PROYECTO DE TP


Expediente 1654-D-2013
Sumario: CREACION DEL PLAN NACIONAL DE SOLUCION INTEGRAL PARA LAS PERSONAS AFECTADAS POR LAS INUNDACIONES.
Fecha: 05/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE SOLUCIÓN INTEGRAL PARA LAS PERSONAS AFECTADAS POR LAS INUNDACIONES.
Artículo 1°: Establézcase en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación o en los organismos que se designen a los efectos de la presente ley, el "Plan Nacional de Solución Integral para las Personas Afectadas por las Inundaciones" ocurridas a partir del 1° de Abril de 2013 en el área metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y el área metropolitana la Ciudad de La Plata.
Artículo 2°: El objetivo del Plan es brindar una reparación integral a las víctimas de las inundaciones, mediante el otorgamiento -según los casos- de una suma de hasta $20.000 (pesos veinte mil), que podrá ampliarse hasta $100.000 de acuerdo con la gravedad de cada situación a quienes acrediten haber sido afectado por las inundaciones.
Artículo 3°: Requisitos para el otorgamiento de una suma de hasta $20.000. En este caso deberá acreditarse:
a) Residencia en las zonas afectadas por las inundaciones mediante boleta de ABL, boleta de Rentas A.R.B.A. o tasa municipal; Título de dominio o contrato de alquiler vigente en dicho inmueble.
b) Declaración jurada sobre la cantidad de bienes destruidos total o parcialmente por la inundación.
Una vez acreditado lo anterior se adjudicará automáticamente la suma correspondiente a lo que obre en la declaración jurada hasta un tope de $20.000.
A los fines de contralor, las personas beneficiarias deberán acreditar mediante las respectivas boletas los gastos que hayan realizado, conforme a lo obrante en la declaración jurada.
Artículo 4°: Aquellos afectados que hayan sufrido daños de un monto superior a los $20.000, podrán acceder a una reparación de hasta $100.000 (pesos cien mil).
Para percibir esta ampliación deberá acreditarse además de lo establecido por el articulo 3°, y con carácter previo, los daños sufridos mediante las correspondientes facturas de los gastos erogados.
Artículo 5°: Instrúyase a los organismos que correspondan a la realización de campañas gratuitas de vacunación y asistencia sanitaria en las zonas afectadas.
Artículo 6°: Aquellas personas que acrediten haber sido víctimas de la inundación gozarán de licencia con goce de haberes en sus respectivos puestos de trabajo hasta tanto se haya solucionado integralmente su situación.
Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los dramáticos hechos ocurridos como consecuencia de las inundaciones que afectaron a miles de personas en el área metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y de la Ciudad de La Plata, generan la imperiosa necesidad de que el Estado Nacional en su conjunto tome cuenta de estos hechos y brinde a los damnificados una asistencia de manera directa e inmediata, sin ningún tipo de obstáculos.
El sentido de este proyecto de ley es brindar una solución urgente e inmediata sin complicaciones burocráticas. Consideramos que con los medios probatorios que se proponen, sumados a la declaración jurada, son más que suficientes para comprobar la residencia en las zonas castigadas, y de ese modo tener derecho a acceder a la suma reparatoria.
Entendemos que se trata de una emergencia en la que el Estado debe brindar una asistencia inmediata a las víctimas de la tragedia.
Además de una solución inmediata, se contempla también la posibilidad de acceder a una suma mayor en los casos en que los daños sufridos sean de mayor magnitud, con un procedimiento que garantiza la transparencia.
Por otra parte el presente proyecto establece la obligatoriedad de realizar acciones de salud en las zonas afectadas por parte de los organismos correspondientes, y asimismo otorga a los trabajadores que fueron afectados por las inundaciones el derecho a contar con una licencia con goce de sueldo en sus respectivos trabajos, hasta tanto se solucione su dramática situación.
El objetivo es garantizar una solución realmente integral a los damnificados por las inundaciones y no solo paliativos insuficientes.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
PARADA, LILIANA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA