PROYECTO DE TP


Expediente 1638-D-2013
Sumario: BIBLIOTECAS POPULARES EN TERMINALES, ESTACIONES Y AEROPUERTOS: SE DISPONE SU APERTURA.
Fecha: 05/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


APERTURA DE BIBLIOTECAS POPULARES
EN TERMINALES, ESTACIONES Y AEROPUERTOS
ARTÍCULO 1.- Dispónese la apertura de una red de bibliotecas populares a emplazarse en terminales de ómnibus, estaciones de ferrocarril y aeropuertos de la Nación que posean espacios disponibles a tal efecto.
ARTÍCULO 2.- El objeto de la presente ley es contribuir al fomento de la lectura mediante un enfoque que privilegie el acceso irrestricto, libre y gratuito a los libros para todos, así como la difusión de la cultura y el conocimiento, y la creación de opciones recreativas saludables para la población en general.
ARTÍCULO 3.- El régimen de funcionamiento de las bibliotecas a crearse se ajustará a lo dispuesto en las leyes 23.351 - de Bibliotecas Populares - y 25.446 - de Fomento del Libro y la Lectura -.
ARTÍCULO 4.- La Comisión Nacional de Bibliotecas Populares será autoridad de aplicación de la presente ley en todo el territorio de la Nación, y serán sus funciones las siguientes:
a. Fiscalizar la adecuada aplicación de la presente ley en todo el territorio de la Nación.
b. Coordinar con la Secretaría de Transporte de la Nación el emplazamiento de bibliotecas populares en terminales de ómnibus, estaciones de ferrocarril, y aeropuertos de la Nación que posean espacios a tal efecto.
c. Definir el perfil, diseño, características y ubicación de la red de bibliotecas populares a crearse, así como los horarios de atención al público que deberán respetar, y las modalidades de préstamo de libros que ejercerán.
d. Otorgar la gestión de las nuevas bibliotecas a aquellas cooperativas o asociaciones de particulares que se encuentren interesadas en dicha empresa, y que cumplan los requisitos que se consideren necesarios para la tarea.
e. Definir el sistema de asociación de los usuarios de las bibliotecas a crearse.
ARTÍCULO 5.- Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 6.- El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los noventa (90) días de promulgada.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto centra su enfoque en la necesidad de ampliar progresivamente el umbral de acceso a la lectura recreativa, académica y general para todo el pueblo argentino, con el objeto de facilitar la ampliación del conocimiento y el saber, contribuir a la salvaguarda y transmisión de la cultura, y brindar opciones de sana recreación para la población toda.
Es un hecho que la lectura tiene un papel clave en el desarrollo de la imaginación, el pensamiento abstracto, la observación y la reflexión, la construcción de la oralidad y la escritura y el acceso a la información y al conocimiento. Leer favorece asimismo la estimulación de la creatividad, por lo que supone la edificación de alternativas para la resolución de problemas prácticos, algo que resulta de particular importancia en el mundo de las tecnologías y las comunicaciones instantáneas, que parecen aportar soluciones inmediatas a toda problemática, cuando en realidad limitan con frecuencia el poder del cerebro humano para sortear obstáculos.
Habida cuenta de las innumerables ventajas que aporta un asiduo ejercicio de la lectura es que se vuelve imperioso trazar estrategias para que la población argentina tenga un acceso ampliado, libre y gratuito a los libros, en especial el segmento conformando por niños y jóvenes, que transporta las esperanzas de un futuro en el cual la cultura, la educación y el desarrollo irán de la mano.
En esa línea se reconoce y saluda los recursos y esfuerzos empeñados por los gobiernos de la Nación y provinciales para acercar el libro a la sociedad, que se han inscripto en iniciativas valiosas tales como la "Campaña Nacional de Lectura", el "Plan Nacional de Lectura", las sucesivas ediciones de la "Feria del Libro", así como en la tarea de bibliotecas populares, escuelas y familias argentinas que trabajan en pos de acrecentar los hábitos de lectura de niños, jóvenes y adultos.
En relación a ello, es dable destacar los resultados de la "Encuesta Nacional de Hábitos de Lectura - 2011" que describieron un panorama alentador en relación a la cantidad y calidad de lo que los argentinos leen año a año.
En dicho cuestionario se pone de relieve que el 90 % de la población lee algún material habitualmente. Y de esa cifra, el 85 % lee más de un día por semana, y el 53 % lo hace todos o casi todos los días.
Dichos números ofrecen la posibilidad de pensar en positivo en relación al futuro de la lectura en la Argentina, pero dado que el fomento de su hábito es una tarea que requiere un esfuerzo titánico y constante en pos de que rinda sus frutos en forma verdaderamente abarcadora y suficiente, se vuelve necesario diseñar nuevas y originales estrategias que permitan poner el libro al alcance de todos.
En ese sentido es que, a modo de contribución a esa tarea, que es responsabilidad de todos los actores y decisores del país, pongo a disposición de esta Honorable Cámara la presente iniciativa, que, con total seguridad, puede resultar de gran utilidad a efectos de que los argentinos hagan cada vez con mayor frecuencia una opción por la lectura recreativa, de estudio o informativa.
La misma ha tenido recientemente su parangón en la Ciudad de Buenos Aires, a través de bibliotecas que se instalarán en estaciones de subte, y posee un potencial interesante por cuanto se trata de espacios constante y enormemente transitados a diario por estudiantes, trabajadores, turistas y demás individuos, que pueden verse mayormente atraídos a visitar bibliotecas "al paso", que tradicionales casas de libros alejadas de los recorridos que usualmente efectúan.
Situación similar podría generarse en estaciones de ómnibus, trenes y aeropuertos, de modo de instalar el libro allí adonde la gente se encuentra de modo corriente.
En el convencimiento de que emprendiendo una amplia y constante tarea de formación lectora podrá sembrarse en todos los hogares argentinos la necesidad y el gusto por la lectura, significando ello un desarrollo progresivamente superior del capital social de la Nación, pongo a consideración de esta Cámara este proyecto de ley.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del mismo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GUZMAN, OLGA ELIZABETH NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
BRILLO, JOSE RICARDO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
YAGÜE, LINDA CRISTINA NEUQUEN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
TRANSPORTES
PRESUPUESTO Y HACIENDA