Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 1212-D-2011
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA ACCION UNILATERAL DE GRAN BRETAÑA, DE INICIAR TRABAJOS DE EXPLORACION PETROLERA EN ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR Y CUESTIONES ATINENTES AL TEMA.
Fecha: 28/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


a) Expresar su más enérgico repudio ante la decisión unilateral del gobierno del Reino Unido de continuar con las actividades de exploración y eventual explotación petrolera en las regiones norte, noroeste y sur de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur. La soberanía sobre las Islas -como lo establece nuestra Constitución Nacional- constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino que ha sido históricamente refrendado ante los foros internacionales.
b) Desconocer -ahora y en lo sucesivo- los derechos que serán acordados a las compañías de prospección, exploración y transporte petroleros que operen ilegalmente en la zona.
c) Rechazar la pretensión de incluir en el Tratado de Lisboa -por la Unión Europea a pedido de Gran Bretaña- a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur en su lista de territorios de ultramar; tal como fue reiteradamente expresado por la Cancillería Argentina.
d) Rechazar la reclamación del Reino Unido ante la Secretaría de la Convención de Derechos Marítimos de las Naciones Unidas (CONVEMAR) de delimitar la plataforma continental en torno a las islas que usurparon a las 350 millas, proyectando su ocupación colonial sobre una superficie marítima de 3.500.000 Km2 y su consiguiente reclamo sobre los territorios antárticos en función de esta delimitación unilateral.
e) Ratificar que los actos de avasallamiento de nuestra integridad territorial, -indicados en los Incisos anteriores son contrarios a los principios del derecho internacional y a las resoluciones de la Asamblea General y del Comité de Descolonización de la Organización de las Naciones Unidas.
f) Ratificar que el argumento del "mayor interés de los habitantes de las islas" y su supuesto derecho a la aplicación del principio de autodeterminación que esgrime el Reino Unido para justificar las acciones ilegítimas aquí adversadas, contraviene la Resolución 1514 (XV) de Naciones Unidas que establece en el párrafo sexto que "todo intento encaminado a quebrar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. En el mismo sentido la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el contencioso sobre las Islas Malvinas, recogió la doctrina de aplicación del principio de integridad territorial frente los deseos de la población de las Islas en su Resolución 2065 (XX) de 1965, ratificada luego por múltiples decisiones desde 1973 a 1988. Por otra parte, el respeto al modo de vida de los habitantes de las Islas ya está consagrado en Nuestra Constitución.
g) Convalidar y acompañar las enérgicas protestas que el gobierno argentino viene sosteniendo ante los organismos internacionales.
h) Instar al gobierno del Reino Unido para que abandone las acciones amenazantes de fortificación militar creciente de las islas y se avenga a aceptar el principio de la resolución pacífica y negociada del conflicto ocasionado por la ocupación ilegal de nuestro territorio. Y para que cese en su renuencia pertinaz a continuar las negociaciones con nuestro país a pesar de los múltiples llamamientos de la comunidad internacional en favor de una solución definitiva de la disputa; y por ya también, reiteradas y variadas resoluciones de las Naciones Unidas. Del mismo modo en que el Reino Unido como miembro del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas insta a terceros países para que solucionen sus conflictos de manera pacífica y en orden a las decisiones de los organismos internacionales que contribuye a emitir.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Como representantes del pueblo de la Nación Argentina, tenemos como responsabilidad primigenia el velar por sus intereses, sobre todo aquellos taxativamente expresados en nuestra Carta Magna.
Siguiendo lo prescripto por la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional de 1994, en la que se expresa que: "La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.";
Desde el año 2009, el Gobierno del Reino Unido emitió declaraciones y decisiones que, en los hechos, constituyeron los pasos previos de esta escalada unilateral convertida en un inaceptable desafío diplomático, jurídico y geopolítico y militar que erosiona y debilita en forma permanente nuestra soberanía territorial y marítima sobre el amplio espacio del Atlántico Sur. Entre estos antecedentes, pueden mencionarse los siguientes:
- En el mes de marzo de 2009, el Reino Unido elevó una propuesta al Parlamento Europeo, solicitando la incorporación de la fortaleza militar emplazada en las islas como base europea de ultramar, corroborando, a partir de ello, el virtual reconocimiento de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur como territorio europeo del ultramar.
