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PROYECTO DE TP


Expediente 1444-D-2013
Sumario: CREACION DE LA TARJETA DE ACCESO CULTURAL (TAC).
Fecha: 26/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


TARJETA DE ACCESO CULTURAL
Artículo 1.- Créase la Tarjeta de Acceso Cultural (TAC) que tiene por objetivo promover la democratización del acceso a los bienes culturales, en todo el territorio nacional.
Artículo 2º.- La TAC ofrece a sus titulares la posibilidad de obtener exenciones y facilidades económicas para participar de distintas actividades culturales.
Artículo 3º.- La autoridad de aplicación establece las actividades incluidas en la TAC.
A través de la suscripción de convenios, gestiona la incorporación de espectáculos, eventos, muestras, talleres y otras expresiones artísticas y culturales que se desarrollen en el ámbito privado y en el marco de los circuitos de carácter público, sean nacionales, provinciales o municipales.
Artículo 4°.- Son destinatarios/as de la TAC:
a) los/as jubilados/as y pensionados/as;
b) los/as estudiantes de establecimientos educativos de gestión pública de todos los niveles y los/as docentes;
c) los/as beneficiarios/as de la asignación universal por hijo para la protección social;
d) los/as beneficiarios/as del seguro de desempleo;
e) los/as trabajadores/as en relación de dependencia y monotributistas cuyos ingresos no superen tres (3) veces el salario mínimo, vital y móvil; y
f) otros sectores que la autoridad de aplicación identifique como socialmente vulnerables.
Artículo 5º.- La Secretaría de Cultura de la Nación es la autoridad de aplicación de esta ley. Tiene a su cargo la confección, distribución y difusión de la TAC.
Artículo 6º.- Los gastos que demande la implementación de la TAC son imputados a las partidas que a tal efecto disponga el Presupuesto General de la Nación.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Nuestro país siempre se ha caracterizado por la cantidad, la calidad y la diversidad de las expresiones artísticas y culturales que se desarrollan a lo largo y ancho de su territorio, tanto en la esfera pública como el ámbito privado.
No obstante, el acceso a tales expresiones está bien lejos de sustentarse en el principio constitucional de la igualdad, exigiendo la asunción de un nuevo rol por parte del Estado Nacional, con mayor preponderancia e injerencia en el mercado cultural, a fin de convertirse en un agente clave a la hora de impulsar procesos de democratización de la cultura.
Desde esta perspectiva, el proyecto que venimos a presentar se propone crear una herramienta concreta - la Tarjeta de Acceso Cultural (TAC) - destinada a posibilitar y facilitar el goce de los bienes culturales por parte de los distintos estratos que componen el tejido social de la Argentina.
Apunta a fomentar un incremento en la producción y circulación de tales bienes, capaz de traducirse, no sólo en una ampliación de las industrias culturales, sino también y fundamentalmente, en una mejora de la calidad de vida.
En esta línea, es posible reconocer numerosos ejemplos de cómo el aumento de la accesibilidad a los bienes culturales ha repercutido positivamente en la ampliación de ciudadanía.
No obstante, en la Argentina, el coste económico para acceder a ciertas expresiones y bienes continúa siendo un límite tangible para el goce de los derechos culturales de millones de personas.
Incluso, vemos como distintos beneficios - por ejemplo, para adquirir una entrada de cine o de teatro - se establecen exclusivamente a favor de quienes ya tienen acceso a su consumo y al crédito, tornando regresivo el escenario de la cultura.
En este sentido, pensamos la TAC como un instrumento destinado a reducir los efectos de la desigualdad y ampliar los horizontes culturales de los sectores más postergados.
Para lograr un mayor alcance, proponemos incorporar - mediante la celebración de convenios - tanto a las actividades culturales que se desarrollan en los centros, teatros, museos y demás espacios públicos nacionales y locales, como a las expresiones y bienes culturales que se llevan a cabo en el ámbito privado.
Lo hacemos sin perder de vista, la urgencia de fortalecer a la Secretaría de Cultura de la Nación, en un contexto en el que resulta alarmante que - desde hace años - el porcentaje del presupuesto nacional que se destina a la misma no supere el 0,2%.
Es indispensable terminar con esa suerte de paradigma que identifica a la gestión cultural con un "florero", como si fuera algo decorativo, secundario o superfluo, para avanzar hacia la consagración de una ciudadanía cultural.
Si tal como afirma Alejandro Grimson, el desarrollo económico alude habitualmente "al crecimiento del producto y el desarrollo social a la distribución de los beneficios del crecimiento, el desarrollo cultural se refiere específicamente al proceso que incrementa la autonomía y libertad de los seres humanos, proceso que requiere bases materiales y simbólicas".
(http://econ.uba.ar/planfenix/docnews/III/Politicas%20culturales/Grimson.pdf)
En el sistema internacional de derechos humanos, a través del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de la ONU en 1966 y entrado en vigor en 1976, se reconoce "el derecho de toda persona a participar en la vida cultural".
Estoy convencido que este proyecto encuentra sustento en ese marco y en lo establecido por el inc. 19 del artículo 75 de la Constitución Nacional, que insta al Congreso "a dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales".
Por eso y por las demás razones expuestas, es que entiendo conveniente y solicito su pronto tratamiento y aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0935-D-15