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PROYECTO DE TP


Expediente 1563-D-2009
Sumario: DECLARAR DE INTERES NACIONAL EL CONTROL DEL DENGUE. CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL PERMANENTE DE PREVENCION Y CONTROL DE DENGUE Y ENFERMEDADES TROPICALES.
Fecha: 08/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE CONTROL DEL DENGUE
Artículo 1º.- La prevención, control y reducción del dengue en todo el territorio de la República se declara de interés nacional por la presente.
Art. 2º.- Créase el Programa Nacional Permanente de Prevención y Control de Dengue y Enfermedades Tropicales, en el ámbito del Ministerio de Salud.
Art. 3º.- El Programa Nacional tendrá por funciones:
a) Planificar y desarrollar actividades permanentes de información a la población en relación con el dengue y su prevención;
b) Organizar la vigilancia epidemiológica en todo el territorio con respecto a la presencia y propagación del vector y ocurrencia de casos de dengue y otras enfermedades tropicales;
c) Coordinar a nivel federal las actividades de fumigación, saneamiento y otras dirigidas al control de vectores, así como la adecuada disponibilidad de recursos para las mismas;
d) Analizar la disponibilidad de recursos humanos y efectores existente y necesaria para actuar frente a la producción de epidemias, y efectuar recomendaciones en la materia;
e) Planificar el funcionamiento y desarrollo de la Red Nacional de Laboratorios de Referencia de Dengue y Enfermedades Tropicales, con base en las estimaciones de evolución de las enfermedades emergentes;
f) Establecer una instancia permanente con las autoridades sanitarias de los países limítrofes para la formulación y control de acciones regionales comunes.
Art. 4º.- El Ministerio de Salud convocará para la conducción del Programa, a un directorio presidido por el mismo, e integrado por las autoridades sanitarias de las provincias con incidencia actual de dengue o con existencia de condiciones de riesgo.
Art. 5º.- El directorio deberá conducir la formulación, aplicación y control del programa, y coordinar con otras áreas del Poder Ejecutivo las acciones de desarrollo social y saneamiento que contribuyan al control del dengue y demás enfermedades emergentes.
Art. 6º.- El directorio contará con la asistencia de una comisión técnica consultiva permanente integrada por especialistas de la Nación y las provincias, de las Universidades, y de toda otra institución afín a sus funciones.
Art. 7º.- El Poder Ejecutivo efectuará el cálculo y afectación presupuestaria necesaria, teniendo en cuenta la provisión oportuna y suficiente de insecticidas y repelentes, la realización de las actividades de información y educación sanitaria, la colaboración con las provincias en materia de contratación y capacitación de recursos humanos, y el equipamiento y funcionamiento de la red de laboratorios de referencia.
Art. 8º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La epidemia de dengue afecta ya a miles de argentinos en varias provincias del norte, y amenaza con continuar su propagación dada la presencia del vector -el mosquito Aedes aegypti- en múltiples zonas del territorio nacional.
Esta enfermedad ya registra más de 7700 casos recientes; y junto con otras endemias como el paludismo, el Chagas, la leishmaniasis, expresa el abandono durante décadas del cuidado de la salud y las condiciones de vida de la población.
Nuestro país se iguala en la desigualdad con las Naciones limítrofes y de América Latina; la epidemia es regional, y más allá de que en el caso del dengue, el mecanismo de transmisión pone en riesgo a todas las clases sociales, los más vulnerables y desprotegidos son siempre los pobres y los habitantes de los territorios más alejados.
La Argentina podía enorgullecerse hace más de cincuenta años, del triunfo contra los llamados "grandes males", en referencia a la erradicación de enfermedades endémicas como el paludismo: Estos logros estuvieron basados en las actividades continuas, enérgicas y sistemáticas del Estado en la realización de las acciones de saneamiento y prevención, tales como el control de vectores mediante la fumigación.
Por más que hoy pueda adjudicarse en parte la reaparición de diversas enfermedades a factores externos, como el cambio climático y las migraciones masivas, es innegable que la desidia durante décadas en el sostenimiento de las conocidas medidas de prevención juega hoy también un rol clave en la gravedad de la epidemia.
Por tal razón, el presente proyecto procura sentar las bases para el abordaje sistemático, de mediano y largo plazo, del dengue y otras enfermedades reemergentes, sin perjuicio de la necesidad de medidas coyunturales.
Es probable que la llegada del invierno atenúe los rasgos dramáticos actuales del dengue; pero quedan planteadas las condiciones para un agravamiento del problema en los meses subsiguientes.
El Estado Nacional a través del Ministerio de Salud debe retomar con firmeza la rectoría sanitaria, y la asignación de recursos. Para ello se crea un Programa permanente para tomar con solidez todos los aspectos de la cuestión: la información y participación de la población; las actividades de control de vectores; la disposición de recursos sanitarios tanto para la atención como para la confirmación diagnóstica; la coordinación federal y con los países limítrofes en la programación y ejecución.
La resolución a largo plazo requiere sostener las acciones en el tiempo, mejorar la calidad de vida y la protección general de los ciudadanos. Ello insume recursos, por ello el proyecto plantea un replanteo presupuestario por parte del Poder Ejecutivo, para financiar todas las acciones necesarias. Con este enfoque, es posible pensar con solidez en la reducción y control de la epidemia y del resto de las enfermedades reaparecidas en plazos no demasiado largos. Naturalmente, en la medida en que por una vez se jerarquice la salud y la vida de los argentinos.
Por las razones expuestas, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MARTIN, MARIA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
14/07/2009 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2000/2009 LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 0846-D-08, 1563-D-09 Y 2473-D-09 15/09/2009