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PROYECTO DE TP


Expediente 1296-D-2010
Sumario: REGIMEN DE RESTRICCIONES A LA ADQUISICION DE BIENES INMUEBLES POR PARTE DE EXTRANJEROS.
Fecha: 22/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


RESTRICCIONES A LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES DE PARTE DE EXTRANJEROS.-
Artículo 1.- Restrínjase la compra de bienes inmuebles por parte de personas de existencia visible extranjeras, de personas jurídicas extranjeras, de personas jurídicas con accionistas mayoritarios o minoritarios todas ellas extranjeras, o de personas de existencia visible o jurídicas nacionales con asociaciones con extranjeras, o de personas nacionales que estuvieran unidas por concubinato o hubieran contraído enlace con personas de nacionalidad extranjera.-
Artículo 2.- La presente restricción también alcanza al establecimiento de condominios, usos, usufructos, y locaciones de bienes inmuebles de las características establecidas en el artículo siguiente.-
Artículo 3.- Los inmuebles objeto de la presente ley son los siguientes:
Todos los bienes inmuebles rurales que sean una unidad productiva o mayor a ella, en cualquier parte dentro del territorio nacional;
Todos los bienes inmuebles que contengan bosques nativos, o que sean ribereños de aguas navegables o no, o estén ubicados sobre lugares donde existan aguas subterráneas o superficiales posibles de ser utilizados para el consumo humano, tratadas o sin tratarse;
Las que estén ubicadas dentro de parques nacionales o en zona de frontera;
Los inmuebles que tengan valor histórico, cultural, o arqueológico, cualquiera sea su superficie.-
Artículo 4.- Toda operación inmobiliaria que se realice dentro de las prohibiciones establecidas en los artículos precedentes, será nulo de nulidad absoluta.-
Artículo 5.- Todo Escribano Público que intervenga en operaciones inmobiliarias con las restricciones establecidas en la presente ley, será pasible de la sanción de suspensión de su matrícula profesional hasta que se declare nula por parte de la Justicia de dicha escritura pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior e inhabilitado en el ejercicio del notariado por 2 años a contar desde el fallo que declare que se violó la presente ley.-
Artículo 6.- Será responsabilidad de los Estados Provinciales determinar la superficie de una unidad productiva y hasta que la misma no se encuentre determinada, queda prohibida la transferencia de bienes como los establecidos en el artículo 2.- Para determinar la superficie productiva se deberá consultar a las entidades rurales con reconocimiento legal en el territorio provincial y consensuada con las mismas en el caso de discrepancia.- De continuar con las diferencias, se deberá consultar con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación a efectos de que aporte sus conocimientos.-
Artículo 7.- Para los casos de que se transfiriera una Sociedad Jurídica que detente bienes inmuebles como los establecidos en el artículo 3 de esta ley a una de las personas comprendidas en los artículos 1 y 2 de la presente, el citado o citados bienes quedarán exceptuados de la venta y pasarán a manos del Estado Nacional, quien se constituirá en su propietario.-
Artículo 8.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El diario francés "Le Monde" con la firma de uno de sus prestigiosos periodistas como Christine Legrand, informa en una nota que suscribe del crecimiento de venta de tierras rurales a extranjeros en la República Argentina y que ya ha alcanzado el 10% del territorio nacional y el mismo es corroborado por informaciones suministradas por la Federación Agraria Argentina.-
Dichos datos han generado onda preocupación por parte de economistas, ecologistas, representantes de los pueblos originarios, la Iglesia Católica, titulándose "Argentina esta en venta".-
Es de público conocimiento y se encuentra en boca de todos, nombres como el de Benetton, quien compró casi un l.000.000 de has. en la Patagonia, desalojando inclusive a quienes detentan derechos como los habitantes de los pueblos originarios, o el de Ted Turner adquirente de 45.000 has de tierras tambien en la Patagonia, a orillas de lagos sureños.- Quienes intentan transitar por las orillas de los lagos que se encuentran en dichas tierras, toman conocimiento como sus nuevos dueños impiden el paso por "el camino de sirga", desconociendo las normas del código civil, alambrando sus pasos y prohibiendo con guardias armados las violaciones de lo que ellos determinan.-
También es conocido el caso de Douglas Tompkins quien no solo detenta tierras en la Patagonia, sino también la provincia de Corrientes, junto a los esteros del Iberá.-
Joseph Lewis, multimillonario inglés, detenta unas 14.000 has de tierra en la Patagonia, a orillas del Lago Escondido.-
Otros extranjeros como Richard Gere, Matt Damon y Robert Dubai, poseen tierras de grandes dimensiones en Salta, Jujuy o Tucumán.-
Un viejo informe de Kissinger para la Agencia de Seguridad Nacional de los EE.UU. plantea la necesidad de preservar las reservas naturales, particularmente, petróleo, gas, alimentos y fundamentalmente, fuentes de agua potable de Latinoamérica. Este informe desclasificado, es la doctrina de la NSA (Seguridad Nacional de EE.UU. en el cual se propone "preservar y apoderarse de los recursos naturales de los países latinoamericanos..".-
Cuando se firmó el Decreto Ley 15.385/44 firmado durante el gobierno del General Farrel y cuyo Vicepresidente era don Juan Domingo Perón, declaraba "la conveniencia nacional que los bienes ubicados en zonas de seguridad pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos".-
Esta norma dejó de tener vigencia desde los años del 90 y hoy, se nos permite claramente decir que, desde hace algunos años, Argentina está en venta.-
Por la seguridad interior de nuestro territorio, por la defensa de nuestros recursos naturales, por la seguridad de nuestros reservorios de agua, por la Soberanía de Argentina, tal como lo hacen diversos países del mundo, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
AGRICULTURA Y GANADERIA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
16/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
14/06/2011 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
31/08/2011 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
07/09/2011 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
13/12/2011 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0009/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; CON CINCO DICTAMENES DE MINORIA; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA AL EXPEDIENTE 0327-D-2011 14/12/2011
Senado Orden del Dia 0920/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 UNA DISIDENCIA PARCIAL 19/12/2011
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - CAMBIO DE ORDEN DE LAS COMISIONES 13/10/2010
Diputados CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 15/12/2011
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 15/12/2011 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011
Senado MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 22/12/2011
Senado CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0071-D-2010, 0360-D-2010, 1296-D-2010, 3854-D-2010, 5127-D-2010, 5679-D-2010, 7009-D-2010, 7047-D-2010, 0071-D-2011, 1270-D-2011, 0001-PE-2011, 0090-CD-2011, 2793-D-2011, 2891-D-2011, 4126-D-2011, 4262-D-2011, 4600-D-2011, 4700-D-2011, 5081-D-2011, 5438-D-2011 y 6121-D-2011 22/12/2011 SANCIONADO