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PROYECTO DE TP


Expediente 1334-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA DAR CURSO AL CANJE O "SAWP" DE DEUDA PUBLICA QUE INCLUYA A LOS BONISTAS "HOLD OUTS" O TENEDORES DE BONOS ARGENTINOS QUE NO ACEPTARON LA PROPUESTA DE CANJE ANTERIOR.
Fecha: 23/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


CANJE O SWAP DE DEUDA PARA LOS BONISTAS (HOLD OUTS)
Que vería con agrado que en el presente año el Poder Ejecutivo Nacional de curso a canje o swap de deuda publica que incluya a los hola outs o tenedores de bonos argentinos que no aceptaron la propuesta de canje anterior, y, que pasarían a ser tenedores de nuevos bonos argentinos, lo que le permitiría al país volver a los mercados de capitales.
El concepto swap o canje significa un acuerdo entre dos sujetos para intercambiar periódicamente flujos de caja de un titulo por los flujos de caja de otro titulo, esta última fecha determina la fecha de vencimiento del swap.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley que traigo a consideración es de suma importancia por que trata sobre una ley que tiene carácter de especial porque satisface las necesidades de los bonistas que no entraron en el canje de deuda de 2003, y, que no permiten al país volver al mercado de capitales hasta que no salga de ese default.
ANALSIS DEL CANJE 2003
Continuando con nuestros informes previos, indicamos a continuación los parámetros especulados que podría incluir una oferta de canje de los bonos Bontes en default por nuevos bonos.
El presente análisis presupone que los Bontes en default terminarán siendo redolarizados, previéndose una oferta de canje con características iguales para los Bontes que las que se ofrecerán para los globales de similar vencimiento final, de acuerdo a las condiciones originales de emisión.
Para la parte de intereses vencidos impagos que existirán al momento del canje, nuestra estimación es que las características de cálculo de los mismos (con el procedimiento indicado en los informes sobre globales) y su forma de pago (con un bono a 10 años, con amortizaciones periódicas de capital y tasa de interés creciente), se mantendrían iguales, tanto que el acreedor seleccione para el capital un nuevo bono por un valor nominal inferior al capital adeudado (la quita especulada del 35 %), como en el caso que decida por la variante sin quita de capital.
En el caso analizado en este informe se analiza la potencial circunstancia de canjear los bontes en default por bonos con descuento de capital.
En ese caso repasamos sus características especuladas.
Variante con quita de capital original
1) Se ofrecería una alternativa con una quita del 35 % del capital adeudado. El remanente adeudado (65 %) se reemplazaría con bonos entre 15 y 30 años de plazo.
2) Todos los bonos amortizarían capital en 10 cuotas iguales y consecutivas del 10 % cada una, con vencimiento en los últimos 5 años de plazo de cada bono. Esto es para nivelar los flujos, dado que se establecen nuevos bonos con vencimientos finales cada 5 años. En otras palabras, especulamos con que se ofrecerán bonos para amortizar capital a 15, 20, 25 y 30 años.
3) Los bonos para canjear por el saldo de capital impago devengarán intereses sobre la base de un nivel inicial equivalente al 75 % de la tasa de treasury para un plazo equivalente al final del bono, subiendo ese nivel en un 25 % de la tasa de treasury, estimada al momento de efectuar la oferta, cada 5 años.
4) En otras palabras, por ejemplo, para el bono a 30 años, comenzaría con el 75 % de la tasa de treasury para los primeros 5 años y terminaría con un 200 % de la tasa de treasury para los últimos 5 años. Este proceso implica que los bonos a más largos serían "premiados" en su tasa final de retorno, en compensación a su mayor plazo.
A continuación, colocamos un cuadro donde se establece la suma del potencial valor de mercado del bono que refinanciaría intereses (a 10 años) y de los bonos que refinanciarían capital (entre 15 y 30 años).
Debe quedar claro que estas no serían las paridades de los nuevos bonos (que serán más altas) sino que reflejan los dólares concretos potenciales a recibir si se liquidaran las posiciones inmediatamente a la fecha estimada de closing el 30 de Junio de 2004.
Por todo lo expuesto ut supra, esperando el acompañamiento de mis pares es que presento el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
FINANZAS