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PROYECTO DE TP


Expediente 1468-D-2006
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LOS PERJUICIOS QUE IMPLICA LA APLICACION DEL "PROGRAMA PARA EL USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA -PUREE-" PARA DIVERSOS SECTORES DE LA INDUSTRIA.
Fecha: 05/04/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su profunda preocupación ante el importante perjuicio que para diversos sectores de nuestra industria implica la aplicación en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires del "Programa para el Uso Racional de la Energía Eléctrica" (PUREE), conforme a los últimos lineamientos técnicos establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación, a través de las Resoluciones Nros. 745/05, 931/05 y 1063/05.
Asimismo, solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, conjuntamente con las jurisdicciones provinciales, tenga a bien reconsiderar los alcances y parámetros de cálculo del mecanismo sancionatorio previsto en los referidos lineamientos técnicos, a efectos de evitar que el mismo termine operando en detrimento de actividades industriales en sostenido proceso de expansión, constituyéndose en una auténtica "multa" a la producción y a la generación de empleo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde abril de 2004 el Poder Ejecutivo Nacional viene desarrollando una política tendiente a promover y alentar el uso racional de la energía eléctrica, con el objetivo primordial, formulado en la Resolución de la Secretaría de Energía de la Nación Nº 415/05, a través de la cual se crea el "Programa para el Uso Racional de la Energía Eléctrica" (PUREE) de aplicación en jurisdicción nacional, de: "generar excedentes que puedan ser utilizados para asegurar el abastecimiento de aquellos usuarios que, como las industrias, ven incrementadas sus necesidades de energía, producto del crecimiento del nivel de actividad económica, garantizando el crecimiento del empleo".
Siguiendo los lineamientos técnicos generales de dicha política nacional, instrumentados por la Secretaría de Energía de la Nación, inicialmente a través de la referida Resolución Nro. 415/04, como así también por la Resolución Nro. 552/4, y luego modificados a través de las Resoluciones Nros. 745/05, 931/05 y 1063/05, numerosas provincias han implementado en sus jurisdicciones, bajo diferentes modalidades, programas de "premios" y "castigos" incentivando el ahorro de energía eléctrica.
En el caso particular de la Provincia de Buenos Aires, inicialmente a través de la Resolución MIVSP Nro. 373/04, luego a través de la Resolución MIVSP Nº 281/05 y su modificatoria, la Nº 459/05, y finalmente, a través de la Resolución MIVSP Nº 689/05 (esquema vigente), se implementó un PUREE de características muy similares al instituido en jurisdicción nacional, con un ámbito de aplicación extensivo a todos los usuarios de las distribuidoras que operan bajo jurisdicción provincial.
El sistema de incentivos para reducir el consumo de energía eléctrica adoptado en la Provincia de Buenos Aires se basa esencialmente en el mecanismo de bonificaciones y cargos adicionales establecido por las referidas Resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación, y en lo reglamentado por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), a través de la Resolución N° 355/05, consistiendo básicamente, por un lado, en el cobro de cargos adicionales a aquellos usuarios que no registren ahorros de acuerdo a la pauta de consumo establecida, y por el otro, en el pago de una bonificación a aquellos que si lo hagan.
El cálculo del cargo o la bonificación según corresponda, en términos simples, se efectúa mes a mes comparando el consumo interanual: para un mes determinado, se obtiene la diferencia entre el 90% del consumo de ese mes el año anterior y el registrado durante el año en curso, y se la multiplica por un costo promedio de la energía entre la hora pico y la normal, de acuerdo a la categoría del usuario que corresponda, penalizando o premiando, según se haya registrado un excedente de consumo o un ahorro respectivamente.
El problema de este mecanismo de compensación reside en que al alcanzar a diversos sectores industriales en sostenido proceso de expansión de sus actividades, y por consiguiente, con una demanda creciente de energía, termina necesariamente generando cargos adicionales a los mismos, encareciendo sus costos y penalizando la mayor producción.
A modo de ejemplo, de acuerdo a datos suministrados por la Unión Industrial Marplatense (UIM), sobre 3.000 usuarios de nivel 2 y 3 (medianas y grandes demandas) de la Ciudad de Mar del Plata, que consumen entre el 30 y 40% de la energía en dicha Ciudad, durante enero de 2006 resultó de la aplicación del referido mecanismo de compensación lo siguiente: aproximadamente 1.300 empresas recibieron una multa del 0,1 al 10%, 270 empresas de entre el 10 y el 20%, 57 empresas de entre el 20 y el 30%, 24 empresas de entre el 30 y 40%, y 9 empresas de más del 40%.
Esta grave situación resulta fuertemente contradictoria con el objetivo originalmente formulado por la política nacional en materia de uso racional de la energía eléctrica, por cuanto se termina castigando precisamente el mayor consumo energético que se pretendía garantizar, es decir, aquel realizado por los sectores productivos generadores de empleo.
Es por ello que considero sumamente oportuno y necesario que este Honorable Cuerpo Legislativo manifieste su profunda preocupación al respecto, además de solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, conjuntamente con las jurisdicciones provinciales, tenga a bien reconsiderar los alcances y parámetros de cálculo del referido mecanismo compensatorio, a efectos de evitar que el mismo termine constituyéndose en una auténtica "multa" a la producción y a la generación de empleo.
Por las razones expuestas, pongo a consideración de mis pares el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
INDUSTRIA