PROYECTO DE TP
Expediente 1596-D-2012
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA FALTA DE MECANISMOS DE CONTROL PARA VERIFICAR QUE LAS OBRAS SOCIALES CUMPLAN CON LOS ESTANDARES DE SERVICIOS DE SALUD Y TRANSPARENCIA EN EL MANEJO DE SUS FONDOS.
Fecha: 27/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Manifestar su preocupación por la
carencia de mecanismos de control, por parte de los diferentes organismos del
Poder Ejecutivo Nacional, que aseguren que las distintas Obras Sociales
cumplan con los estándares de servicios de salud y transparencia en el manejo
de sus respectivos fondos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el transcurso del año pasado se
ha sancionado una nueva ley que regula el funcionamiento de los Servicios de
Entidades de Servicios Privados de Salud.
La responsabilidad del Estado de
velar por el cumplimiento de los estándares en los distintos servicios de salud
es una deuda pendiente puesta de manifiesto por los diferentes usuarios que
ven día a día disminuidas en algunas Obras Sociales las prestaciones o los
estándares de calidad de los mismos.
En este sentido la elección de la
Obra Social o del Servicio de Medicina Pre-paga no es una opción democrática
sino un beneficio de los más jóvenes o de los que tienen mayores
remuneraciones.
En el año 1996 a través del decreto
1615/96 se fusionaron la Administración Nacional del Seguro de Salud
(ANSSAL), creada por la Ley Nº 23.661, el Instituto Nacional de Obras Sociales
(INOS), creado por la Ley Nº 18610, y la Dirección Nacional de Obras Sociales
(DINOS), creada por la Ley Nº 23660. Así se constituyó la Superintendencia de
Servicios de Salud (SSSalud), como organismo descentralizado de la
Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Salud y
Acción social, con personería jurídica y un régimen de autarquía administrativa,
económica y financiera.
El decreto 1576/98 instaura la
estructura organizativa de la SSSalud, estableciendo la misión del organismo y
los objetivos de cada una de sus gerencias y subgerencias.
La Superintendencia de Servicios
de Salud es un organismo de regulación y control de los agentes que integran
el Sistema Nacional del Seguro de Salud y las Obras Sociales Nacionales; sólo
ellas o las que adhieran al sistema establecido por las Leyes Nº 23660 y Nº
23661 forman parte del Sistema que regula la Superintendencia de Servicios
de Salud.
Según su propio
reglamento, "la Superintendencia de Servicios de Salud es el ente de
regulación y control de los actores del sector, que tiene por objeto asegurar el
cumplimiento de las políticas del área para la promoción, la preservación y la
recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a
gozar de las prestaciones de salud establecidas en la legislación".
Entre sus funciones se prioriza el
dictado de las normas para regular y reglamentar los servicios de salud y
controlan el funcionamiento de las obras sociales y de otros Agentes del
Seguro de Salud, de los prestadores intervinientes y de toda otra entidad
prestadora-financiadora de prestaciones médico-asistenciales que se incluyese
al sistema.
Por otra parte, el organismo tiene
como atribuciones fundamentales, entre otras, la aprobación del Programa de
Prestaciones Médico-Asistenciales de los Agentes y el control del Presupuesto
de Gastos y Recursos para su ejecución.
La multiplicidad de situaciones de
abandono y carencia de servicios y elementos imprescindibles para el cuidado
de la salud en algunas Obras Sociales parece afectar seriamente los derechos
de los beneficiarios del sistema, con las lamentables consecuencias que
acompaña el deterioro en esa área.
Sólo a modo de ejemplo podemos
señalar la situación relatada por los propios afiliados de la Obra Social para el
Personal Docente (OSPLAD), quien en el marco de un aumento de un 300% en
los montos de los bonos de consulta y aranceles de estudios y servicios,
carece de ambulancias para trasladar a los enfermos, debiendo hacerse cargo
los afectados de contrataciones privadas, cuenta con escaso personal de
enfermería en su sanatorio y exige la solicitud de turnos en forma personal con
demoras de hasta cuatro meses. Estas carencias, entre otras, se agravan
cuando se comprometen con medidas de higiene en ámbitos sanitarios con sus
relevantes consecuencias.
La Asociación del Magisterio de la
Enseñanza Técnica (AMET), la Confederación de Trabajadores de la
Educación de la República Argentina (CTERA), El Sindicato de Empleados y
Obreros de la Enseñanza Privada (SAEOEP), y el Sindicato de Obreros y
Empleados de la Minoridad y Educación (SOEME) a través de sus
representantes conforman el Consejo de Administración de la Obra Social
OSPLAD.
Es importante señalar que las Obras
Sociales Sindicales reciben importantes subsidios del gobierno nacional. En el
año 2011 el aumento del 30% en los valores del Subsidio Automático
Nominativo para las Obras Sociales (SANO) fue fijado a través del decreto
488/11, y apunta a garantizar a las más de 300 obras sociales un valor mínimo
de aportes por afiliado para cubrir las prestaciones médicas y del costo del
programa médico obligatorio para todo el grupo familiar. Con la nueva suba,
que repite el esquema de 30% de aumento dispuesto en 2010, las escalas del
subsidio pasarán de $ 36 a $ 47 por la atención de beneficiarios menores, de $
57 a $ 74 por los afiliados de 15 a 49 años, en tanto que se elevará de $ 67 a $
87 para la banda de 49 a 64 años y de $ 148 a $ 192 en el caso de los
beneficiarios del sistema de más de 65 años. Según fuentes gubernamentales,
el nuevo incremento, que se justifica en el aumento de los salarios por las
paritarias, representa una mejora para las obras sociales de alrededor de $ 300
millones. Los fondos adicionales por el aumento del subsidio se sumarán a los
$ 1.000 millones que el Gobierno prometió distribuir este año a las obras
sociales en cuatro tramos.
Ante algunos datos de la realidad
que presentan algunas obras sociales sindicales parecería que la
responsabilidad que asume el Estado Nacional por intermedio de la
Superintendencia de Salud ha sido afectada por la falta del monitoreo en el
cumplimiento del compromiso público que asumió con los ciudadanos de
asegurar los estándares de calidad en los servicios de salud de las Obras
Sociales.
Hace pocos meses la presidenta
Dra. Cristina Fernández de Kirchner manifestó su preocupación en relación con
las Obras Sociales Sindicales. Estamos convencidos de que el Congreso de la
Nación debe acompañar a la presidenta en su intención de transparentar y
emprolijar el funcionamiento de las Obras Sociales Sindicales.
Estamos de acuerdo e considerar a
la salud como un derecho y debe ser comprendida como una política de Estado
fundamental.
Señor presidente, por las razones
expuestas es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR | ENTRE RIOS | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
RE, HILMA LEONOR | ENTRE RIOS | COALICION CIVICA - ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |