PROYECTO DE TP


Expediente 1642-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONTAMINACION DE ALIMENTOS.
Fecha: 05/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo para que a través de los organismos correspondientes se sirva informar sobre diversas cuestiones relacionadas con la contaminación de alimentos.
1) ¿Qué control de contaminantes químicos reciben los vegetales y frutos cosechados en nuestro país?
2) ¿Qué control de calidad reciben los alimentos (vegetales y frutas) que ingresan al país y son consumidos dentro del mismo ya sea en humanos como en animales (sean o no parte de nuestra cadena alimentaria)?
3) ¿Qué tipo de control de calidad se realiza a la alimentación del ganado que pertenece a nuestra cadena alimentaria, que indirectamente nos afecta?
4) ¿Cuál es el procedimiento técnico que se realiza actualmente para el control de los alimentos que consumimos y donde se realizan?
5) ¿Se realizan evaluaciones de seguridad de las sustancias teniendo en cuenta los riesgos toxicológicos de los residuos generados por medicamentos suministrados a los animales? En caso negativo explique los motivos.
6) ¿Qué tasa de intoxicación anual hay en nuestro país debido a la contaminación causada por residuos químicos empleados en los alimentos por diferentes causas desde el 2003 hasta la actualidad? Por favor discrimine dicho informe por edad, sexo, estrato social, provincia, etc.
7) ¿Qué tasa de mortalidad anual hay en nuestro país debido a la contaminación causada por residuos químicos empleados en los alimentos por diferentes causas desde el 2003 hasta la actualidad? Por favor discrimine dicho informe por edad, sexo, estrato social, provincia, etc.
8) ¿Qué incremento/descenso anual de intoxicación y muerte hay por año en nuestro país? Por favor discrimine por edad, provincia, etc.
9) Sobre aquellas sustancias farmacológicamente activas aprobadas, ¿Existe un control de calidad posterior a los fines de evaluar posibles riesgos?
10) ¿Se consideran favorables los limites aptos de residuos tales como los que figuran en el código alimentario, o debería reformarse?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las sustancias químicas desempeñan un papel importante en la producción y la distribución de los alimentos. Cabe destacar la mejora en los rendimientos de las cosechas y de la producción ganadera de los productos fitosanitarios y de los medicamentos de uso veterinario, respectivamente, consiguiéndose de esta forma abaratar los costos de las producciones y, por tanto, reducir el precio de venta al consumidor de los alimentos. Los aditivos alimentarios, cuya adición intencionada a los productos alimenticios tiene un propósito tecnológico, permiten mejorar el aspecto y la conservación de los alimentos en el momento de su puesta en el mercado.
Por otro lado, se utilizan materiales, como plásticos, papel, cartón, etc., para mantener en condiciones higiénicas los alimentos y permitir su distribución. Sin embargo, su utilización conduce a la presencia de sustancias químicas, constituyendo un riesgo potencial que debe ser analizado de una manera eficaz, con el objeto de poder garantizar al consumidor la inocuidad de los alimentos.
La presencia de sustancias químicas también puede tener un origen no intencionado, producido por la contaminación medioambiental (aire, agua o suelo) o por prácticas culinarias habituales (barbacoas, frituras, etc.), cuyo riesgo también debe ser objeto de un análisis.
Los presencia de residuos químicos en los alimentos se puede deber a diversas razones, ya sea por administración deliberada para lograr mayor ganancia de peso en los animales vivos destinados al abasto (ej. anabólicos) o para aumentar la producción de leche (ej. hormonas) y también como producto de tratamientos terapéuticos (ej. antibióticos) o por ser contaminantes indirectos provenientes de plaguicidas o pesticidas, utilizados en la agricultura.
La contaminación de los alimentos por sustancias químicas es un problema de salud pública de gran preocupación a escala mundial. El motivo puede ser consecuencia de la contaminación ambiental que puede alcanzar a las cadenas alimentarias a través del aire, del agua y del suelo.
Contribuye también el uso intencionado de diversos productos químicos, tales como pesticidas, fármacos o sustancias administradas a los animales, y de otros productos agroquímicos (abonos, etc). Algunos aditivos utilizados en alimentos, así como la fabricación y el procesamiento de los mismos también pueden aportar contaminantes.
Para vigilar la seguridad alimentaria, diversas agencias medioambientales y de calidad se encargan de que la legislación se cumpla de forma rigurosa, mediante la aplicación de métodos analíticos adecuados para la detección de contaminantes en alimentos de forma rápida y eficaz, realizando muestreos y controles sobre los alimentos en fase de comercialización.
El interés de la población por la seguridad alimentaria se ha convertido en una exigencia por parte de los ciudadanos en tanto que son consumidores responsables.
Los contaminantes están presentes a unas concentraciones extremadamente bajas, en mezclas complejas de compuestos delos alimentos naturales. Sin embargo, cualquier técnica que se utilice en el análisis de alimentos debe alcanzar o ser capaz de la identificación de los contaminantes. embargo, cualquier técnica que se alimentos debe alcanzar o ser capaz dela identificación de los contaminantes.