- En el mes de mayo de 2009, el Gobierno del Reino Unido presenta ante la Secretaría de la Convención de Derechos Marítimos de las Naciones Unidas ( CONVEMAR), el reclamo de delimitación de la plataforma continental en torno a las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur hasta las 350 millas, proyectando, de esa manera, su ocupación colonial sobre una superficie marítima de unos 3.500.000 km2, a lo cual se le agrega el reclamo sobre la plataforma continental de la porción de territorio antártico reclamada por el Reino Unido.
- En octubre de 2009, se publicitó el envío de cuatro aviones de combate Typhoon a la base militar de Mount Pleasant, realizándose importantes maniobras y ejercicios militares presididos por el Jefe de Estado Mayor Conjunto de las FFAA británicas. Asimismo, se designó como Gobernador de las Islas a un militar británico con amplia experiencia en misiones en regiones de alta conflictividad, configurando, con ello, una provocación belicista inaceptable que escala el conflicto, en contradicción con los acuerdos, exhortaciones y resoluciones de los más variados organismos y foros de la comunidad internacional.
- En el mes de diciembre de 2009, el Parlamento Europeo aprobó la Constitución Europea mediante la entrada en vigencia del Tratado de Lisboa, que incorpora concretamente a las islas Malvinas, islas del Atlántico Sur y Territorio Antártico Británico, como territorios europeos de ultramar. De esta manera, nuestro país se transforma en Estado corribereño de la Comunidad Europea, consolidando, de esa manera, una situación geopolítica de imprevisibles consecuencias para la integridad de nuestros intereses territoriales y marítimos.
- En los primeros días del mes de enero de 2010, el Reino Unido envió la plataforma petrolera Ocean Guardian, contratada por la empresa Desire Petroleum- una de las principales empresas que opera en el Atlántico Sur con licencias otorgadas unilateralmente por el Reino Unido- para comenzar las actividades de prospección y exploración hidrocarburíferas.
Recordamos que la problemática de la soberanía fue, sigue y seguirá siendo el tema central de la disputa con el Reino Unido y, como tal, debe ser puesto en el centro del reclamo jurídico y diplomático.
Asimismo, es importante señalar que la especificidad de la Cuestión de las Islas Malvinas reside en que el Reino Unido ocupó las Islas por la fuerza en 1833, expulsó a su población originaria y no permitió su retorno, vulnerando la integridad territorial argentina.
En tal sentido, la Resolución 1514 (XV), "Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales" establece en su párrafo sexto que "Todo intento encaminado a quebrar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".
Reforzando esta línea de argumentación, en la Cuestión de las Islas Malvinas la Asamblea General de las Naciones Unidas recogió esta doctrina-de aplicación del principio de integridad territorial al hacer referencia a los intereses y NO a los deseos de la población de las Islas-en su resolución 2065 (XX) de 1965, ratificada posteriormente por otras resoluciones en 1973 (3160, XXVIII) 1976 (31/49), 1982 (37/9), 1983 (38/12), 1984 (39/6), 1985 (40/21), 1986 (41/40), 1987 (42/19) y 1988 (43/25). Todas declaran la existencia de una disputa de soberanía y reafirman la invitación hecha en la resolución 2065 (XX) a las Partes (la Argentina y el Reino Unido) "a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, a fin de encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la Resolución 1514 (XV), así como los intereses de la población de las Islas Malvinas."
Finalmente, esa misma posición se reafirma año a año en el marco de las sesiones del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, en cuyo seno la República Argentina ha vuelto a retomar- desde el año 2004- la tradicional postura diplomática y jurídica de denuncia internacional de los permanentes actos de fuerza que el Reino Unido sigue perpetrando en las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, los espacios insulares circundantes y el Atlántico Sur.
Por todo lo expuesto solicitamos a los señores diputados que nos acompañen con su firma.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
PARADA, LILIANA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)