PROYECTO DE TP


Expediente 1647-D-2014
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO, LEY 20744, T.O. 1976: MODIFICACION DEL ARTICULO 147, SOBRE INEMBARGABILIDAD DE LA CUENTA SUELDO.
Fecha: 28/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Incorporase como tercer párrafo del artículo 147 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el siguiente texto:
"A los fines de hacer operativas las previsiones contenidas en el presente artículo, la traba de cualquier embargo preventivo o ejecutivo que afecte el salario de los trabajadores se deberá instrumentar ante el empleador, no pudiéndose trabar embargos de ningún tipo sobre la cuenta sueldo. Trabado el embargo, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, el empleador deberá poner en conocimiento del trabajador la medida ordenada debiendo entregar copia de la resolución que lo ordena".
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto reproduce el texto del dictamen con modificaciones aprobado por la Comisión de Legislación del Trabajo (Orden del Día 457) al considerar conjuntamente los Exptes. 0829-D-12 (Pais y otros) y 1106-D-12 (Recalde y otros), durante el período 2012. En virtud de lo dispuesto por la ley 13.640 y el Reglamento de la HCD, el citado dictamen caducó razón por la cual se representa el mismo para su consideración.
A su vez, cabe citar como antecedente de aquél proyecto el texto del Dictamen aprobado por la Comisión de Legislación del Trabajo durante el período 2010 (Orden del Día 1245), al dictaminarse conjuntamente el proyecto de ley de mi autoría (Expte. 2001-D-10) con los expedientes 4025-D-10 y 4760-D-10 de autoría de los señores diputados Cigogna y Pais, respectivamente.
A continuación se reproducen los fundamentos del Expte. 1106-D-12 de mi autoría que modificaba los arts. 120 y 147 de la LCT sobre el mismo tema, y que fuera modificado por la Comisión al considerarse conjuntamente con el Expte. 0829-D-12 que también proponía modificaciones sobre este tema:
1. Este proyecto pretende adecuar las normas que admiten el embargo sobre las remuneraciones e indemnizaciones debidas al trabajador a fin de que no se afecten los derechos fundamentales del trabajador y su grupo familiar.
2. Actualmente, el embargo es posible sólo en una proporción sobre la suma que supera una suma igual a la establecida como salario mínimo vital y móvil.
Pero puede ocurrir que, por diversos motivos, el salario mínimo vital y móvil quede rezagado respecto de los precios de la canasta básica.
De tal modo, al disponerse el embargo es posible que se prive al trabajador y a su grupo familiar de los ingresos necesarios para cubrir la canasta básica. Ello, de suyo, resulta no sólo inconstitucional, por violar derechos fundamentales, sino que afecta la posibilidad de llevar una vida digna y, semejante situación, debe ser corregida.
3. Por ello el proyecto establece un doble estándar para medir el mínimo inembargable. A la suma igual a la establecida como salario mínimo vital y móvil, se agrega el valor de la Canasta Básica Total para Hogar 3 que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina, dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación. Y, de ambas, corresponderá utilizar la que resulte mayor para que, sobre el excedente, se aplique el embargo en la proporción de la ley.
4. A todo evento, se establece que el juez, por resolución fundada en circunstancias objetivas, puede aumentar la porción inembargable.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ISA, EVITA NELIDA SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROMERO, OSCAR ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
06/08/2014 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0466/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1066-D-2014, 0189-CD-2014 y 1647-D-2014 CON MODIFICACIONES; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO 13/08/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA 21/05/2014
Diputados CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1066-D-2014, 0189-CD-2014 y 1647-D-2014 04/12/2014
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1066-D-2014, 0189-CD-2014 y 1647-D-2014 04/12/2014 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1066-D-2014, 0189-CD-2014 y 1647-D-2014
Senado MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1066-D-2014, 0189-CD-2014 y 1647-D-2014 07/09/2016
Senado CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1066-D-2014, 0189-CD-2014 y 1647-D-2014 16/11/2016 SANCIONADO