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PROYECTO DE TP


Expediente 0949-D-2010
Sumario: RENDIR HOMENAJE A LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1949, EN CONMEMORACION DE LOS LXI AÑOS DE SU SANCION EL DIA 11 DE MARZO DE 2010.
Fecha: 12/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Rendir Homenaje a la Reforma Constitucional de 1949, en conmemoración de los LXI años de su Sanción el día 11 de marzo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Constitución Argentina de 1949 fue una reforma realizada a la Constitución en ese año, durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón (1946-1952).
El objetivo de la reforma era triple: en cuanto al aspecto político, se pretendía asegurar y reforzar el régimen republicano a través de la supresión de la oligarquía para poner en manos de pueblo en forma directa las decisiones y el gobierno, afianzar el sistema representativo gracias a la eliminación del fraude que caracterizó al período previo al gobierno de Perón, y reafirmar el régimen federal. Permitía la reelección presidencial y constituía también a la Suprema Corte de Justicia como un Tribunal de Casación no solamente desde lo político, sino también, y sobre todo, desde lo económico. Respecto a este último aspecto, se proponía asegurar el bienestar y la prosperidad del pueblo argentino mediante la independencia económica, suprimiendo el sistema capitalista de explotación y reemplazándolo por una economía social, y eliminando el abuso de la propiedad, que permite la destrucción de los bienes sociales, reafirmando la función social de la propiedad. Y en lo social, buscó establecer un régimen justo y humano, donde la cooperación reemplazase a la lucha, asegurando los derechos del trabajador y el acceso a la cultura y a la ciencia a todos los argentinos.
La Constitución de 1949 fue derogada luego del golpe de estado del 16 de Septiembre de 1955, por una proclama del gobernante militar de facto, mediante el Decreto 229/56.
Las principales reformas incorporadas, incluían los derechos del trabajador, la familia y la ancianidad, el derecho a la propiedad privada con una función social y el capital al servicio de la economía nacional. Por el artículo 40 se nacionalizaban los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas y las demás fuentes de energía, exceptuando los vegetales. Nacionalizaba también, los servicios públicos y prohibía su enajenación o concesión a particulares.
Los convencionales constituyentes de 1949 pertenecieron al peronismo, que obtuvo la mayoría, y al radicalismo que obtuvo, la minoría.
El peronista Arturo Sampay, es considerado unánimemente como el padre de la Constitución de 1949; insistía en un concepto importante: la reforma constitucional buscaba entre uno de sus objetivos básicos promover la participación del Estado en la economía, pero con un sentido complementario y supletorio de la actividad privada. Reclamaba Sampay un Estado Interventor pero:
"como poder supletivo e integrador, para afirmar un orden positivo, restituyendo o asegurando al hombre la libertad necesaria a su perfeccionamiento".
Pasaron los años y en 1957 la Convención Constituyente reunida en Santa Fe, por presión del presidente de la UCRP (Unión Cívica Radical del
Pueblo), Crisólo Larralde, sancionó lo que luego sería el artículo 14 bis, o artículo 14 nuevo de la Constitución Nacional, que establece los derechos del trabajo.
Este artículo muestra a las claras cuales eran las bases del justicialismo instauradas por el general Perón.
Por todo lo dicho, y por la esencia de esta reforma, considero que todo argentino, debe recordarla con orgullo; por eso pido a mis pares me acompañen en la aprobación de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SALIM, JUAN ARTURO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LABOR PARLAMENTARIA (Primera Competencia)