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PROYECTO DE TP


Expediente 1138-D-2014
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA): SE ESTABLECE SU DEVOLUCION A LOS BENEFICIARIOS DE PLANES SOCIALES O ASISTENCIALES.
Fecha: 20/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Devolución del Impuesto al Valor Agregado
Artículo 1.- Las personas beneficiarias de planes sociales o asistenciales, incluida la Asignación Universal por Hijo para la protección social, otorgados por el gobierno nacional, los gobiernos provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en carácter de consumidores finales abonen sus compras de bienes y servicios mediante tarjetas de débito emitidas por las entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificaciones, les será retribuido el monto correspondiente al (cien) 100% del Impuesto al Valor Agregado abonado.
Artículo 2.- La Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, será la autoridad de aplicación, y deberá dictar las normas reglamentarias necesarias para poner en vigencia el presente régimen.
Artículo 3.- Invitase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto establecer un mecanismo de devolución del total del Impuesto al Valor Agregado a las personas beneficiarias de programas y planes sociales implementados tanto por el Gobierno Nacional, como por los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma, que realicen sus compras a través del mecanismo de tarjetas de débito.
Este proyecto toma como base el texto del que fuera presentado en abril del 2009 bajo el número de expediente 1826-D-2009, e incorpora de manera específica a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo creada por el DNU 1602/09, que si bien fue clara la posición de la Coalición Cívica que dista mucho de ser un programa de alcance universal, que cuenta con un financiamiento que es absolutamente regresivo, y representa una copia muy imperfecta del Ingreso Ciudadano para la Niñez (INCINI), que hace más de catorce años que impulsamos como un derecho ciudadano, no queremos excluir a dichos beneficiarios del aumento que representaría en el monto que perciben en concepto de asignación, la restitución del IVA que estamos proponiendo en este proyecto.
En los últimos años los diferentes programas y planes sociales instrumentados por la Nación y las jurisdicciones provinciales tienen como modalidad de cobro de los beneficios, las tarjetas de débito, en las cuales se deposita el ingreso monetario de los mismos.
El mecanismo de devolución de IVA vigente prevé la restitución del 4,13% para todas las operaciones comerciales inferiores a los $1.000 que se abonen con tarjetas de débitos, mientras que en este proyecto de ley se propone implementar un mecanismo exclusivamente para los destinatarios de planes sociales, que consiste en la devolución del 100% del IVA abonado por las compras que realicen con las tarjetas que les suministran para el pago de tales beneficios, como una forma de mejorar el monto de la asignación recibida.
En un contexto en que el aumento de la tasa de inflación de los últimos años tendió a erosionar significativamente el poder adquisitivo de la población de menores recursos, se considera importante buscar los mecanismos que permitan mitigar esta situación, que sin lugar a dudas está relacionado con la actualización del monto de los beneficios recibidos, pero como reconocemos que ello no se está dando, proponemos que por lo menos a través de la devolución IVA puedan recibir una mejora relativa de los mismos.
Aunque una de las grandes banderas del gobierno actual es la política social, el dinamismo que está adquiriendo en los últimos años la tasa de inflación no han originado mejoras significativas en las condiciones de vida de miles de familias en situación de pobreza, ya que aunque se implementaron una serie de planes sociales, ello no se tradujo en un cambio sustancial en términos de distribución de la riqueza y ascendencia social. Así aunque el gobierno no lo quiera reconocer con estos niveles de inflación se terminó echando por tierra gran parte de los beneficios que se habían logrado.
Los datos oficiales dan cuenta que el índice de pobreza era en el 2010 del 12% y el de indigencia del 3,1%, pero la mayoría de las mediciones que toman como base de comparación los datos elaborados tanto por las direcciones de estadísticas provinciales como por diferentes entidades privadas, ubican a la pobreza en alrededor del 30% y a la indigencia en el 12%. Tampoco la distribución del ingreso muestra mejoras significativas, ya que continúa persistiendo una concentración importante de la riqueza, en donde el 10% de la población con mayores ingresos concentra el 33% del ingreso total, mientras que el 10% más pobre sólo tiene el 1,5%. Así la brecha entre la participación de ambos segmentos en la distribución de la riqueza es de 22 veces.
Por último cabe mencionar que desde la Coalición Cívica sostenemos la necesidad de una reforma integral del sistema tributario argentino que promueva un esquema tributario con mayor equidad y progresividad, en este sentido es necesario incrementar la participación de los impuestos directos sobre el total de la recaudación ya que estos captan mejor la capacidad contributiva de los ciudadanos que los indirectos, entre los cuales se encuentra el IVA cuyo impacto es más fuerte en los sectores vulnerables de la población que destinan la mayor parte de sus ingresos al consumo.
Por todo lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA ARI - UNEN
SANCHEZ, FERNANDO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA ARI - UNEN
JAVKIN, PABLO LAUTARO SANTA FE COALICION CIVICA ARI - UNEN
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES PROYECTO SUR - UNEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)