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PROYECTO DE TP


Expediente 1738-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REALIZAR LA FUMIGACION AEREA TENDIENTE A EVITAR LA PROPAGACION DEL MOSQUITO "AEDES AEGYPTI", TRANSMISOR DEL LA ENFERMEDAD DENOMINADA "DENGUE".
Fecha: 16/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) que el Ministerio de Salud coordine acciones con carácter de urgencia sanitaria junto al Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable y organismos pertinentes para:
1. Llevar a cabo la fumigación aérea de espacios abiertos susceptibles de permitir la propagación del mosquito Aedes aegypti, vector de la enfermedad viral denominada "Dengue", prestando especial atención a:
a) lagunas de estabilización (efluentes cloacales urbanos);
b) perímetros y riberas de ríos, diques y lagunas;
c) plantas de tratamiento y/o disposición final de residuos sólidos urbanos (formales), chatarrerías y basurales domésticos (informales);
d) cauces y/o márgenes de estanques, ríos y arroyos con aguas estancas;
e) piletones de potabilización de agua corriente;
f) todo otro espacio de características similares a las descriptas.
2. Aplicar una fórmula del o los venenos a fumigar que respete las normas de cuidado de la salud de la población y del ambiente, preservando los espacios a ser fumigados.
3. Realice la afectación y/o contratación de aviones fumigadores (llamados aeroaplicadores) y demás elementos complementarios necesarios para realizar las operaciones intensivas de fumigación y su envío a las provincias más afectadas por el brote epidémico de manera de contener el avance de ésta.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Dengue es una enfermedad viral, cuyo agente etiológico es un arbovirus que reconoce cuatro serotipos identificados con los números 1, 2, 3 y 4. Se desarrolla en áreas de clima tropical y subtropical de América y Asia, siendo el hombre el huésped exclusivo y requiriendo para su transmisión de un vector hematófago (mosquito Aedes aegypti) el cual pica al enfermo y transmite la enfermedad al sano.
Se ha observado hasta un noventa por ciento (90 %) de afectación en poblaciones expuestas al insecto y, actualmente, se está desarrollando un brote epidémico en la región del norte de Argentina, con peligro de contagio a otras regiones del país.
El dengue no posee medicación específica ni vacuna, motivo por el cual solo la prevención es efectiva para controlarla. Las actividades realizadas por las provincias (prevención, descacharrado, fumigación, etc) se han mostrado insuficientes comparadas con el tamaño y la peligrosidad que está adquiriendo el brote en nuestro país.
Por ello es necesario que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de diferentes Ministerios y dependencias, coordine con carácter de urgencias sanitaria las acciones para llevar a cabo la fumigación de superficies consideradas críticas para la proliferación del mosquito y sus larvas.
Es imprescindible erradicar todas las etapas presentes del Aedes, desde el huevo pasando por sus etapas larvarias hasta el adulto volador, máxime si se tiene en cuenta que en condiciones menos propicias, como huevo puede sobrevivir 5 años mientras que las larvas lo hacen por 1 año. De allí que se puedan conjeturar los rebrotes al año o a los cinco años por focos que se hallaban en estado latente.
La Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación ya dispone de los medios para realizar las aplicaciones aéreas. Mediante resolución JGM 607 de fecha 27 de julio de 2007, se autorizó y convocó a la Licitación Pública Nº 03/07 para la contratación de un servicio de aeronaves de ala fija a ser utilizadas en la lucha contra incendios forestales, rurales y de interfase (aviones hidrantes). Esta licitación fue aprobada por Decisión Administrativa 226/2008 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y publicada en el Boletín Oficial en fecha 18-06-08.
Los aviones hidrantes pueden ser "adaptados" para realizar fumigaciones sanitarias (llamados aviones aeroaplicadores) como los aquí solicitados y que son imprescindibles en este momento crítico de la expansión de la enfermedad.
Las superficies de tratamiento prioritarias para la fumigación serían aquellas que están más expuestas a la proliferación del vector de la enfermedad: como las llamadas lagunas de estabilización de efluentes cloacales urbanos; los perilagos o perímetros de diques, estanques, ríos y arroyos; los piletones de potabilización de agua corriente, entre otros. Es en estos lugares que presentan dificultades en su accesibilidad o recorrido, debido a su extensión, donde se debe realizar una fumigación y saneamiento de tipo aéreo, para abarcar a estos grandes espacios en poco tiempo.
Por otra parte, las autoridades sanitarias y ambientales de la Nación y las provincias deben ser partícipes necesarios, para lograr que la composición del o los venenos a aplicar en estas zonas sean inocuos para las poblaciones expuestas a esta acción y de baja toxicidad para los ecosistemas.
En suma, lo que proponemos es la utilización de la infraestructura y los medios ya previstos para prevención y cuidado de la salud pública, pero utilizados con un nivel de máxima optimización y coordinación que obliga la premura con la que se está desarrollando este brote epidémico.
Por las razones expuestas, señor Presidente, y al considerar prioritario para la salud pública nacional abocarse a resolver este desafío sanitario, es que solicito de mis pares el pronto tratamiento del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PAROLI, RAUL OMAR CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
VELARDE, MARTA SYLVIA SANTIAGO DEL ESTERO JUSTICIALISMO REPUBLICANO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)