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PROYECTO DE TP


Expediente 0989-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL ESTADO OPERATIVO ACTUAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL.
Fecha: 19/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo de la Republica Argentina, que a través de los órganos competentes, y respetando el inciso 4, Art.33 de la Ley 25.520, brinde un informe detallado sobre diversas cuestiones relacionadas con el estado operativo actual de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal.
a) Informar el presupuesto y correspondiente ejecución del área en los años fiscales 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008.
b) Detallar la cantidad de provincias que han remitido información de acuerdo al Art. 8 del Decreto 950/2002, reglamentario de la Ley 25.520.
c) Informar con que regularidad se realiza el envío de dicha información por parte de las provincias.
d) Informar con que regularidad el Servicio Penitenciario Federal envía información pertinente a la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, de acuerdo a la resolución 2369/2008 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
e) Informar la cantidad de personal afectado a la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal.
f) Informar el estado operativo actual de la Red Unificada de Inteligencia Criminal.
g) Informar el grado de cooperación con el resto de los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional -la Secretaría de Inteligencia y la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


De acuerdo al la Ley 25520, Art.2, inciso 3, se entiende por Inteligencia Criminal a la parte de la Inteligencia referida a las actividades criminales específicas que, por su naturaleza, magnitud, consecuencias previsibles, peligrosidad o modalidades, afecten la libertad, la vida, el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.
Los grupos criminales organizados que actúan en el territorio de la republica, no distinguen fronteras interiores ni exteriores. En estas condiciones se torna imprescindible la explotación de la inteligencia criminal no solo como elemento de represión del delito, sino también como disuasor de las actividades de los grupos criminales organizados.
Uno de los objetivos de la criminalidad organizada reside en la producción y venta de drogas ilegales. Es menester de este análisis recordar que en nuestro país, no se han encontrado plantaciones considerables de marihuana ni opiáceos. Tampoco es posible cultivar plantas de coca plausibles de ser utilizadas en la producción de clorhidrato de cocaína. Sin embargo, de acuerdo a un reciente informe de las Naciones Unidas, la Argentina es el primer país
de América latina en consumo de cocaína y el segundo de todo el continente, detrás de los Estados Unidos.
Asimismo, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ha informado a la ciudadanía que en los primeros seis meses de 2008, el secuestro de cocaína y "paco" en la Provincia de Buenos Aires se cuadriplicó en relación a igual período de 2007. En este tiempo, la Policía incautó 1.153 kilos de cocaína, mientras que el año pasado habían sido 262 kilos. Y las dosis de paco decomisadas fueron 35.035, contra 7.822 del primer semestre anterior.
El reciente descubrimiento de operaciones de importantes "carteles de la droga" en nuestro país, tal como es el caso del Cartel de Sinaola , El Cartel de la Cordillera y el Cartel Peruano, confirman este crecimiento del narcotráfico en nuestro país. Las ejecuciones de ciudadanos Colombianos por parte de sicarios, confirman esto último.
Similar es la importancia de la información contra el terrorismo internacional. En 1992 y 1994 nuestro país fue victima de sendos ataques del terrorismo internacional que provoco la muerte de decenas de ciudadanos argentinos tras la detonación de explosivos. En 2001, el terrorismo internacional demostró, tras el ataque a las Torres Gemelas y el Pentágono, que la utilización de medios aéreos podía ser otro de los medios mediante los cuales realizar ataques.
De acuerdo a la Ley 25.520 de 2001, Art.9, se crea la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, la cual tiene como función primordial la producción de Inteligencia Criminal. Sin perjuicio de lo anterior, la realidad expuesta inobjetablemente por lo medios de comunicación nacionales, indicaría que no se están realizando todos los esfuerzos necesarios para combatir este flagelo que afecta seriamente el monopolio estatal de la fuerza dentro de su territorio, condición básica sin la cual se ve afectada seriamente la soberanía nacional.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BURZACO, EUGENIO BUENOS AIRES PRO
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES UNION CELESTE Y BLANCO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)