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PROYECTO DE TP


Expediente 1087-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA INTEGRACION DE NUESTRO PAIS AL "GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL SOBRE EL BLANQUEO DE CAPITALES - GAFI - Y DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA - UIF -".
Fecha: 21/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos que resulten competentes se expida sobre los siguientes puntos:
Si la Republica Argentina se encuentra adherida al Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el blanqueo de capitales (GAFI)
Si ha conformado el denominado GAFISUD
Fecha de incorporación a los citados organismos
Objeto para el cual nuestro país lo integra
¿Cuál es la dependencia del gobierno argentino encargada de gestionar ante esos organismos?
Si fueron recibidas las denominadas "40 recomendaciones" emanadas de dicho organismo, debiendo indicar fecha de recepción
Grado de cumplimiento de cada una de las recomendaciones, debiendo indicar organismos y funcionarios a los que se encomendó su cumplimiento y estado actual de cada tramitación
Si el Poder Ejecutivo se encuentra expresamente en desacuerdo con alguna de las recomendaciones, debiendo indicar cual de ellas y fundamentos
Si el GAFI formuló reclamos al estado argentino expresando su malestar por distintos incumplimientos.- En su caso, remita fotocopia autenticada de las misivas recibidas y sus respuestas.-
Fecha de las reuniones formales del GAFI con funcionarios argentinos, debiendo informar agenda tratada y funcionarios intervinientes.
Si se ha realizado alguna evaluación por organismos internacionales del estado del país en lo que a represión del lavado de dinero y financiamiento de terrorismo se refiere y en su caso, remita los informes producidos
¿Cuáles acciones efectivas de cooperación entre los organismos estatales para compartir información que pudiera vincularse con estrategias de lavado de dinero se han desarrollado?.
Como se ha instrumentado la Unidad de Información Financiera (UIF), debiendo remitir su organigrama y presupuesto asignado.
Remita nómina de autoridades del organismo y su Consejo Asesor.
Informe la situación de revista del personal
Informe si la situación de revista del personal fue materia de cuestionamiento por el GAFI, debiendo remitir en su caso notas recibidas e informes producidos.
¿Cuáles fueron los criterios para la elección de autoridades y Consejo Asesor de la UIF?.
Si está en conocimiento de las denuncias recibidas por la UIF desde el periodo 2003/2009 y en caso afirmativo, remita nómina, organismos denunciantes y estado de la investigación.
Nomina de técnicos designados en el análisis de los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), y fundamentos de cada designación.
¿Cuales son las "facultades de inspección" sobre entidades bancarias, compañías de seguros y demás organizaciones sospechosas con las que cuenta?.
Si dichas facultades son suficientes a criterio del GAFI y recomendaciones recibidas al respecto
Cantidad de sumarios incoados con motivo del presunto incumplimiento de reportar operaciones sospechosas, con indicación de las entidades que fueran investigadas y motivo de la averiguación.
Si se han aplicado sanciones a entidades obligadas de reportar operaciones sospechosas, y en su caso cuales, debiendo informar las entidades sancionadas y los números de sus respectivos expedientes.
Si el gobierno nacional recibió del GAFI un cuestionario de 120 criterios , fecha de recepción, respuesta enviadas y si obtuvo alguna consideración por parte del GAFI a su respecto.
Informe sobre cantidad de procedimientos por infracción a la ley 25.246 fueron sustanciados desde su sanción, de los que tenga conocimiento.
Si ha recibido comunicaciones respecto de condenas dictadas con motivo de infracciones a la ley 25.246, debiendo indicar número de causa, Carátula y órganos judiciales intervinientes.
Toda otra información vinculada con la prevención al lavado de activos a traves del sistema financiero que cuenten en sus archivos y que pueda ilustrar a esta H. Cámara sobre tan delicada circunstancia

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Constituye una tarea primordial del estado velar por la transparencia en todo lo que respecta a transacciones económicas, y combatir de manera intransigente las actividades delictivas que tienen vinculación con el lavado de dinero. Cabe recordar que el lavado de dinero es el proceso en virtud del cual los bienes de origen delictivo se integran en el sistema económico legal con la apariencia de haber sido obtenidos de forma lícita.
La ley 25.246 tiene como propósito brindar un marco normativo que permita perseguir y castigar a los sujetos que se encuentren implicados en el lavado de dinero y blanqueo de capitales. Mediante la misma, se creo la Unidad de Información Financiera (UIF), la cual funciona con autarquía funcional en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La UIF es el nexo entre el sector privado y la justicia. Ésta necesariamente tiene que disponer de toda la información existente en los diversos organismos de la Administración Pública, para así hacer un detallado análisis de una operación sospechosa y en caso de no poder comprobar la licitud de esa operación, transmitirla al Ministerio Público o a la Justicia para iniciar la investigación jurisdiccional correspondiente. Los resultados son efectivos en la medida que la UIF tenga una buena relación con las instituciones financieras, y que éstas se involucren y colaboren con el objeto de la ley
Del "informe de evolución mutua sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo" aprobado en Junio de 2004 por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) surge la preocupación con referencia a las tareas desempeñadas por el Poder Ejecutivo, y mas específicamente por la Unidad de Información Financiera en lo que respecta a la persecución y castigo del lavado de dinero. Del mismo se desprende una escasa profundidad en las tareas desarrolladas por este organismo (UIF), y una coordinación deficiente entre los organismos estatales en lo que respecta a la persecución de este tipo de delitos; lo que implicaría una falta de compromiso por parte del Poder Ejecutivo en la lucha contra la actividad delictiva y la corrupción.
Informes periodísticos a nivel nacional manifiestan inquietud por la situación en la que se encuentra nuestro país en lo que respecta al lavado de dinero. De ser veraz la información manifestada por estos medios gráficos, en cuanto a la omisión del gobierno en la persecución contra el blanqueo de capitales, el Poder Ejecutivo no solo vulneraria su obligación de perseguir las actividades vinculadas a dicho delito, sino que también colocaría a la Republica Argentina en una situación de incumplimiento frente a las recomendaciones establecidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y a partir de ello nuestra Nación quedaría sometida por ejemplo a la recomendación 21 de dicho organismo, la cual sugiere a la comunidad internacional "prestar especial atención a las relaciones comerciales y operaciones con personas, incluidas las empresas e instituciones financieras, de países donde no se aplican las recomendaciones del GAFI o no se las aplica suficientemente".
Por lo expuesto es que considero conveniente conocer la veracidad o no de la información reseñada, y determinar a partir de ello cual es la situación en la que se encuentra nuestro país en lo que respecta a la lucha contra el lavado de dinero.
El presente proyecto tiene como antecedente el expediente 2540-D-1010 de autorìa del suscripto y acompañado por la firma de sus colegas Cusinato, Giubergia y Forte.-
Solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
08/11/2011 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones