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PROYECTO DE TP


Expediente 1122-D-2006
Sumario: PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2006, LEY 26078: MODIFICACION SOBRE LA CREACION DE UN PROGRAMA DE ASIGNACION UNIVERSAL DE $ 70 MENSUALES PARA LOS MENORES Y GENERALIZACION DE LA AYUDA ESCOLAR ANUAL DE $ 130.
Fecha: 29/03/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACIÓN DE LA LEY 26.078 DE PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2006 CON EL OBJETO DE CREAR EL PROGRAMA DE ASIGNACIÓN UNIVERSAL DE $70 MENSUALES PARA LOS MENORES Y GENERALIZACIÓN DE LA AYUDA ESCOLAR ANUAL DE $130.
Art. 1 - Modifíquese, en lo pertinente, el artículo 1º de la Ley Nº 26.078, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 1º.- Fíjanse en la suma de CIENTO TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUATRO PESOS ($103.383.785.804) los gastos corrientes y de capital del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio de 2006, con destino a las finalidades que se indican a continuación, y analíticamente en las planillas Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 anexas al presente artículo.
Tabla descriptiva
Art. 2 - Modifíquese, en lo pertinente, el artículo 2º de la Ley Nº 26.078, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 2º.- Estímase en la suma de CIENTO SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y TRESMILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS($106.183.402.597) el Cálculo de Recursos Corrientes y de Capital de la Administración Nacional de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en la planilla Nº 8 anexa al presente artículo.
Tabla descriptiva
Art. 3 - Modifíquese, en lo pertinente, el artículo 4º de la Ley Nº 26.078, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 4º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 1º, 2º y 3º, el Resultado Financiero superavitario queda estimado en la suma de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS ($2.799.616.793). Asimismo se indican a continuación las Fuentes de Financiamiento y las Aplicaciones Financieras que se detallan en las planillas Nos. 11, 12 y 13 anexas al presente artículo:
Tabla descriptiva
Fíjase en la suma de UN MIL CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL PESOS ($ 1.175.905.000) el importe correspondiente a Gastos Figurativos para Aplicaciones Financieras de la Administración Nacional, quedando en consecuencia establecido el Financiamiento por Contribuciones Figurativas para Aplicaciones Financieras de la Administración Nacional en la misma suma
Art. 4 - Incorpórase en la Ley Nº 26.078 el artículo 19º BIS , el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 19º BIS. - Créase el programa Nº 21 denominado Asignación Universal para los menores que será ejecutado por la Entidad Nº 850 (Administración Nacional de la Seguridad Social). Asígnese al mencionado programa la suma de DIEZ MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA PESOS ($10.877.374.490) que tendrá como finalidad otorgar:
a) Una Asignación de SETENTA PESOS ($70) mensuales para todos los menores de 18 años residentes en la República Argentina que no perciben ninguna prestación especificada en la Ley 24.714.
b) Una Asignación hasta completar SETENTA PESOS ($70) mensuales para los actuales beneficiarios de la Ley 24.714.
c) Una Asignación por ayuda escolar anual para la educación inicial, general básica y polimodal para todos los menores entre 6 y 18 años que concurran regularmente a establecimientos de enseñanza inicial, general básica y polimodal, que no estén alcanzados por el beneficio que fija el inciso d) del artículo 6º de la Ley Nº 24.714.
Art. 5 - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Al poco tiempo de aprobarse el Presupuesto para el año 2006 el Ministerio de Economía en documentos internos ha modificado sus previsiones de crecimiento de la actividad económica para el 2006. En lugar del 4% de crecimiento previsto en el Presupuesto, el Ministerio trabaja ahora con una pauta de crecimiento del 5,6%. Esta nueva pauta de crecimiento del PBI les obliga a corregir la estimación de recaudación asociada al mismo. De esta manera la nueva hipótesis de recaudación oficial para el 2006 arroja una diferencia de $2.919.1 millones para el Sector Público Nacional con respecto a lo previsto en el Presupuesto. Para el caso de la Administración Nacional los recursos excedentes respecto a lo presupuestado asciende a $1.603,4 millones. Ver cuadro Nº 1.
Tabla descriptiva
La corrección realizada por el Ministerio de Economía sólo tiene en cuenta el impacto de la nueva pauta de crecimiento. Sin embargo para estimar la recaudación es necesario tener en cuenta la elasticidad recaudación - producto que indica el volumen de recursos a recaudar asociado al nivel de actividad. La nueva estimación del Ministerio de Economía sigue manteniendo la baja elasticidad recaudación producto de 0,7 con que se confeccionó el Presupuesto 2006 (ver cuadro Nº2).
Tabla descriptiva
La elasticidad recaudación - producto de 0,7 presentada en el Presupuesto 2006 y que el Ministerio de Economía mantiene en su hipótesis de recaudación resulta a todas luces una subestimación de la magnitud de recursos que el sistema tributario captará en el 2006. En el 2005 la elasticidad recaudación - producto fue del 1,12 y en el 2004 de 1,8. Es decir se viene observando una caída de dicho indicador. Nuestra estimación para el 2006 es de una elasticidad de 1,03 que respeta la tendencia decreciente del impacto del crecimiento en la recaudación, pero que mantiene una variación de la recaudación superior al crecimiento del PBI.
En el cuadro Nº 3 presentamos nuestras estimaciones de recaudación para el 2006 considerando el crecimiento del PBI del 5,6% y una elasticidad recaudación - producto de 1,03. Como puede observarse se presenta importantes diferencias de recaudación en el IVA ($3.479,5 millones), en las Contribuciones a la Seguridad Social ($1.408,5 millones), en Ganancias ($1.220,9 millones) y en los Créditos y Débitos ($665.3 millones). En conjunto la diferencia de recursos con respecto al aprobado en el Presupuesto 2006 asciende a $8.267,3 millones para el Sector Público Nacional y de $5.041,5 millones para la Administración Nacional.
Cuadro Nº 3: Recursos Tributarios y Contribuciones a la Seguridad Social para el 2006. Estimación Propia y Presupuesto 2006.
Tabla descriptiva
No son estos los únicos recursos fiscales que están disponibles para el 2006. La decisión oficial de cancelar anticipadamente la totalidad de la deuda con el FMI implica desafectar las partidas presupuestarias que tenía por destino cancelar los intereses y el capital que se tenía previsto con el citado organismo internacional. En el 2006 se preveía pagar $1.196 millones en concepto de intereses y $4.829 millones en concepto de amortización de capital. Estos compromisos estaban financiados con el volumen de recaudación que se preveía para el 2006 y que hoy se encuentran sin afectación por haberse extinguido la obligación de pago con el citado organismo.
De esta manera, computando la subdeclaración de recursos tributarios y la desafectación de las partidas que tenía por destino el pago al FMI, en el 2006 se tendrá una masa de recursos sin afectación presupuestaria por $11.066,5 millones. Ver cuadro Nº 4.
Tabla descriptiva
El valor de la decisión de cancelar la deuda con el FMI debe ubicarse en los impactos que dicha medida tiene sobre la sociedad argentina. El impacto dependerá del dispositivo de política económica en que la misma se inscriba. Si luego de cancelar la deuda con el FMI la política fiscal gira en torno de acumular los recursos fiscales que sobran para indisponerlos en el denominado Fondo Anticíclico con el objeto de asegurar el pago de deuda o de comprar reservas, entonces la decisión del pago al FMI termina estrechando en lugar de ampliar los márgenes de autonomía de la política económica con el consiguiente mutilamiento de la capacidad de la política para resolver los problemas concretos de la sociedad.
Por el contrario, si la decisión del pago al FMI se inscribe dentro de una Política Fiscal que utilice los recursos disponibles para financiar Políticas Sociales de carácter redistributivo que tenga por horizonte resolver el hambre, la pobreza y la desigualdad del país, entonces sin duda que la decisión adoptada adquiere carácter estratégico para el camino que la sociedad argentina necesita recorrer.
En esta dirección consideramos vital que los recursos disponibles permitan poner en marcha en forma inmediata una Asignación de $70 para los 13.785.922 menores de 18 años que viven en el país. Al mismo tiempo se permitiría entregar una Ayuda Escolar Anual de $130 para los chicos en edad escolar. El costo neto anual de realizar esta política asciende a $10.877,4 millones. Ver cuadro Nº 5.
Tabla descriptiva
No hay dudas de que esta es una de la medidas prioritarias si lo que se pretende es atender las graves urgencias que padecen la mayoría de hogares del país. La asignación universal por hijo es la mejor vía de transferir ingresos a los hogares más pobres habida cuenta que estos hogares presentan un promedio de 2,6 menores por hogar y los indigentes un promedio de 3 menores por hogar, mientras que para el promedio de hogares el número de menores es de 1,1 por hogar. Es una medida que permite terminar con la discriminación en contra de los hogares pobres quienes mayoritariamente están excluidos del sistema de Asignaciones Familiares pues tienen a sus padres desocupados ó en empleos clandestinos.
Por otro lado, proponemos otorgar la asignación contra el chequeo sanitario en los primeros años de vida del menor (0 a 6 años) y contra participación en el ciclo escolar en el resto (6 a 18 años). Es decir, la propuesta pretende garantizar Ingresos, Salud y Educación para nuestros pibes. Única forma de empezar a transitar el camino que nos permita salir de la "trampa de la pobreza" en que hoy nos coloca el hecho de tener a prácticamente el 60% de la población menor en situación de pobreza. Es decir, si los futuros hombres del país transitan hoy las penurias del hambre y la privación, difícilmente puedan constituirse mañana como una fuerza laboral con el nivel de calificación que requiere el actual paradigma tecnológico que sitúa al conocimiento como la clave de los procesos productivos. Dicho de otro modo, no resolver hoy la pobreza en los menores traslada a futuro la vulnerabilidad presente por la vía de un deterioro de la productividad futura del trabajo. De esta manera, la pobreza de hoy garantiza mayor pobreza mañana.
La medida propuesta tendría un impacto directo en la reducción de la pobreza. La tasa de la pobreza pasaría del 38,5% al 32%. Es decir, implicaría una caída de la tasa del orden del 16,8% lo que significaría que 2.523.423 personas dejarán de ser pobres. (ver cuadro N º 6).
Tabla descriptiva
Del mismo modo la tasa de indigencia pasaría del 13,6% al 6%. Es decir, una caída de la tasa del orden del 56,2%, por lo que 2.986.290 personas dejarían de ser indigentes (ver cuadro N º 7)
Tabla descriptiva
Considerando las personas que dejan la situación de indigencia y las que dejan la situación de pobreza, la medida propuesta permite mejorar las condiciones de vida de 5.509.713 de argentinos.
Como da cuenta el cuadro Nº 8, los recursos disponibles permiten perfectamente financiar el costo neto de la medida descripta. Los recursos disponibles superan en $189,1 millones las necesidades de financiamiento de la medida. Queda claro entonces que instrumentar medidas concretas que busquen revertir la desigualdad, la pobreza y el hambre del país no tienen restricciones financieras sino que dependen de una decisión política comprometida con construir un futuro mejor.
Tabla descriptiva
Por lo expuesto es que solicitamos la aprobación de este Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES EMANCIPACION Y JUSTICIA
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA PARTIDO NUEVO CONTRA CORRUP. POR HONEST. Y TRANSP.
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
MAFFEI, MARTA OLINDA BUENOS AIRES ARI
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
DEPETRI, EDGARDO FERNANDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARAGIOLA, VILMA ROSANA BUENOS AIRES UCR
GODOY, JUAN CARLOS LUCIO ENTRE RIOS CONCERTACION ENTRERRIANA
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI
FERRO, FRANCISCO JOSE BUENOS AIRES UCR
BINNER, HERMES JUAN SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERRIGNO, SANTIAGO LA PAMPA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)