PROYECTO DE TP


Expediente 1636-D-2014
Sumario: PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, LEY 24467: DEROGACION DEL TITULO III (RELACIONES DE TRABAJO) Y ARTICULOS 83 A 106 INCLUSIVE; DEROGACION DEL DECRETO 146/99 REGLAMENTARIO DEL TITULO III.
Fecha: 28/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Derógase el Título III - Relaciones de Trabajo-, artículos 83 a 106 inclusive, de la ley 24.467 -Pequeña y Mediana Empresa-.
Artículo 2º: Derógase el decreto 146/99 reglamentario del Título III de la ley 24.467 - Pequeña y Mediana Empresa.
Artículo 3º: La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto reproduce el texto del proyecto de ley de mi autoría (Expte. 1117-D-12), y que caducara en virtud de lo dispuesto por la ley 13.640 y el Reglamento de la HCD.
A continuación se reproducen los fundamentos del proyecto de ley:
La ley 24.467 incorporó en el Título III un plexo de normas que incluían una "régimen especial" destinado a regular "el contrato de trabajo y las relaciones laborales en la pequeña empresa".
Se trata de una norma que ha recibido sólidos cuestionamientos por parte de la doctrina ius laboralista no sólo por su deficiente técnica, sino fundamentalmente por su contenido regresivo y por afectar derechos fundamentales, circunstancia que pone en tela de juicio su constitucionalidad.
En primer lugar, la norma permite una definición de lo que debe entenderse por "pequeña empresa" que por su amplitud, excede los límites de la razonabilidad (art. 28 C.N.).
En segundo término, la regulación diferenciada de los derechos de los trabajadores según el tamaño de la empresa en la que se desempeñen contradice expresos principios constitucionales como el derecho a la igualdad (art. 16 C.N.) y el derecho a igual remuneración por igual tarea (art. 14 bis C.N.). La norma que se propone derogar establece una diferenciación irrazonable entre trabajadores que se encuentran en idéntica situación, circunstancia que justificaría, cada vez que una pequeña empresa pretenda su aplicación desprotectora, que los trabajadores soliciten judicialmente su inconstitucionalidad, de modo que esta norma fomenta la litigiosidad y la inseguridad jurídica.
Por otro lado, a diez años de su sanción, esta norma no ha demostrado que contribuya a disminuir el desempleo ni el empleo no registrado.
Asimismo, se trata de una ley de neto contenido regresivo en tanto no solamente reduce los derechos laborales de los trabajadores de las denominadas "pequeñas empresas" sino que además promueve la afectación de normas de orden público a través de la negociación colectiva.
La Constitución Nacional prevé en el art. 75 inc. 19 el principio de irreversibilidad, también conocido como de progresividad de los derechos sociales, cuyo sustento normativo también se encuentra en los artículos 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el artículo 26 del Pacto de San José de Costa Rica, de modo que la norma que se pretende derogar, también resulta constitucionalmente cuestionable desde este otro punto de vista, en tanto contiene disposiciones irrazonablemente regresivas.
Foro
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROMERO, OSCAR ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ISA, EVITA NELIDA SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/08/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria