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PROYECTO DE TP


Expediente 0972-D-2011
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA SITUACION DE DETERIORO QUE SUFRE ACTUALMENTE EL MONTE DE LOS OMBUES, UBICADO EN LA CIUDAD DE VICTORIA, PROVINCIA DE ENTRE RIOS.
Fecha: 17/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Preocupación por la situación de deterioro que sufre actualmente el Monte de los Ombúes, ubicado en la ciudad de Victoria, provincia de Entre Ríos.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La República Argentina es uno de los países con mayor cantidad de eco-regiones y por ello cuenta con parques y reservas naturales que pertenecen al Estado Nacional Argentino y a las jurisdicciones provinciales y municipales.
Sobre este concepto, la Constitución Nacional, en su Artículo 41, expresa: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales".
A su vez, la Ley Nacional 25.675, sancionada el 6 de noviembre de 2002 y promulgada parcialmente el 27 de Noviembre del mismo año establece principios de la política ambiental que, según su artículo 5º, deberán cumplir los distintos niveles de gobierno a la hora de tomar decisiones y llevar a cabo actividades de carácter ambiental.
Dentro de estos principios encontramos el Principio de prevención, a partir del cual, se establece que las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir; y el Principio de equidad intergeneracional, en base al cual se determina que los responsables de la protección ambiental deberán velar por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y futuras. Además, se instituye el Principio de sustentabilidad, donde se fija que el desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.
Concretamente, en la legislación provincial entrerriana, queda plasmado en el Artículo 83 de la Nueva Constitución, sancionada en el año 2008, la obligación por parte del Estado provincial de garantizar "la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad", principios determinados en la mencionada Ley de Presupuestos Mínimos. Más específicamente, el Artículo 85 dictamina: "El Estado asegura la gestión sustentable y la preservación de los montes nativos, de las selvas ribereñas y de las especies autóctonas, fomentando actividades que salvaguarden la estabilidad ecológica. El propietario de montes nativos tiene derecho a ser compensado por su preservación".
El 17 de julio de 2001 se sancionó la Ley provincial Nº 9341, mediante la cual se crea como Reserva Natural Manejada o Santuario de Fauna y Flora, el denominado "Monte de los Ombúes". La definición de "Reserva Natural Manejada o Santuario de Fauna y Flora" está fijada por la Ley Nº 8967, sancionada el 15 de noviembre de 1995, mediante la cual se creó el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas. En su artículo 22 establece que "reserva natural manejada o santuario de fauna y flora todo lugar o hábitat específico cuya protección resulte indispensable para mantener la existencia o la condición de especies o variedades silvestres determinadas, de importancia nacional o provincial". Y en el Artículo 23, habilita la manipulación del ambiente para crear las condiciones óptimas de vida en las especies a proteger.
El Monte de los Ombúes, ubicado en las afueras de la ciudad entrerriana de Victoria, al pie del Parque del Cerro de la Matanza, es, debido a lo extraordinario de su formación boscosa, un atractivo notable que resulta una rareza mundial con 40 ejemplares de más de 400 años. Asimismo tiene una riqueza histórica innegable, en tanto que a mediados del siglo XVIII, se libraron batallas en las que minuanes, chanáes, timbúes y charrúas resistieron la conquista hasta su exterminio.
Su rareza botánica lo convierte en el segundo de su tipo en el mundo. Lo extraordinario de este monte reside en el hecho que el Ombú es un árbol, o más bien una hierba gigante que, tal como se nos aparece en las llanuras pampeanas, crece en soledad, en forma aislada. Sin embargo en este sitio, por su suelo y su clima, o quizás por un capricho de la naturaleza, una enorme cantidad de estos árboles conforman un monte incomparable.
A pesar de conjugar importancia natural, curiosidad científica, cualidades estéticas y relevancia histórica, el Monte de los Ombúes, uno de los atractivos naturales más asombrosos que posee la ciudad de Victoria, y nuestro país, está en riesgo. Varios ejemplares están desapareciendo, tal como lo viene denunciando públicamente la ONG "Movimiento Juvenil Ombú", de la ciudad mencionada.
Según explica Laureano Bruno, miembro de la citada ONG: "El problema está en la falta de mantenimiento del bosque. En el lugar se pueden observar animales muertos, residuos no degradables, restos de combustibles y por sobre todo, exceso de personas en el lugar por la cercanía del autódromo. Estas, son solo algunas de las causas que impiden la reproducción de nuevas especies".
En noviembre de este año, el Ing. Agrónomo Rafael Alberto Sabattini, profesor titular de la cátedra "Ecología. Sistemas Agropecuarios" de la facultad de Ciencias Agrarias de la UNER (Universidad Nacional de Entre Ríos) visitó junto a su grupo de trabajo el área en conflicto. Fue invitado por Ana María Silva, directora del Instituto Superior del Profesorado "San Benito" situado en la ciudad de Victoria. En virtud de la visita, señaló las actividades a desarrollar en vías de planificar un Manejo de la Reserva para su futura elevación al Gobierno Provincial. (Ver Anexo). En palabras del Ing. Sabattini: "El plan de manejo elaborado por nuestra cátedra plantea algunos ejes, a nuestro criterio fundamentales para el saneamiento del monte. Básicamente; zonificar el área, inventariar todas las especies vegetales, numerar los ombúes, limpiar y mantener el área delimitada y por último, iniciar la plantación de ejemplares en los claros faltantes. Una aclaración, este Plan no tiene ninguna posibilidad de implementarse correctamente sino cuenta con el seguimiento y control de personas o entidades de la ciudad ".
Cabe acotar que, en lo relativo a esta cuestión existe legislación municipal que, en procura de darle una solución definitiva a esta problemática, fue sancionada por el Concejo Deliberante en los años 1987, 1990 y 1991: La ordenanza municipal Nº 545/87 en su artículo 2 le da al Victoria Auto Club la concesión de ese lugar a la vez que lo faculta a "(...) parquizar, conservar y reponer los árboles del Monte de los Ombúes". La ordenanza Nº 884/ 90, establece en su artículo 3 en relación al cuidado del Monte de los Ombúes, que se debe "realizar un justo cercado para el mantenimiento a efecto de la preservación, mantenimiento y limpieza a cargo del Personal de maestranza del municipio". Por último, la ordenanza Nº 987/91 prohíbe la extracción y poda y ordena al vivero municipal acelerar la multiplicación de la especie, quedando a cargo de un técnico especializado en la materia.
Es responsabilidad provincial y municipal cuidar, mantener y procurar que actuales y futuras generaciones puedan disfrutar de esta Reserva Natural Manejada o Santuario de Fauna y Flora.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que acompañen el presente Proyecto de Declaración.-
Proyecto

