PROYECTO DE TP


Expediente 1152-D-2018
Sumario: PRECIO DE VENTA AL CONSUMIDOR DEL LITRO DE LECHE FLUIDA ENTERA O DESCREMADA. SE ESTABLECE QUE NO EXCEDERA EL 0.13 % DEL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL.
Fecha: 20/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1.- Fíjese en todo el territorio nacional, que el precio de venta al consumidor del litro de leche fluida entera o descremada, no podrá exceder el 0.13% del Salario Mínimo Vital y Móvil.
La leche fluida entera o descremada deberá contener menos de 50.000 bacterias/ml y ser ultra pasteurizada y homogeneizada.
ARTÍCULO 2.- Será autoridad de aplicación de la presente ley, el Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá arbitrar los medios necesarios para garantizar lo estipulado en la presente Ley.
ARTICULO 3.- En caso de incumplimiento de la presente Ley, será de aplicación la Ley 20.680 de Abastecimiento, y otras normas complementarias.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto tiene como antecedente el Expediente 0949-D-2016, que ha perdido estado parlamentario.
La leche fluida es un alimento básico e indispensable para un desarrollo saludable, y uno de los principales productos que integran la Canasta Básica Alimentaria. El Ministerio de Salud recomienda dos tazas o tres vasos de leche por día, para chicos en edad preescolar, y asegura que estos y los adolescentes necesitan más que los adultos.
Asimismo, los productos lácteos son fuente importante de calcio y de proteínas de alta calidad que estimulan el metabolismo y el crecimiento de los músculos y los huesos. Las leches descremadas, de poca grasa y entera, contienen básicamente la misma cantidad de calcio y son las fuentes naturales más importantes de este mineral en la dieta occidental. Junto con otros productos lácteos, proveen cerca de dos terceras partes de la cantidad recomendada de calcio que se necesita para el desarrollo de los huesos en niños y adolescentes, y para la buena salud ósea en adultos y personas mayores.
En la actualidad el litro de leche fluida de alta calidad y de primeras marcas, oscila entre los $12 y $15, costo que resulta elevadamente oneroso para la mayoría de la población argentina.
Asimismo, el precio de la leche fluida actualmente, se paga a los tamberos a $5 aproximadamente, lo que muestra un fuerte incremento en el precio hasta que finalmente llega a las bocas de expendio de venta al consumidor.
Una razón importante de este aumento está dado por los precios de exportación de la leche fluida. Es decir que en la actualidad, el precio de la leche al mercado interno argentino se encuentra fuertemente condicionado por el precio al que este producto puede colocarse en el mercado internacional. Según FAOSTAT, el valor de la leche y productos derivados comercializados a nivel internacional, se cuadruplicó, mientras que las exportaciones, medidas en toneladas, se duplicaron entre el periodo 1980/2004.
A los fines de garantizar el acceso de todos los argentinos al consumo de un alimento básico como la leche es que consideramos que el precio de la misma, siendo un país exportador de este producto, no puede exceder el 0,13% del Salario Mínimo Vital y Móvil. De esta manera, calculando un litro de leche por día, durante el periodo de un mes, el costo de acceder a este alimento básico, no excedería el 4 % del SMVM. Por lo expuesto, es que proponemos que el precio máximo de venta al consumidor del litro de leche fluida, entera y/o descremada no pueda exceder este porcentaje.
El Estado Nacional deberá arbitrar los medios necesarios para garantizar el cumplimiento de este precio máximo de venta al consumidor.
Asimismo, deberá garantizar que se cumpla con el abastecimiento del producto mencionado con los estándares de calidad correspondientes, ya que otro problema importante es el mercado informal de leches y productos derivados que en determinadas momentos cubre entre el 20 a 30% de la producción y comercialización sin las debidas garantías de calidad, genuinidad e inocuidad (Rojo y García B., 2005). Éste por supuesto constituye un serio riesgo para los consumidores dada que la leche es una alimento altamente perecedero y fuente apta para el crecimiento de microorganismos patógenos o vehículo de productos agroquímicos altamente peligrosos para la población.
Creemos que si queremos hablar de inclusión social, debemos empezar a garantizar que nuestro pueblo tenga las necesidades básicas satisfechas, solo así podremos construir una nación más justa e igualitaria.
Sr. Presidente, por las razones aquí expuestas, y por las que se darán oportunamente, es que se solicita la aprobación del presente Proyecto de Ley.
FAO. 2003. World agriculture: towards 2015/2030. Food and Agriculture Organization (FAO), 2003, London, N1 9JN, UK. FAOSTAT. 2006. Estadísticas.
Rojo, S., y B. García B. 2005. Transformaciones recientes en la cadena de la leche en Argentina y sus implicancias para el consumo. Consumidores Argentinos, Buenos Aires, Argentina
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
COMERCIO
PRESUPUESTO Y HACIENDA