PROYECTO DE TP


Expediente 1768-D-2017
Sumario: EDUCACION NACIONAL - LEY 26206 -. MODIFICACION DEL INCISO B DEL ARTICULO 92, REFERIDA A LA TEMATICA DE LA SOBERANIA DE NUESTRAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR.
Fecha: 19/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 31
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Ley Modificatoria de la Ley 26.206
Inclusión del Mar Argentino y Antártida en los contenidos curriculares comunes
El Senado y Cámara de Diputados…
ARTICULO 1° — Modifícase el inciso b) del artículo 92 de la Ley 26.206, que queda redactado de la siguiente manera:
“b) la integridad del territorio soberano de la República: la causa de la recuperación de nuestras Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, de acuerdo con lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional; el dominio continental, el Mar Argentino y el Sector Antártico reclamado por nuestro País”.
Artículo 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La política educativa es clave para la configuración de una identidad nacional.
Es claro que uno de los componentes esenciales de nuestra identidad nacional es el territorio, tanto continental como insular ocupado durante dos siglos a partir de nuestra existencia como país independiente. Pero es importante que los argentinos tomemos conciencia de que nuestra identidad territorial, en el pasado, pero sobre todo en el presente y de cara futuro, comprende también nuestra plataforma marítima y las aguas que rodean el territorio continental y sobre las que nuestro país reclama soberanía. Excepción hecha de Malvinas, contrasta la débil identidad cultural marítima argentina con las riquezas de su mar territorial. La educación debe comprometerse en revertir este hecho.
Sin embargo, la identidad territorial no debe concluir allí. Un capítulo especial pero conexo justamente al marítimo e insular es, en materia de soberanía, el de los territorios antárticos, a cuya soberanía la Argentina, firmante original del tratado Antártico, no ha renunciado. Un desafío adicional para la consolidación de esta conciencia territorial integral, son la lejanía de los dominios antárticos y la complejidad de los arreglos diplomáticos, transitorios, aunque cuenten ya con varias décadas, que apartan este fragmento del territorio de la vivencia y consideración de nuestros conciudadanos.
Sin embargo, cabe recordar que para la República Argentina es un motivo de orgullo que al amplio sustento histórico y geográfico (por proyección y continuidad de su territorio continental e insular) de su derecho de soberanía sobre su Sector Antártico, pueda sumar el sustento de ocupación efectiva. En efecto, la República Argentina fue el primer país del mundo en sentar una base nacional fija al sur del paralelo 60° (S): nuestra histórica Base Orcadas. A la base de Orcadas, aun en actividad, la acompañaron múltiples hitos de presencia pacífica en Antártida, fundamentalmente vinculadas a la actividad científica. En la actualidad, y a pesar de las dificultades logísticas de no contar con un rompehielos propio y operativo, la República Argentina, a través de la Dirección Nacional del Antártico, mantiene seis bases antárticas permanentes (Orcadas, Carlini, Esperanza, Marambio, San Martín y Belgrano II), habitadas los 365 días del año; siete habilitadas durante el verano antártico y otros emplazamientos móviles en función de necesidades científicas puntuales.
Si consideramos la Ley 26.206, que enmarca nuestro sistema educativo, notamos que la actual formulación del artículo 92, sobre los contenidos curriculares comunes, hace referencia solamente en el inciso b) a lo que podríamos llamar “conciencia territorial”. A saber:
ARTÍCULO 92.- Formarán parte de los contenidos curriculares comunes a todas las jurisdicciones:
a) El fortalecimiento de la perspectiva regional latinoamericana, particularmente de la región del MERCOSUR, en el marco de la construcción de una identidad nacional abierta, respetuosa de la diversidad.
b) La causa de la recuperación de nuestras Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, de acuerdo con lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
c) El ejercicio y construcción de la memoria colectiva sobre los procesos históricos y políticos que quebraron el orden constitucional y terminaron instaurando el terrorismo de Estado, con el objeto de generar en los/as alumnos/as reflexiones y sentimientos democráticos y de defensa del Estado de Derecho y la plena vigencia de los Derechos Humanos, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 25.633.
d) El conocimiento de los derechos de los/as niños/as y adolescentes establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley N° 26.061.
e) El conocimiento de la diversidad cultural de los pueblos indígenas y sus derechos, en concordancia con el artículo 54 de la presente ley.
f) Los contenidos y enfoques que contribuyan a generar relaciones basadas en la igualdad, la solidaridad y el respeto entre los sexos, en concordancia con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, con rango constitucional, y las leyes Nº 24.632 y Nº 26.171.
Es por ello que este Proyecto modificatorio pretende darle a su contenido toda la amplitud que geográficamente le corresponde: la continental, marítima, insular y antártica. Al mismo tiempo, propone mantener explícita la alusión a la primera “Disposición Transitoria” de la Constitución Nacional vigente desde el año 1994 que sostiene:
“Primera: La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares”
La Antártida es un reservorio de potenciales recursos de incalculable valor y en su vasta extensión incluye muchas regiones de importancia geoestratégica. La Antártida es también un territorio de encuentro pacífico de múltiples naciones, que tiene interés especial para la ciencia y la colaboración internacional. Sin embargo, su historia no está exenta de litigios. Justamente, ante el testimonio de las guerras mundiales, en el marco de la guerra fría y las guerras de descolonización, el aumento de los reclamos territoriales superpuestos y la perspectiva de factibilidad de la explotación ricos recursos no explorados; las naciones pioneras en exploración y presencia antártica, convinieron para la Antártida un estatuto original, el del Tratado Antártico, entrado en vigor el 23 de junio de 1961, con la ratificación parlamentaria de todos los signatarios originales, entre los cuales, naturalmente, está nuestro país.
El Tratado Antártico excluye de la Antártida cualquier actividad militar y, por iniciativa de la Argentina, la actividad atómica. Sin embargo, ninguna disposición del Tratado Antártico se interpretará, según su Art. IV (a), “como una renuncia, por cualquiera de las partes contratantes, a sus derechos de soberanía territorial o a las reclamaciones territoriales en la Antártida, que hubiere hecho valer precedentemente”.
Por lo que nuestro país, al tiempo que mantiene sus reclamos de soberanía y su presencia en la región, colabora activamente en el control del cumplimiento del Tratado y sus Protocolos. No sabemos hasta cuándo el Tratado Antártico mantendrá su vigencia. Nada hace prever hoy el fin de la misma. Pero, es importante que los argentinos presentes y futuros sepan de nuestro reclamo de soberanía, le den continuidad histórica y se comprometan con presencia antártica del país, activa, soberana, pacífica, solidaria, respetuosa del derecho internacional y comprometida con el avance científico.
Por lo expuesto, se percibe la importancia de que nuestras jóvenes generaciones sean formadas en el doble orgullo y conciencia de que la Argentina ha bregado por la conservación de ese territorio como una región de colaboración internacional y ciencia, pero que, no por ello, ha renunciado a sus derechos territoriales, firmemente sustentados. Por lo que solicitamos el apoyo de los legisladores al presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASTRO, SANDRA DANIELA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIOJA, JOSE LUIS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ISA, EVITA NELIDA SALTA JUSTICIALISTA
RODRIGUEZ, MATIAS DAVID TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARTINEZ, DARIO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 3405-D-19