ANEXO

ANEXO
Plan de manejo elaborado por el Ing. Rafael Sabattini.
1.- Realizar una caracterización general del área para zonificar su estado.
2.- Cartografía vegetal, indicando especies, estado y densidad.
3.- Identificar los individuos de Ombúes, con números.
4.- Iniciar actividades de limpieza del material muerto caído (dejar probablemente algunos muy pocos individuos de Ombúes de los caídos).
5.- Reducir mogotes de Tala y Sarandíes, dejar áreas más laxas.
6.- Reducir al mínimo la colonización de duraznillo negro.
7.- Dezmalezar el predio para mantener pasto.
8.- Podar los individuos que sean necesarios de ombúes, mantener vástagos nuevos. Obviamente además de los adultos.
9.- Iniciar a posteriori, la plantación de ejemplares en los claros faltantes.
Lo indicado, de 1 a 3, se podría ejecutar en conjunto en la facultad. y el Instituto Superior del Profesorado "San Benito" (celebrar Convenio de Colaboración y evaluar costos).
Del punto 4 a 9 supervisado por la facultad., luego de la evaluación establecer protocolos de trabajo, tiempos, fechas y cronograma. La idea es trabajar con motosierras/motoguadañas y desmalezadora de arrastre.
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR ENTRE RIOS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION SOBRE TABLAS (PLAN DE LABOR) (AFIRMATIVA) 13/04/2011
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 13/04/2011 APROBADO