PROYECTO DE TP


Expediente 1076-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REGLAMENTAR LA LEY 25891, DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES MOVILES.
Fecha: 19/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que por intermedio de la Secretaría de Comunicaciones reglamente la ley 25.891 (Servicios de Comunicaciones Móviles) que regula la comercialización de teléfonos celulares y crea el Registro Público Nacional de usuarios y clientes de servicios de comunicaciones móviles.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 28 de abril de 2004, el Congreso de la Nación sancionó la Ley N° 25.891, norma la cual regula la comercialización de teléfonos celulares y crea el Registro Público Nacional de usuarios y clientes de servicios de comunicaciones móviles.
Los celulares son una importante herramienta para las bandas de crimen organizado, el día 11 de febrero del corriente año el área División Subtes de la Policía Metropolitana realizó una serie de allanamientos en nueve locales en el barrio porteño de Balvanera, durante los que secuestró equipos celulares provenientes de robos valuados en 1.500.000 de pesos.
Según un informe de la Cámara de Agentes de Telecomunicaciones Móviles de Argentina (Catema) en el país se roban unos 6000 teléfonos por día y el 60% de ellos corresponde al robo en locales comerciales.
Esta modalidad de delito fue creciendo en paralelo al furor de la utilización de redes sociales y mensajería gratuita, no podemos dejar de lado que algunos hechos concluyen con lesiones físicas e incluso la muerte.
El 35% de las víctimas de teléfonos celulares son chicos y adolescentes, ocurren en la entrada o salida de la escuela, otro lugar elegido por los delincuentes para robar los equipos son los colectivos.
En la actualidad, los teléfonos celulares que están denunciados y dados de baja por robo, hurto o extravío, pueden reactivar y reutilizar en minutos, pudiendo conseguirlos en kioscos, locales comúnmente llamados cuevas, dentro del transporte público e incluso existen promociones donde las empresas regalan estos chips, permitiendo el uso de aparatos que han sido robados luego de ser activados.
La Ley 25.891 en su articulado establece que la comercialización de servicios de comunicaciones móviles podrá realizarse, únicamente, a través de las empresas legalmente autorizadas para ello, quedando prohibida la actividad de revendedores, mayoristas y cualquier otra persona que no revista ese carácter. Las empresas que comercialicen equipos o terminales móviles, deberán registrar y sistematizar los datos personales, filiatorios, domiciliarios, que permitan una clara identificación de los adquirentes
Asimismo, la norma obliga a los licenciatarios de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) a establecer e intercambiar entre sí, juntamente con la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), en forma diaria, el listado de terminales robadas, hurtadas o
extraviadas informadas por sus clientes; negarse a otorgar servicio a quien lo solicitare mediante la utilización de terminales incluidas en el registro o base de datos creado a tal efecto; prever mecanismos tendientes a proporcionar, de manera inmediata, a toda hora y todos los días del año, sin cargo para el Estado, la información contenida en este registro ante requerimiento cursado por el Poder Judicial y/o el Ministerio Público.
Establece para los clientes de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) la obligación de denunciar en forma inmediata a las empresas licenciatarias que les presten servicio, las pérdidas, robos o hurtos de sus terminales móviles.
La ley 25.891 es significativa para minimizar el robo de dispositivos móviles, es por ello que solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MAJDALANI, SILVIA CRISTINA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)