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PROYECTO DE TP


Expediente 1615-D-2010
Sumario: INCORPORAR EL "DEPARTAMENTO DE INTELIGENCIA PENITENCIARIA - DIP -" DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL - SPF -, AL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (LEY 25520).
Fecha: 31/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º - Incorpórese al Sistema de Inteligencia Nacional, el Departamento de Inteligencia Penitenciaria (DIP) del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
Artículo 2º - El Departamento de Inteligencia Penitenciaria del Servicio Penitenciario Federal ajustará sus funciones en el marco de las disposiciones establecidas en la ley 25.520 y dependerá funcionalmente de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal.
Artículo 3º - Anualmente el Departamento de Inteligencia Penitenciaria del Servicio Penitenciario Federal elevarán a la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal sus respectivos presupuestos de funcionamiento, quien a su vez elevará a su dependencia jerárquica según lo dispone el artículo 6º del decreto 950/2002.
Artículo 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 8 de setiembre de 2002, el Departamento de Inteligencia Penitenciaria (DIP) del Servicio Penitenciario Federal (SPF), ubicado en Varela al 266 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sufrió el robo de al menos 10 escopetas cal. 12/70, 6 fusiles, 16 chalecos antibala, 15 pistolas de diferente calibre (9 mm Parabellum y .45 ACP), 5 revólveres y 1.200 municiones, todos de uso reglamentario. Al investigar el atraco contra la sede del DIP, el entonces juez federal de la Capital Federal Sergio Torres se topó con lo que puede considerarse un caso testigo de cómo armas pertenecientes a instituciones de seguridad del Estado terminan en poder de delincuentes.
El caso quedó en gran parte esclarecido, e incluso hizo que durante su investigación el juez Torres siguiera una pista que lo llevó a descubrir una segunda banda, integrada por un celador del Complejo Penitenciario I de Ezeiza, que traficaba armas en Fuerte Apache. Durante esta segunda serie de allanamientos se encontró otro arsenal de fusiles, granadas y hasta una libra de TNT. (Diario Clarín del 13 de agosto de 2003)
Posteriormente, en octubre de ese mismo año, a través de un veredicto, el Tribunal Oral N° 5 a cargo de los jueces Martín Becerra, Rafael Oliden y Fátima Ruiz López dio por acreditado que en 1998 al menos un preso de la Unidad N° 1 de Caseros había sido sacado de la prisión para concretar asaltos cuyos botines compartía con el personal del SPF.
El caso de las salidas de la Unidad N° 1 había salido a la luz durante el 2000, cuando un preso confesó ante el juez Alberto Baños (a cargo de la causa por una serie de asaltos ocurridos el 17 y el 18 de junio de 1998) sobre su negociación y acuerdo con personal del SPF para egresar clandestinamente del penal con el objeto de cometer hechos ilícitos que le permitiera la obtención de un botín a dividir luego con el personal del SPF.
Producto de uno de eso egresos ilícitos es el atraco que sufriera en 1998 el restaurante Dolli de barrio de Palermo de la ciudad de Buenos Aires, y donde muriera un cabo de la Policía Federal Argentina, Rubén Juárez. Conocido estos hechos el entonces jefe del SPF, Alfredo Ayala -que previamente había calificado ante la prensa de "inverosímil" la sospecha del juez Baños de negociaciones incompatibles entre funcionarios del SPF y delincuentes alojados bajo su custodia- debió renunciar a su cargo. (Diario Clarín del 18 de octubre de 2002). Sin embargo, el sumario interno del SPF -y en el cual habría tenido intervención la DIP- no llegaría a responsabilizar a nadie por las "salidas" ilícitas con objeto criminal.
En otro caso preocupante, durante el mes de abril de 2008 tomó estado público la propuesta que habría recibido un interno bajo custodia del SPF por parte del propio personal de la institución penal para ser asesinar a Francisco Mugnolo, Procurador Penitenciario desde el 2000. A cambio del crimen, el SPF "arreglaría" para el interno un traslado a un penal "del que podría fugarse con ayuda y sin esfuerzo". A los efectos de proceder con el acto criminal, funcionarios del SPF habrían hecho entrega de una pistola calibre .32 ACP, que quedó escondida dentro de la propia cárcel. (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
La investigación judicial por el presunto complot para matar al Procurador Penitenciario recayó en el juzgado federal Nº 1 de Morón y del fiscal federal Sebastián Basso. La primera noticia sobre la existencia del plan surgió el 12 de marzo de 2008, cuando un preso del módulo 5 (pabellón 5) del complejo penitenciario de Marcos Paz (que aloja a los internos considerados más peligrosos) se presentó a hacer la denuncia. (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
El detenido contó que sabía que "personal del Servicio Penitenciario" le había entregado a otros tres presos "una pistola calibre 7.65, color negra, con cinta aisladora en la culata, que contiene cinco balas". Y agregó: "Está escondida en el plafón de la primera puerta corrediza de acceso al pabellón 5". También afirmó que, dos días antes, le había revelado esto a su esposa en una visita, y que ella se había resistido a irse hasta tanto le dieran garantías a su marido. Esto hizo que aquel día fueran a Marcos Paz el procurador Mugnolo y el juez de Ejecución Penal Sergio Delgado, a quienes el interno reveló que el arma tenía como destino el asesinato del propio Mugnolo y de su segundo, Ariel Cejas. (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
Unas horas más tarde, personal de Seguridad Interna del SPF revisó el pabellón 5, desarmó la parte superior de una puerta (el lugar señalado en la denuncia) y halló la pistola y su cargador, además de cuatro facas (cuchillos de producción casera que se obtienen en los penales). Ante esto, la Justicia citó a declarar a los tres presos que, según el interno denunciante, habían recibido el arma. En todos los casos ratificaron la historia. (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
El primero fue uno de los dos líderes del pabellón, condenado por delitos gravísimos y con una causa abierta por matar a otro preso. Este relató que, el 28 de febrero de 2008, mientras estaba haciendo tareas de limpieza junto a otro de los líderes, se les acercó el jefe de Turno y les pidió que se acercaran a la celaduría. Según su relato, allí estaba también el jefe de Módulo, quien les habría dicho: "Voy a traer ingresos [presos]. Estaban haciendo las cosas mal en el módulo 3 y Procuración está rompiendo las bolas [...] ¿Por qué no te fijás? Vos viste que hay dos personas que están con 25 años [...] Están para que les den salida". (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
El preso interpretó el mensaje del personal del SPF: "Entendí que había que herir a dos presos y le contesté: "Está todo bien, que vengan nomás. Ahora vamos a hablar con el rancho a ver qué onda". Con eso quise decir que iba a hablar con G. (un condenado a 25 años)", declaró. Agregó que el jefe de Módulo le prometió que a él le arreglaría la causa por el crimen del preso, al otro líder lo ayudaría a que su esposa (presa por extorsión) saliera libre, en tanto que a G. "lo llevarían de traslado por error" para que se fugara. (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
Según el detenido, enseguida le mostraron el arma calibre .32 ACP. "¿Te animás con esto?", lo habría interpelado el jefe de Módulo. De acuerdo con el relato, al día siguiente fue con su compañero a ver a G., quien "aceptó el encargue". Poco después, contó, un celador del SPF les entregó definitivamente la pistola y la escondieron. (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
Al declarar en la causa, el otro líder del pabellón coincidió con el relato. "Como somos presos viejos, teníamos que reunir gente de nuestra confianza para hacer el trabajo", explicó. Por su parte, el preso G. se hizo cargo ante la Justicia de su papel de sicario. Según los cuatro internos que declararon ante el juez de Ejecución Penal Sergio Delgado, el crimen no llegaría a consumarse porque cuando un guardia del SPF les reveló que los blancos eran el Procurador Penitenciario Mugnolo y su segundo Cejas esto los asustó, decidiendo hacer la denuncia. (Diario Clarín del 20 de abril de 2008.)
Finalmente, durante una serie de allanamientos al Módulo I del Complejo Penitenciario Federal I (donde se encuentran alojados algunos de los barrabravas del club Boca Juniors; Mario Segovia -catalogado periodísticamente como el "Rey de la Efedrina"- y varios narcos extranjeros detenidos en función de "mulas") ejecutados por la Justicia federal entre la noche del jueves 24 y la madrugada del viernes 25 de septiembre de 2009 se secuestraron hornos de microondas, teléfonos celulares, notebooks, una cantidad imprecisa pero voluminosa de dólares, así como se individualizaron dos mujeres que no formaban parte de la población penal.
