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PROYECTO DE TP


Expediente 1674-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA INSTALACION DE UNA ANTENA DE TELEFONIA MOVIL DE LA EMPRESA, AMX SA, EN LA CIUDAD DE COSQUIN, PROVINCIA DE CORDOBA, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 05/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al poder ejecutivo, para que a través de la Comisión Nacional de Comunicaciones informe sobre los siguientes puntos:
1. Si tiene conocimiento de la existencia de la instalación de una antena de telefonía móvil en calle Einstein entre Podestá y Beethoven de la ciudad de Cosquín, en la provincia de Córdoba.
2. De ser afirmativa la respuesta al primer punto, indique si el emplazamiento de dicho dispositivo viola los artículos 2 y 4 de la resolución 3690/2004 de la Comisión Nacional de Comunicaciones, enmarcado en el Decreto 764/2000 del Poder Ejecutivo Nacional.
3. En caso de ser afirmativa la precedente cuestión, indique cuáles son las acciones que ha realizado para adecuar la realidad a la normativa citada.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Existe actualmente una enraizada idea de protección del medio ambiente y en particular de los asentamientos humanos en cualquier parte del mundo frente al avance tecnológico que produzca una peligrosa alteración del entorno natural.
Esto ha sido receptado por importantes organismos internacionales y plasmado en documentos que han tenido eco en legislaciones de diversas partes del mundo.
Tal es el caso de la Organización Mundial de la Salud, que en varias resoluciones ha recomendado la instalación de antenas de telefonía celular alejadas de hogares y edificios públicos.
En el ámbito del Decreto 764/2000 del Poder Ejecutivo sobre telecomunicaciones, y específicamente motivado por la resolución 3690/2004 de la Comisión Nacional de Comunicaciones, cuyo artículo 2 reza: "Los titulares de autorizaciones de estaciones radioeléctricas de radiocomunicaciones y los licenciatarios de estaciones de radiodifusión, deberán demostrar que las radiaciones generadas por las antenas de sus estaciones no afectan a la población en el espacio circundante a las mismas, mediante una evaluación de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de la presente o, de corresponder, por medio de la Declaración Jurada según lo prescripto en el Anexo II de esta Resolución.", y cuyo artículo 4 establece: "Los sistemas irradiantes que no cumplan con los valores máximos establecidos en la Resolución Nº 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, y que por Resolución Nº 530 SC/2000 son de cumplimiento obligatorio, deberán ser adaptados por los titulares de las estaciones radioeléctricas involucradas a fin de cumplir con las condiciones impuestas por dichas Resoluciones."; es que surge la presente resolución.
Concretamente, se da cuenta de la existencia de una antena de telefonía móvil perteneciente a la empresa AMX S.A. ubicada en calle Einstein entre Podestá y Beethoven de la ciudad de Cosquín, en la provincia de Córdoba; emplazada a 200 metros del dispensario municipal y afectando en particular a niños, mujeres embarazadas, ancianos y demás vecinos resultando en una grave afectación a su salud debido a la exposición a las ondas electromagnéticas que emite a tan corta distancia y en prolongados períodos de tiempo.
Conclusión inevitable de estos precedentes es la notoria violación del plexo legal vigente, y la necesaria actuación de los organismos correspondientes, porque una vez mas, la realidad nos muestra el evidente perjuicio que acarrean estas irregularidades en la vida de la gente, nuestros representados.
Ello es motivo de una necesaria actuación de este cuerpo para velar por la ciudadanía afectada.
Por todo lo expuesto, es que solicito a los compañeros/as diputados/as acompañen con su voto el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA LIBRES DEL SUR
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO