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PROYECTO DE TP


Expediente 1673-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA INSTALACION DE UNA ANTENA DE TELEFONIA CELULAR DE LA EMPRESA, AMX SA, EN LA CIUDAD DE COSQUIN, PROVINCIA DE CORDOBA.
Fecha: 05/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, mediante la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informe sobre los siguientes puntos:
1. Si ha tomado conocimiento sobre la instalación de una antena de telefonía celular en la ciudad de Cosquín, provincia de Córdoba, y especialmente respecto de la instalación y puesta en funcionamiento de una antena ubicada en la calle Einstein, entre Podestá y Beethoven, de dicha ciudad, emplazada a doscientos metros del dispensario municipal y bajo la responsabilidad de la empresa AMX S.A.
2. En caso de ser afirmativa la pregunta anterior, se informe si dichas instalaciones cumplen con la normativa vigente y con las recomendaciones efectuadas por la OMS, sobre el tema en cuestión.
3. En caso de ser negativa la respuesta anterior que medidas han sido adoptadas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Resultaría iluso negar que en la actualidad, en todas partes del mundo, el uso de telefonía celular se ha masificado de manera extraordinaria, llegando a convertirse en necesidad de diversos sectores de la población.
Tampoco puede obviarse que, para que pueda prestarse un adecuado servicio a los usuarios resulta necesaria una infraestructura cada vez mayor.
Sin embargo, so pretexto de desarrollo y crecimiento, no podemos permitir que se avasallen derechos fundamentales de los seres humanos, como son el derecho a un ambiente sano y el derecho a la salud.
En diversas partes del mundo, donde estos derechos no ceden ante factores económicos, se han establecido normas, que basándose en las recomendaciones de la OMS, regulan las distancias que deben existir entre las antenas y la población, como así también se establece la obligación de alejarlas de lugares frecuentados por niños, ancianos o personas vulnerables por problemas de salud.
Podría intentarse contra argumentar la falta de certeza sobre los daños efectivos que estas antenas producen. Sin embargo, como bien lo señala nuestra Ley General del Ambiente en su artículo 4, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación ambiental, aunque solo exista amenaza de daño.
El caso que nos ocupa, se trata en concreto de la existencia de una antena de telefonía celular, colocada y puesta en funcionamiento bajo la responsabilidad de la empresa AMX Argentina S.A, ubicada en la calle Einstein entre Podestá y Beethoven de la ciudad de Cosquín, provincia de Córdoba. La misma se encuentra emplazada a doscientos metros del dispensario municipal, lo que pone en serio riesgo la salud de niños, ancianos, enfermos y a la población en general. Todo ello en violación a la "Ley General del Ambiente de la Nación Argentina", normas de la provincia de Córdoba y ordenanzas municipales referidas al tema.
Es nuestro deber como representantes del pueblo, conocer la verdadera situación ambiental actual del referido tema, ya que de esta forma podrán tomarse medidas protectoras de los derechos de la población.
Ni por nosotros, ni por las futuras generaciones, el cuidado del medio ambiente puede ser materia de transacciones. Por todo lo expuesto, es que solicitamos el pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA LIBRES DEL SUR
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO