Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 1409-D-2014
Sumario: FORESTACION, REVEGETACION Y ADECUACION ECOLOGICA EN LAS ZONAS DE LAS RUTAS NACIONALES.
Fecha: 26/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


FORESTACION, REVEGETACION Y ADECUACION ECOLOGICA EN LAS ZONAS DE LAS RUTAS NACIONALES.
Forestación, revegetación y adecuación ecológica en las zonas de las rutas nacionales
Artículo 1º.- Se establece un plan de forestación, revegetación y adecuación ecológica de las zonas de camino de las rutas nacionales y otras propiedades del Estado Nacional que quedaron como sobrantes sin destino y canteras viales en desuso; como también otros pasivos ambientales y espacios que podrían recibir el mismo tratamiento.
Artículo 2º.- La adecuación ecológica comprenderá a todas las actividades implicadas en el manejo de los recursos naturales tendientes a lograr un ecosistema equilibrado, que se llegó a turbar por las acciones del hombre a lo largo del tiempo; e incluirá:
a) La generación de masas boscosas predominantemente nativas (forestación);
b) la revegetación con componentes de diferentes estratos y fisonomías;
c) la protección de relictos bióticos y abióticos como patrimonio socio-ambiental;
d) la priorización del uso de especies autóctonas y minimización de las exóticas invasoras declaradas o potenciales.
Artículo 3º.- Se propenderá alcanzar los objetivos de un desarrollo sustentable cumplimentando los compromisos asumidos por la República Argentina en los tratados y acuerdos internacionales ambientales.
Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Vialidad, será la responsable de proyectar, coordinar, y llevar a cabo las distintas actividades tendientes a lograr la adecuación ecológica en el plazo previsto por la presente.
Artículo 5º.- En el supuesto de las rutas, autovías o autopistas que se encontraren concesionadas las actividades tendientes a la forestación, revegetación y protección de relictos vegetales autóctonos y adecuación ecológica, serán realizadas por la Dirección Nacional de Vialidad y el concesionario respectivo, debiendo ser supervisado por Vialidad Nacional.
Artículo 6º.- La forestación, revegetación, protección de relictos y todas las tareas y funciones que tengan incidencia en el logro de una adecuación ecológica de todas las rutas nacionales y predios de la DNV existente en el territorio, tendrán como finalidad:
a) Evitar que se inicien y/o agraven los focos de erosión localizados dentro de las áreas que abarca la presente Ley.
b) Proteger, prevenir -a las localidades próximas a las rutas- de la erosión provocada por el viento y el agua, a través de la forestación y mejoramiento de las condiciones ambientales del suelo.
c) Generar ambientes propicios para el desarrollo de corredores biológicos para la unión de parches y relictos segmentados y para la disminución del efecto borde de los fragmentos boscosos.
d) Proveer los servicios ambientales que aseguren protección contra los procesos erosivos, fomentando la biodiversidad, mejorando el paisaje, incrementando la seguridad vial y propendiendo a una adecuada información ambiental.
e) Salvaguardar los relictos geológicos, ambientales y antropológicos, entendidos como patrimonio socio-ambiental, propendiendo a su protección, estudio y valoración por parte de los usuarios y la comunidad en general.
f) Concientizar a la población respecto de la importancia del recurso forestal como indicador de calidad de vida y de preservación de la cobertura del suelo como herramienta de la lucha contra la desertificación;
g) Colaborar activamente en la mitigación de la contaminación del aire y la disminución de los gases invernadero generados por el uso de las rutas y otras acciones asociadas a la Dirección Nacional de Vialidad.
Artículo 7º.- La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Universidades Nacionales, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria -INTA- y el Servicio Geológico Minero Argentino -SEGEMAR- colaborarán con la Dirección Nacional de Vialidad en la elaboración de los estudios y proyectos pertinentes.
Artículo 8º.- Toda obra vial referida a construcción, pavimentación, repavimentación u obras de conservación en la zona de camino, deberá contar con un Plan de Adecuación Ecológica que quedara establecido en la reglamentación de la ley.
Artículo 9º.- Toda obra de adecuación ecológica se efectuará, prioritariamente, con mano de obra local, de manera que signifique un incremento en los puestos de empleo a lo largo de todo el país.
Artículo 10º.- El Presupuesto de la Nación afectará las partidas necesarias a los efectos del cumplimiento de la presente ley, la que deberá estar reglamentada en el tiempo mínimo posible.-
Artículo 11º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Vengo ante V. H. a solicitar la aprobación del proyecto de ley que, contemplando aspectos referidos a la problemática ambiental, pretende legislar sobre la conveniencia de forestar, reforestar y aplicar la adecuación ecológica en las rutas de la Nación.
La pérdida del hábitat natural por disturbio antrópico es una problemática ambiental que ha ganado importancia a nivel mundial en los últimos años, y como consecuencia han surgido investigaciones y prácticas para mitigar los daños ambientales y restaurar los ambientes afectados. La construcción de caminos es una acción que genera un desequilibrio en los ecosistemas, y si bien la Dirección Nacional de Vialidad (D.N.V.) históricamente manifestó su interés por la cuestión, en la actualidad se considera imprescindible la incorporación de proyectos acordes a las actuales demandas ambientales, económicas, sociales y viales.
Con este proyecto se establecerá un plan de forestación, revegetación y adecuación ecológica que generará numerosos beneficios en distintos aspectos, entre los que se encuentran:
Ambientales:
- Mitigación de los impactos ambientales negativos derivados de la construcción de rutas nacionales (remoción de árboles, movimiento de suelo, alteración del paisaje, discontinuidad del ecosistema, contaminación de los recursos naturales, etc.).
- Mitigación de los impactos ambientales negativos generado por: a) el uso de las rutas nacionales (modificación del uso del suelo, contaminación sonora y atmosférica producida por los vehículos, etc.); b) por terceros en áreas próximas a la red vial (generando barreras físicas, visuales y biológicas que separan el área del camino de las zonas con actividades, tales como: agricultura, industria, etc.).
- Captura de dióxido de carbono del aire.
- Lograr rutas "limpias" en el marco del "desarrollo sustentable".
Viales:
- Prevención de la somnolencia del usuario al interrumpir la monotonía visual.
- Provisión de guiado visual.
- Protección contra el encandilamiento mediante la forestación del cantero central en autopistas.
- Provisión de áreas de descanso y protección de las inclemencias meteorológicas.
- Apreciación de un paisaje más amigable y relajado.
- Disminución del costo de mantenimiento de las rutas por obstrucción de alcantarillas, corte de pasto, corrección de cárcavas y sitios erosionados.
- Disminución de los problemas de drenaje hidráulicos (profundización y alteración de las pendientes longitudinales de las cunetas, consecuencias producidas al colmatar los cauces, etc.).
- Mejora de la estabilidad de los taludes.
Sociales:
- Fomento de la valoración del entorno y de la educación ambiental.
- Generación de empleo directo e indirecto en las tareas de plantación y de mantenimiento.
- Fomento de las economías regionales.
- Articulación de las capacidades instaladas en cada región mediante la gestión de proyectos integradores.
Institucionales:
- Mejora de la imagen pública de D.N.V.
- Puesta en valor de los espacios territoriales públicos subutilizados.
- Instalación del estado como cogenerador de servicios ambientales.
Por otro lado, las actividades viales involucran tareas que implican modificaciones en el medio físico, químico y biológico, alterando el funcionamiento de los ecosistemas y la disposición de los recursos. Para la obtención de materiales destinado a la construcción de obras viales, la Dirección Nacional de Vialidad precisa explotar canteras de áridos. Hasta hace algunos años las tareas de mitigación de los impactos ambientales producidos por la actividad extractiva no eran prácticas habituales y las canteras eran abandonadas.
Actualmente las canteras abandonadas se encuentran en situaciones diversas, la mayoría profundizando el impacto negativo generado. Algunas se han empleado como sitios de disposición de basura a cielo abierto, provocando focos infecciosos, de proliferación de vectores, y de contaminación de diversa índole. Otras almacenan agua como consecuencia de la explotación por debajo del nivel freático o por la variación posterior del mismo, formándose represas o pequeños embalses, facilitando la contaminación de la capa freática y provocando salinización del suelo circundante y de la propia capa.
Por todas estas razones resulta indispensable poner en práctica medidas correctoras para restaurar los daños ocasionados.
Antecedentes de forestación, efectuada por la Dirección Nacional de Vialidad.
1936-1950: se instrumentó el Primer Plan Forestal de DNV. Se plantaron 25.000 árboles por año.
1941-1950: La DNV anunció el "mes del árbol vial", entre el 11 de agosto y el 11 de septiembre de cada año. Se plantaron 500.000 árboles por provincia por año.
1993: se formuló el primer marco legal propio de la DNV en materia específicamente ambiental, el Manual de Gestión Ambiental de Obras Viales.
1996: se creó la Unidad ambiental de la Repartición integrada por la División Gestión Ambiental, que funciona en la Casa Central.
2002: se crearon y se dieron funciones a los Centros de Gestión Ambiental.
2005: La Nación adhirió al protocolo de Kyoto (Ley Nº 25.438).
2006: en la autopista Rosario- Córdoba, en el tramo que une la ruta provincial E59 con Ballesteros, se incluyeron -como medidas de mitigación de impactos ambientales negativos- las forestaciones compensatorias, promoviendo la plantación de especies autóctonas (22.000 plantas en 26 hectáreas) y se expropiaron 42 ha de masa boscosa nativa para su preservación.2007: se aprobó la versión actualizada del Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA II).
2008: El día 10 de junio se licitó el Plan Forestal de la Autopista Rosario- Córdoba, que incluye la forestación de 311 Km., desde la ciudad de Carcarañá (Pcia. de Santa Fe) hasta la ciudad de Pilar (Pcia. de Córdoba.
Por lo expuesto y por los fundamentos que se podría ampliar de considerarse necesario en el debate, solicito a la probación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BEDANO, NORA ESTHER CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
AGRICULTURA Y GANADERIA
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA