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PROYECTO DE TP


Expediente 1693-D-2008
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LAS MANIFESTACIONES DE CONTENIDO DISCRIMINATORIO HACIA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, VERTIDAS POR EL CONDUCTOR DEL CICLO TELEVISIVO "CAIGA QUIEN CAIGA", MARIO PERGOLINI, EN SU EDICION DEL DIA 15 DE ABRIL DE 2008.
Fecha: 23/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su más enérgico repudio a las manifestaciones de contenido discriminatorio hacia las personas con discapacidad, vertidas por el conductor del ciclo televisivo "Caiga Quien Caiga", Mario Pergolini, en su edición del día 15 de abril de 2008.
Solicitar al Poder Ejecutivo que a través de los organismos que correspondan arbitre las medidas conducentes a la implementación de una reglamentación efectiva que impida la reiteración de este tipo de expresiones.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Señor Presidente: En la edición del 15 de abril de 2008, Mario Pergolini, conductor del ciclo televisivo "Caiga Quien Caiga", tuvo expresiones de contenido objetivamente discriminatorio, prejuicioso, burlón, agresivo y estigmatizante para con las personas con discapacidad. El programa marcó ese día un rating de 15,5, es decir, recibieron su negativa influencia millones de televidentes. Ninguna aclaración posterior sobre su verdadera intencionalidad o el carácter supuestamente irónico de lo expresado podrá garantizar una reparación efectiva. Por otro lado, nadie ignora que con alguna frecuencia se utilizan en los medios estilos que tienen que ver con la ironía. Pero así como nadie ignora la existencias de estilos, no tengo dudas que no todas las personas tenemos la misma forma de interpretarlos. Esto último también debe ser plenamente asumida por quienes tienen la responsabilidad de comunicar en los medios de comunicación masivos. No es la primera vez que se discrimina en estos medios. Desde principios de 2007 hasta la fecha el INSTITUTO CONTRA LA DISCRIMINACIÓN , LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), recibió veintiuna (21) denuncias por discriminación en estos medios. El INADI también registra como de alta frecuencia de denuncias aquellas relacionadas con discriminación y maltrato hacia las personas con discapacidad. Nadie puede ignorar la responsabilidad e influencia que tienen de los medios de comunicación en ello. He dicho que no es la primera vez que se discrimina en medios de comunicación. Debo agregar que tampoco será la última. La realidad demuestra que no están previstos medios efectivos para impedirlo. Pero lo que sí está
previsto es que asumamos nuestra indelegable responsabilidad de representantes y alcemos enérgicamente nuestra voz en defensa del derecho de no discriminación de las personas con discapacidad que garantizan nuestra Constitución, los pactos internacionales de cumplimiento obligatorio y las leyes de la República. Debo dejar en claro que lejos está mi intención de limitar la libertad de expresión en los medios, derecho cuyo efectivo ejercicio es fundamental para la salud de
nuestro sistema democrático. Señores diputados, hechos de la trascendencia como los que aquí denuncio no puede ser pasado por alto por esta Cámara, razón por la cual solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ACUÑA KUNZ, JUAN ERWIN B. SANTA CRUZ UCR
BARAGIOLA, VILMA ROSANA BUENOS AIRES UCR
KENNY, EDUARDO ENRIQUE FEDERICO LA PAMPA UCR
STORNI, SILVIA CORDOBA UCR
LEMOS, SILVIA BEATRIZ MENDOZA UCR
RIOBOO, SANDRA ADRIANA BUENOS AIRES UCR
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN CORDOBA UCR
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO LA PAMPA UCR
LANCETA, RUBEN ORFEL BUENOS AIRES UCR
FABRIS, LUCIANO RAFAEL CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
03/06/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0456/2008 CON MODIFICACIONES 27/06/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 20/08/2008 APROBADO