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PROYECTO DE TP


Expediente 1047-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA REGLAMENTACION DE LA LEY 26485, DE PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES.
Fecha: 16/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo a los fines de solicitarle informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación respecto de los siguientes temas:
1º.- Con motivo de haberse cumplido mas de una año de la sancionada "LEY DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES", Nº 26.485 llamada Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, informe a esta Honorable Cámara si se ha procedido a reglamentar dicho cuerpo legislativo. En su caso, informe número de decreto reglamentario de la misma o en su defecto, estado en que se encuentra tal reglamentación.-
2º.- En caso de encontrarse vigente la reglamentación, informe si aparece contemplada en el Presupuesto para el ejercicio 2010 la partida presupuestaria necesaria para la implementación de la ley en cuestión.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por medio del presente, esta Honorable Cámara solicita informe cuales son los medios arbitrados por el Poder Ejecutivo Nacional a fines de reglamentar, por medio del Consejo Nacional de la Mujer, el cual se encuentra bajo su dependencia, para la reglamentación de la ley Nº 26.485 - "LEY DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES".
Preocupa sobremanera, el reciente publicado de una nota periodística de un diario de circulación nacional, por el cual se pone de manifiesto que la ley de Violencia de Género, no es aplicada, vale decir reglamentada, por falta de presupuesto.
Cabe señalar, que nuestro país ha avanzado de manera positiva en los temas relacionados a legislación sobre todo tipo de violencia contra la mujer, que fueran sancionadas por esta Honorable Cámara, además del que se menciona, en concordancia con los tratados internacionales como lo es la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Razón por la cual, queda de manifiesto, que dentro de las políticas públicas, el tema de la Mujer, no es sinónimo de premura.
Por otra parte, otra de las noticias que preocupan, es que por mas que hagamos todo lo necesario y suficiente para la implementación de esta ley, lo cual conlleva su aplicabilidad, no estarían previstos los fondos para su operatividad, toda vez que dentro del presupuesto 2010, no hubo una partida presupuestaria a tal fin.-
Para finalizar, es dable destacar que proyectos como los presentados y que son de mi autoría como lo es el proyecto sobre "Acción de Habeas Norma" bajo el Nº 43-D-10, el cual originalmente fue presentado en el año 2006, vale decir, hace mucho tiempo que venimos promoviendo la idea de sancionar una ley que contemple y arbitre herramientas necesarias a los ciudadanos que se vean afectados ante la falta de reglamentación de una ley, a que se pueda interponer una acción de habeas norma ante tal incumplimiento por parte del Poder Ejecutivo, con el objeto de proteger los derechos constitucionales o legales que no puedan ser ejercidos por falta de una norma reglamentaria que lo torne operativo.-
Por las razones expuestas, solicito a mis pares me acompañen en esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
BRILLO, JOSE RICARDO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)