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PROYECTO DE TP


Expediente 1773-D-2011
Sumario: CREACION DEL REGISTRO DE ELECTORES ESTUDIANTES FUERA DE DISTRITO, A CARGO DE LA CAMARA NACIONAL ELECTORAL.
Fecha: 13/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º.- Créase el Registro de Electores Estudiantes Fuera de Distrito, el que estará a cargo de la Cámara Nacional Electoral.
ARTÍCULO 2º.- Los ciudadanos que sean electores nacionales de acuerdo a lo dispuesto en el Código Electoral Nacional, que al momento del sufragio se encuentren cursando sus estudios a más de quinientos kilómetros de donde deban votar y se inscriban en el Registro de Electores Estudiantes Fuera de Distrito, podrán emitir su voto en las elecciones nacionales conforme al procedimiento establecido en la presente Ley.
ARTÍCULO 3º.- La inscripción podrá ser solicitada por el interesado ante el Juzgado Federal con competencia electoral más cercano al establecimiento educativo al cual asiste, el que, previa comprobación de los extremos que impone la presente Ley, la aprobará y hará la comunicación pertinente a la Cámara Nacional Electoral a efectos de su incorporación al Registro de Electores Estudiantes Fuera de Distrito.
ARTÍCULO 4º.- La Cámara Nacional Electoral informará de la inscripción del peticionante en el Registro de Electores Estudiantes Fuera de Distrito al Juzgado Federal competente en materia electoral del distrito correspondiente al domicilio real.
ARTÍCULO 5º.- La presente Ley queda incorporada al Código Electoral Nacional que será de aplicación supletoria en todo lo no previsto por ella.
ARTÍCULO 6º. - Invítase a los Provincias, Municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a promover en sus distritos el espíritu de la presente Ley.
ARTÍCULO 7º.- El Poder Ejecutivo Nacional dictará la reglamentación de la presente Ley en un plazo no mayor a noventa (60) días contados a partir de su promulgación.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El art. 22 de la Carta Magna establece que "el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes". El sufragio es uno de los pilares fundamentales en los cuales se basa la democracia representativa. Por medio del mismo, los ciudadanos ejercen el derecho reconocido en la norma constitucional a participar en la designación de sus representantes.
El presente proyecto tiene por objeto garantizar al electorado estudiantil activo que se encuentra fuera de su distrito electoral, el ejercicio del derecho a voto.
Considerando la importancia de dar la posibilidad a aquéllos electores estudiantes que se encuentren alejados de los distritos en los que deben votar, de poder hacerlo en el lugar donde estén al momento de la elección, y que esto resulta concordante con la manda constitucional, invito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FADUL, LILIANA TIERRA DEL FUEGO PARTIDO FEDERAL FUEGUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA