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PROYECTO DE TP


Expediente 1538-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA SITUACION AMBIENTAL DE LA FABRICA DE PILETAS "BUENOS AIRES PLAST" UBICADA EN EL MUNICIPIO DE TIGRE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 08/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


- Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de solicitarle que, por intermedio de los organismos que correspondan, informe a esta Honorable Cámara de Diputados, sobre los puntos que a continuación se detallan con referencia a la situación ambiental de la fábrica de piletas "Buenos Aires Plast" radicada en el Municipio de Tigre:
1) Si la firma "Buenos Aires Plast" cuenta con el Certificado de Aptitud Ambiental que establece la Ley Nº 11.459 de la Provincia de Buenos Aires como requisito obligatorio indispensable para que las autoridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones legales, las correspondientes habilitaciones industriales.
2) Si la empresa "Buenos Aires Plast" realizó las adecuaciones recomendadas en el informe realizado por la Intendencia Municipal de Tigre surgidas a partir del Estudio de Impacto Ambiental.
3) Si el Estudio de Impacto Ambiental fue aprobado y cuales fueron sus resultados y conclusiones.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con motivo de diversas denuncias realizadas por los vecinos aledaños a la empresa BUENOS AIRES PLAST radicada en el municipio de Tigre, intervino el Defensor del Pueblo de la Nación pidiendo informes al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires, que a su vez requirió información al Municipio de Tigre.
Según el informe del Municipio de Tigre, desde el año 2001 la firma BUENOS AIRES PLAST (Expte. Habilitación 4112-14066/00, Expte. Categorización EIA 4112-14065/00) ha sido inspeccionada reiteradas veces. Debido a las denuncias por parte de vecinos de la zona por olores molestos, surgieron intimaciones y contravenciones a la firma por parte de dicho municipio por causa de la realización del proceso de secado de sus productos al aire libre, así como también por no realizar adecuaciones para evitar molestias a vecinos.
Según distintas inspecciones realizadas por el municipio se constató en el año 2000 y 2001 que no poseía conductos de efluentes gaseosos.
El 3/4/06 se intima con un plazo de 45 días a la presentación de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
El 26/10/07 se presenta un Estudio de Impacto Ambiental. El 21/11/07 se realiza un informe donde se recomienda no otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental hasta tanto no realicen las siguientes adecuaciones previas:
- Listado y consumos de materias primas, insumos y aditivos.
- Balance de masas indicativo.
- Constancias de gestión de residuos especiales, últimos certificados de remisión y tratamiento. Ultima DDJJ.
- Composición física de la corriente.
- Estudio de ambiente laboral: material particulado. Plazo: febrero de 2008.
- Constancia actualizada de afiliación a una ART, con vigencia cronológica y de dotación.
- Soporte electrónico de los formularios SPA "A" y "C".
- Presentación de la ejecutoría y control de resultados de la minimización de estirenos como emisiones difusas. Plazo: febrero de 2008.
- En vinculación con el acápite anterior: monitoreo de estirenos en ambiente laboral. Plazo: febrero de 2008.
- Adecuación de vestuario, sanitarios y comedor a condiciones normadas. Plazo: marzo de 2008.
- Inclusión explícita de material particulado en el plan de monitoreo.
- Esquicio planimétrico de la industria con ubicación de todos los sectores productivos y logísticos. Plazo: febrero de 2008.
En base al informe realizado por el municipio de Tigre nos surgen algunas inquietudes que enumeramos en el articulado del presente proyecto de resolución y que explicamos a continuación:
Por ejemplo, no nos queda claro como la firma actualmente está funcionando normalmente cuando según el informe del Municipio de Tigre el 21/11/07 se recomienda no otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA). Podría deducirse que el CAA fue otorgado una vez que fueron realizadas las adecuaciones recomendadas en el informe. De ser así, nos gustaría constatar que efectivamente fue así y que se cumplieron con todas las recomendaciones. Y por otro lado tenemos la inquietud de saber si en el lapso comprendido entre el 21/11/07 cuando se recomienda no otorgar el CAA y el posible otorgamiento del mismo, igualmente la fábrica funcionó normalmente.
Tampoco nos queda claro porqué no se detallaron los resultados y conclusiones del Estudio de Impacto Ambiental como fue solicitado por el Defensor del Pueblo de la Nación.
En fin, como puede observar Sr. Presidente, son diversas las inquietudes que nos motivan a solicitar la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 05/08/2009