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PROYECTO DE TP


Expediente 0967-D-2014
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS (LEY 20628): MODIFICACION DEL ARTICULO 23, SOBRE GANANCIAS NO IMPONIBLES Y CARGAS DE FAMILIA.
Fecha: 19/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1.- Sustitúyense los incisos a) y b) y el primer párrafo del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias T.O. 1997 y sus modificaciones, por los siguientes:
GANANCIAS NO IMPONIBLES Y CARGAS DE FAMILIA-
Artículo 23: Las personas de existencia visible tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas:
a) en concepto de ganancias no imponibles la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000.-) siempre que sean residentes en el país;
b) en concepto de cargas de familia siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año entradas netas superiores a PESOS VEINTICINCO MIL PESOS ($25.000.- ), cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto:
1) PESOS VEINTISIETE MIL ($27.000.-) anuales por el cónyuge;
2) PESOS DOCE MIL QUINIENTOS ($12.500.-) anuales por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo;
3) PESOS NUEVE MIL ($9.000.-) anuales por cada descendiente en línea recta (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta) menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo; por cada ascendiente (padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra); por cada hermano o hermana menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo; por el suegro, por la suegra; por cada yerno o nuera menor de VElNTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo.
Las deducciones de este inciso sólo podrán efectuarlas el o los parientes más cercanos que tengan ganancias imponibles.
c) en concepto de deducción especial, hasta la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000.-) cuando se trate de ganancias netas comprendidas en el artículo 49, siempre que trabajen personalmente en la actividad o empresa y de ganancias netas incluidas en el artículo 79.
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sin perjuicio de saber que una reforma fiscal y tributaria profunda nos debemos y que se deberá plantear, la iniciativa que en esta instancia defiendo, se funda en la necesidad de la suba del tope salarial a partir del cual se paga el impuesto a las Ganancias, en virtud de que ello beneficiará a nuestros asalariados, mejorando su poder adquisitivo.
El presente proyecto de ley, tiene por finalidad actualizar los montos de las deducciones, aumentando los mínimos no imponibles.
Con esta modificación al Capítulo IV de la Ley de Impuesto a las Ganancias -texto ordenado por Decreto 697/97- referido a las ganancias de Cuarta Categoría, propicio mejorar el salario de los trabajadores, elevando en más del cincuenta por ciento las deducciones de ganancias y en un treinta por ciento las cargas de familia.
Los sindicatos, en negociaciones colectivas, intentan acordar aumentos en paritarias para los trabajadores, en ese marco, considero que el ajuste de la base del impuesto, contribuiría a sellar los acuerdos.
Al no ajustarse el mínimo no Imponible, muchos asalariados que no estaban alcanzados por el impuesto, al percibir próximamente el aumento salarial acordado en paritaria pasaran a pagar el impuesto en cuestión y los que ya pagaban deberán pagar más.
Señor Presidente, respecto a los ingresos que dejaría de percibir el Estado, considero que la gran masa salarial se volcará al consumo, uno de los pilares de nuestro proyecto político económico, y de esa manera se desarrollará el efecto multiplicador hacia distintas áreas del proceso productivo, tributando otros impuestos.
Por lo expuesto, entendiendo que las modificaciones propuestas implicará una continuidad de la política del proyecto político nacional y popular con inclusión social y desarrollo económico-industrial-científico e integración regional, que tiende a lograr una sociedad más justa e inclusiva, y en virtud de ello, solicito a mis pares acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LEVERBERG, STELLA MARIS MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)