la Facultad de Derecho de la UBA, se realizó la Jornada en defensa del Lago Argentino, los glaciares Perito Moreno, Upsala y Spegazzini, organizada por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia. Se trató la situación ambiental en la zona del Lago Argentino, con motivo del proyecto de construcción de las represas hidroeléctricas Néstor Kirchner y Jorge Cepernic.
La Jornada fue llevada a cabo por los especialistas en la materia y técnicos firmantes del amparo ambiental interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia por la AAAAP, ingeniero Gerardo Bartolomé, doctor Juan Pablo Milana y doctor Mariano Julio Aguilar, éste último presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia, quien, además recordó los extremos en que se fundamenta el amparo ambiental originario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Causa Nº CSJ005258-2004-00).-
Como conclusiones de la Jornada, sus organizadores pueden destacar:
1.- La ausencia de Estudio de Impacto Ambiental en las obras hídricas Kirchner-Cepernic, violando la Ley General del Ambiente, la Constitución Nacional, el principio precautorio, la Ley de Protección de Glaciares, como así también las leyes provinciales de Santa Cruz, en lo referido al Estudio de Impacto Ambiental y a la Consulta Popular que deberían haberse realizado previo a todo tipo de proyecto o construcción. Vale destacar la ausencia de políticas ambientales tendientes no sólo al cumplimiento de las mencionadas normas, sino también al desarrollo de energías limpias, programadas sistémicamente para un futuro no menor a treinta años hacia toda la República Argentina.-
2.- Se pudo determinar y demostrar que en la construcción de estas represas no se tienen en cuenta el efecto hídrico y ambiental que causará en la zona.
3.- Se determinó que el Estudio de Impacto Ambiental propuesto por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Planificación es subjetivo, atento el hecho que sería realizado por las mismas personas jurídicas encargadas de la obra, mientras la obra se está realizando y no de manera previa y por instituciones ajenas, como lo disponen los diferentes cuerpos legislativos en razón de la envergadura de las obras.
4.- Por lo tanto, se concluyó que es imperioso que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva favorablemente y de forma inmediata, respecto de la medida cautelar presentada por la AAAAP de no continuar con las obras, hasta tanto se realice un Estudio de Impacto Ambiental objetivo y llevado a cabo por quienes nada tengan que ver con las personas encargadas de la obra, que demuestre qué cambios son necesarios para la realización de estas represas y evitar así que se afecten a los glaciares y al ecosistema imperante en su totalidad en el Lago Argentino.-
5.- El debate final fue jugoso, ya que se expuso claramente la postura mayoritaria de la necesidad de hacer un EIA previo como lo indica la norma, y no como se aventura en el pliego.- Y además la necesidad de hacer una consulta popular a los habitantes aledaños.
La Acción de Amparo interpuesta en relación a las obras hídricas propuestas en el Río Santa Cruz, las protestas de los vecinos afectados por el proyecto al igual que la opinión de movimientos ambientales de la región, el sólido rechazo de especialistas ambientales, la opacidad informativa de parte del Gobierno Nacional y la claudicación de competencias y funciones propias del Estado incluida en las cláusulas de los pliegos licitatorios, dan lugar al presente Proyecto de Resolución, requiriendo a los señores legisladores su acompañamiento y aprobación.-
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados |SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO PINEDO FEDERICO (A SUS ANTECEDENTES)