PROYECTO DE TP


Expediente 1106-D-2017
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE CONVIVENCIA SOCIAL CREACION EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Fecha: 23/03/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Título I
Disposiciones Generales
Creación.
Artículo 1°.- Créase el Programa Nacional de Convivencia Social en el ámbito de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación;
Objeto.
Artículo 2°.- La presente ley tiene por objeto el abordaje integral multidisciplinario y en red de las problemáticas relacionadas con: a) Aprendizaje escolar en los niveles inicial, primario y secundario; b) Bullying; c) Discriminación; d) Abandono y soledad de las personas Adultas Mayores; e) Violencia callejera; f) Relaciones familiares; g) Violencia de Familiar; a través de la implementación y puesta en funciones de Centros de Convivencia Social;
Desarrollo.
Artículo 3°.- Para la implementación de la presente ley:
a) Se desarrolla un Sistema Público de Salud Multidisciplinario, de acceso libre, gratuito y abierto a toda la comunidad;
b) Se capacita de forma constante y permanente a los agentes integrantes del Sistema Público de Salud Multidisciplinario;
c) Se coordina el accionar del Programa Nacional de Convivencia Social con las dependencias y áreas del Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia y otras relevantes para el abordaje intersectorial de las diferentes problemáticas detectadas y asistidas;
d) Se contribuye en la prevención y detección temprana de diferentes patologías, problemáticas socio sanitarias y otras enfermedades;
Título II
Sistema Público de Salud Multidisciplinario
Creación.
Artículo 4°.- Créase los Centros de Convivencia Social en Hospitales de cabecera y Centros de Salud de referencia de cada localidad en el territorio de la República Argentina;
Integración.
Artículo 5°.- Cada Centro de Convivencia Social estará integrado por un equipo Multidisciplinario, el cual contará con profesionales o docentes de las siguientes áreas: medicina general, psicología, psiquiatría, psicopedagogía, pediatría, mediación, sociología, trabajo social, seguridad, otros. En todos los casos, los profesionales acreditarán experiencia e idoneidad.
Funciones.
Artículo 6°.- Es responsabilidad de los Centros de Convivencia Social:
a) Evaluar las consultas que espontáneamente reciban de las/os pacientes, familiares, referentes;
b) Evaluar las consultas que son derivadas de otras instituciones de la comunidad o profesionales;
c) Brindar atención a través de los Equipos Multidisciplinarios, pudiendo realizar derivación y/o recomendar la asistencia o tratamiento por parte de otros profesionales, según la necesidad de cada situación en particular;
d) Solicitar la asistencia, colaboración o tratamiento por parte de otras instituciones o profesionales;
e) Posibilitar la capacitación permanente de las/os profesionales y técnicos integrantes de los Equipos Multidisciplinarios;
f) Realizar el seguimiento de cada caso o situación hasta el alta de/los paciente/s;
Acceso.
Artículo 7°.- El acceso a los Centros de Convivencia Social, integrantes del Programa Nacional de Convivencia Social es libre, gratuito y abierto a toda la comunidad y los pacientes permanecerán en tratamiento hasta que los integrantes del Equipo Multidisciplinario consideren que se ha cumplimentado de forma satisfactoria el mismo y/o por iniciativa de los participantes (de ser mayores de edad) y/o su grupo familiar;
Autoridad de Aplicación.
Artículo 8.- El Poder Ejecutivo Nacional designará a la autoridad de aplicación de la presente ley, quien tendrá bajo sus funciones:
a) Poner en funciones y monitorear el programa;
b) Evaluar resultados y proponer modificaciones;
c) Suscribir convenios con las autoridades de las diferentes jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
d) Suscribir convenios con las autoridades de Universidades Nacionales, Universidades Provinciales, Institutos Terciarios y Hospitales Públicos y Privados para el diseño de programas de capacitación para la conformación de Equipos Multidisciplinarios;
e) Coordinar acciones intersectoriales e interministeriales con el propósito de acercar el programa a la mayor cantidad de pobladores;
f) Desarrollar áreas de capacitación y docencia dentro de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación;
g) Acercar las áreas de capacitación y docencia a todas las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
h) Dar de baja a los Centros de Convivencia Social cuando no se cumplan los objetivos;
i) Redactar los protocolos, reglamentos, guías, recomendaciones y buenas prácticas propuestas para el funcionamiento del programa;
Título III
Disposiciones Finales
Presupuesto.
Artículo 9.- El Presupuesto General de la Nación preverá las partidas necesarias para cubrir las erogaciones correspondientes para la implementación de la presente Ley;
Reglamentación.
Artículo 10.- La presente ley será reglamentada en un plazo máximo de noventa (90) días;
Adhesión.
Artículo 11.- Invitase a los Gobiernos de Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Ley;
Artículo 12.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los problemas que enfrenta nuestra sociedad hoy en día son muchos. Unos más graves que otros, pero de igual modo nos está llevando a un deterioro. Los conflictos cada vez superan a las distintas opciones que podrían darnos una supuesta solución.
Entre los problemas que podemos enumerar aparecen:
1. Pobreza e Indigencia;
2. Guerras y Conflictos;
3. Calentamiento Global;
4. Problemas de la Salud;
5. Las Drogas y El Alcohol;
6. Violencia Intrafamiliar y Femicidio;
7. Homicidio y Suicidio;
8. Trata, Pornografía y Prostitución;
9. Economía familiar;
10. Otras.
Cuando comenzamos a pensar en enumerar conflictos que afectan a la sociedad global, no difieren demasiado de los problemas que atraviesa la sociedad argentina.
A través del presente programa, se pretende poner en funciones al Estado y llegar a todos los rincones del territorio nacional, a través de acciones directas y de seguimiento que permitan evaluar y crear estadísticas, pero lo que principalmente interesa, es la posibilidad que tendrán los habitantes de llegar a los Centros de Convivencia Social y poder expresar la problemática que los está afectando y comenzar a resolver el o los conflicto/s.
Los Centros de Convivencia Social, funcionarán en los Hospitales de referencia de las localidades y en los Centros de Atención Primaria de Salud o en el espacio que la comunidad posea para la realización de talleres multidisciplinarios donde cada uno de los participantes podrá expresarse libremente; siempre guiado por los profesionales encargados de formar parte de los equipos de salud.
Los adultos mayores encontrarán compañía y un oído para que los escuche, los niños con problemas en la escuela, podrán encontrar una solución y apoyo para la mejora de su situación, las personas con problemas familiares, encontrarán una guía para paliar su realidad, las personas con problemas de adicciones, comenzarán a encontrar una salida, los padres que se sienten superados por la crianza de sus hijos, encontrarán un apoyo para su situación, los violentos, irán mermando su agresividad, etc. A su vez, el equipo de profesionales multidisciplinario, a través de la evaluación y el seguimiento, podrá detectar patologías o problemáticas escondidas, las que saldrán a la vista con la aplicación de diferentes técnicas psicoanalíticas y de manejo de grupos.
Si bien estamos lejos de solucionar los problemas que afectan a la sociedad, estamos brindando una oportunidad de participación, desarrollo y aprendizaje para nuestra comunidad, y ponemos todos los mecanismos ministeriales y de servicio en torno a una inmensa red con el loable espíritu de acompañar y fortalecer la relación Estado-Sociedad.
De ésta inmensa red, participan todos los niveles de estado, el municipio o comuna, la provincia y la nación, articulando la funcionalidad y la comunicación de forma eficiente y de ésta manera, volver a construir la eficacia de un sistema social que ha sido desbastado por el asistencialismo sin control y falta de seguimiento.
Todos tienen la oportunidad de participar y formar parte del programa, y si bien pareciera una erogación importante de realizar, será una inversión a largo plazo, porque se apuesta a que cada habitante de ésta tierra, fortalezca su potencial y se sienta acompañado para salir adelante.
Un Estado presente, que otorgue herramientas, un Estado eficiente, sin asistencialismo, una sociedad que comience a cerrar heridas y se anime a dar ese gran paso que nos permita volver a construir una gran Nación.
Por todo lo expresado precedentemente, solicito a mis pares me acompañen con su firma.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROSSI, BLANCA ARACELI CORDOBA UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA