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PROYECTO DE TP


Expediente 1684-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 26888, DE CREACION DEL "PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCION DE LA ENFERMEDAD HLB DE LOS CITRUS"
Fecha: 31/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos que corresponda, reglamente la Ley 26.888 por la cual se crea el "Programa Nacional para la Prevención de la Enfermedad HLB de los Citrus".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 11 de septiembre de 2013 fue sancionada la Ley 26.888, promulgada de hecho a los pocos días, precisamente el 2 de octubre. Constituye una iniciativa largamente esperada por el sector citrícola argentino, ya que el huanglongbing (conocida como el HLB), es una enfermedad originada en Asia producida por una bacteria que afecta a todas las especies cítricas y puede llevar a la destrucción total de los montes frutales sin que hasta el momento, a pesar de las investigaciones que se realizan en los países productores, aún no se la ha conseguido controlar.
La presencia natural en nuestro territorio del insecto vector, el psílido asiático de los citrus Diaphorina citri que transmite la bacteria que produce la enfermedad, requiere la implementación de tareas contempladas en el Programa creado en esta Ley.
Para los profesionales del INTA, si la enfermedad penetrara en el país se perdería el 100% de la capacidad productiva. Habría daños indirectos, como la pérdida de mercados y aumentos en los costos de producción; el impacto socioeconómico se vería reflejado en la pérdida de 120.000 puestos de trabajo, 16 industrias y 529 plantas de empaque y habría un impacto negativo al medio ambiente manifestado en el aumento en las dosis y frecuencias de aplicación de agroquímicos.
Esto demuestra un quebranto socioeconómico de gran significancia para las economías regionales del noroeste (NOA) y nordeste argentinos (NEA) si los sectores productivo, empresario, técnico y de la investigación no cuentan con una imprescindible herramienta jurídica completamente reglamentada que posibilitaría el acceso y desarrollo de la asistencia técnica y el financiamiento previstos en la mencionada Ley.
El proyecto de ley original se inició en la Cámara de Diputados durante el año 2008, donde obtuvo media sanción y pasó a revisión del Honorable Senado. Tras perder estado parlamentario, la Cámara Alta insiste con la propuesta obteniendo como resultado esta necesaria Ley nacional.
Por las razones expuestas, señor Presidente, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)