Luego de éstos hechos fueron desplazados temporariamente el director del Módulo y cuatro colaboradores cercanos en línea descendente, bajo la sospecha judicial de que mediante pagos a personal del SPF se estaría permitiendo el ingreso de bienes prohibidos al penal de Ezeiza. La investigación se desarrolló en el Juzgado Federal 1 Criminal y Correccional de Lomas de Zamora, a cargo de Alberto Santa Marina. (Diario Página/12 del 29 de septiembre de 2009)
En todos estos casos de notoriedad pública queda en evidencia las características deficientes del accionar (por acción u omisión) del personal del Departamento de Inteligencia Penitenciaria (DIP) dependiente de la Dirección Nacional del SPF, órgano que carece de control parlamentario por no estar contemplado en el Sistema de Inteligencia Nacional ley 25.520.
La ley 25.520, sancionada en el año 2001, establece de manera explícita en su articulado -e implícita en su espíritu- los lineamientos y condiciones que llevan a conformar lo que en su texto se denomina el Sistema de Inteligencia Nacional, con el objeto de ordenar normativamente el funcionamiento de los organismos encargados de esta tarea, articulados en diversas instituciones del Estado nacional, y permitiendo a armonizar la producción de inteligencia necesaria a fin de prevenir potenciales amenazas a la seguridad interior y exterior de la Nación. A tal efecto, crea herramientas de acción y de control tendientes a garantizar ese objetivo.
El proyecto que propongo se orienta en el mismo sentido que lo expuesto y pretende contribuir al desarrollo y fortalecimiento del Sistema de Inteligencia Nacional, incorporando al mismo una institución no contempladas por la ley 25.520 y que debería tener una función importante en la reunión de datos e información, y en la consecuente producción de inteligencia para la prevención de actos delictivos, coadyuvando de manera significativa en el proceso de producción de inteligencia nacional.
Propongo, en este marco, la inclusión del Departamento de Inteligencia Penitenciaria (DIP) del Servicio Penitenciario Nacional (SPF) como órgano del Sistema de Inteligencia Nacional, en los términos que establece la ley 25.520.
Este organismos debería estar vinculado funcionalmente bajo la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, dependiente de la Secretaría de Seguridad Interior de la Nación, para así tener un canal directo que comunicación que le permita que sus datos, información e inteligencia aportados (convergentes con los de los otros organismos articulados bajo esta dependencia, tal como lo establecen la Ley de Inteligencia Nacional 25.520 y la de Seguridad Interior 24.059) coadyuven a un mejor desempeño de todo el sistema.
Actualmente los datos, información e inteligencia de la DIP no confluyen en la base de datos administrada por la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, lo que dificulta la ejecución de acciones y tareas preventivas en materia de seguridad interior. Por ello considero apropiado, y necesario a la vez, la introducción del Departamento de Inteligencia Penitenciaria del SPF dentro del Sistema de Inteligencia Nacional.
A los fines establecidos en este proyecto, el DIP seguirá funcionando orgánicamente de acuerdo a lo que establecen las normas del Servicio Penitenciario Federal, pero en su faz funcional deberá ajustar sus tareas de acuerdo a las planificaciones y estrategias de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal.
Con la incorporación de la DIP al Sistema Nacional de Inteligencia se propone, finalmente, la modificación del artículo 16 de la ley 24.059 de Seguridad Interior a los efectos de adecuar su redacción a lo establecido por este proyecto a fin de que se integre la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal con miembros de todos los organismo que la componen.
Entendiendo que, en el marco del respeto a las libertades individuales, resulta menester en tiempos actuales promover las acciones preventivas que fueran necesarias para garantizar a nuestra sociedad la seguridad que permita la libre convivencia de sus habitantes y la protección de sus derechos, considero apropiado pues reforzar la estructura del Sistema Nacional de Inteligencia con las incorporaciones que planteo y por ello solicito a mis pares la aprobación de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
01/06/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
15/06/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
13/07/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
09/11/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
09/11/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0591-D-12