Si bien para garantizar la salud y el bienestar de los animales, es completamente necesario disponer de medicamentos veterinarios, su utilización en animales productores de alimentos puede dejar residuos en los productos alimenticios obtenidos a partir de animales tratados .
Partiendo de esta situación, y con el fin de proteger la salud e los consumidores, se hace igualmente indispensable realizar una evaluación de la seguridad utilice en el análisis de estas sustancias teniendo en cuenta los riesgos toxicológicos, la contaminación medioambiental, y los efectos farmacológicos y/o microbiológicos no deseados de sus posibles residuos.
Es por eso que una sustancia farmacológicamente activa sólo puede utilizarse en animales productores de alimentos si ha sido objeto de una evaluación de riesgo, con sólida base científica, y resultado favorable. Se establecen así Límites Máximos de Residuos (LMR) para esta sustancia cuando se considera necesario para proteger la salud humana.
Definimos:
- Residuo de medicamento veterinario: "todas las sustancias farmacológicamente activas, ya sean principios activos, excipientes o productos de degradación, y sus metabolitos que permanezcan en los productos alimenticios obtenidos a partir de animales a los que se les hubiese administrado el medicamento veterinario de que se trate".
- Límite Máximo de Residuos: "el contenido de residuos resultante de la utilización de un medicamento veterinario legalmente autorizado y considerado como admisible desde el punto de vista de la seguridad del consumidor en un producto alimenticio".
Estos LMRs se fijarán teniendo en cuenta sus características toxicológicas en base a su utilización según códigos de buenas prácticas veterinarias, resultados de ensayos de depleción de residuos... etc. A su vez, servirán como referencia para la determinación del tiempo de espera en las autorizaciones de comercialización de los medicamentos, es decir, el tiempo que debe transcurrir desde la administración del fármaco hasta el sacrificio del animal.
Objetivos fundamentales por los que se utilizan los conceptos Residuo de Medicamento Veterinario y el Límite. Máximo de Residuos:
1. La protección de la salud humana y animal, para lo cual se establece que:
• Una sustancia farmacológicamente activa sólo podrá utilizarse en animales productores de alimentos (carne, pescado, leche, huevos y miel) si ha sido permitida por la autoridad sanitaria
correspondiente. La evaluación científica de los riesgos tendrá en cuenta el metabolismo y la eliminación de las sustancias activas el tipo de residuos, así como la IDA (ingesta diaria admisible).
2. Garantizar la disponibilidad de medicamentos veterinarios adecuados para enfermedades que afecten a animales productores de alimentos, proponiéndose para ello:
• Establecer un procedimiento de extrapolaciones de LMR ya fijados para una sustancia activa en un alimento/especie a otros alimentos derivados o especies animales diferentes.
Listado de sustancias farmacológicamente activas cuya utilización está prohibida en animales productores de alimentos porque no puede establecerse límite alguno que sea seguro para el consumidor
- Aristolochia spp. y sus formulaciones
- Cloranfenicol
- Cloroformo
- Clorpromacina
- Colchicina
- Dapsona
- Dimetridazol
- Metronidazol
- Nitrofuranos (incluida furazolidona)
- Ronidazol
Debe tenerse en cuenta que las mismas prohibiciones se deben aplicar a los aditivos utilizados en alimentación animal.
Un caso particular en el establecimiento de LMRs de sustancias con acción farmacológica en alimentos lo constituye la presencia de coccidiostáticos e histomonóstatos en productos alimenticios consecuencia de la transferencia técnicamente inevitable de aditivos en alimentos de especies para los que no están autorizados ("contaminación cruzada" o "transferencia inevitable").
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha emitido varios dictámenes sobre los riesgos que esta presentes entraña para la sanidad animal y la salud humana basándose en unos índices de transferencia hipotéticos del 2 %, el 5 % y el 10 % de los piensos producidos con la dosis máxima autorizada de coccidiostáticos o histomonóstatos a los piensos fabricados en una fase posterior, a los que no están destinadas estas sustancias
Código alimentario
Los principios generales de la legislación alimentaria en nuestro país se encuentran especificados en el Código Alimentario Argentino, donde se definen las condiciones a cumplir por los elaboradores de alimentos. También se encuentran las definiciones básicas para cumplir con buenas prácticas de elaboración, condiciones básicas de los establecimientos, cuidados en la crianza de animales que
serán usados para consumo humano, definiciones, cuidados, forma de fiscalización, límites máximo de contaminantes, etc.
El Código Alimentario Argentino posee XXI capítulos y 1416 artículos que son actualizados en forma permanente. La autoridad de aplicación es la ANMAT.
El objetivo principal de las normas de higiene general y específica es garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores en relación con la seguridad alimentaria.
En nuestro país el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es el organismo responsable de garantizar y certificar la sanidad y calidad de la producción agropecuaria, pesquera y forestal.
Por ésta razón y a raíz de todo lo expuesto es que solicito a mis pares me acompañen en la firma de este proyecto.
Fuente: Farmaceúticas Isabel Martínez y María del Carmen López de Souza
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)