PROYECTO DE TP


Expediente 1530-D-2013
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL "DIA MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL", A CELEBRARSE EL 26 DE ABRIL DE 2013.
Fecha: 03/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


SU PROFUNDO BENEPLÁCITO AL CELEBRARSE EL 26 DE ABRIL DE 2013 EL DIA MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo de Naciones Unidas fundado con el deseo de "promover en todo el mundo la protección de la propiedad intelectual a fin de estimular la actividad creadora".
El 26 de abril de cada año, OMPI invita a sus miembros a celebrar el Día de la Propiedad Intelectual, alentando a reflexionar sobre los beneficios de respetar a sus dueños, los autores, ya que no serían posibles la obras artísticas ni el progreso tecnológico sin ellos.
Constituye cada año una oportunidad excepcional de encuentro con quienes se interesan por la Propiedad Intelectual en todo el mundo, para hablar del tema y demostrar cómo su sistema contribuye al florecimiento de la música y las artes y al fomento de la innovación tecnológica que va plasmando nuestro mundo.
En la Argentina, entidades como SADAIC, CAPIF y ARGENTORES, entre otras, representan a los Autores con distintas filiales en la mayor parte del mundo.
La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
Hay dos razones pueden aducirse para explicar que los países promulguen leyes de propiedad intelectual. En primer lugar, para proteger legalmente los derechos morales y patrimoniales de los creadores respecto de sus creaciones y los derechos de la sociedad en general para tener acceso a las mismas.
Y, en segundo lugar, para incentivar la creatividad y la aplicación de los resultados de los conocimientos desarrollados, así como para fomentar prácticas comerciales leales que contribuyan a su vez al desarrollo económico y social.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares acompañen este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GRANADOS, DULCE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)