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PROYECTO DE TP


Expediente 0909-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES Y EL TRATAMIENTO DE LOS ADICTOS DENTRO DE LOS SERVICIOS PENITENCIARIOS FEDERALES.
Fecha: 16/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo, que a través de las autoridades competentes informe todas las cuestiones relacionadas con el consumo de estupefacientes dentro de los servicios penitenciarios federales y a su vez el tratamiento de los adictos dentro de los mismos:
¿Se ha realizado un relevamiento para conocer cómo es que se logra ingresar distintas drogas a las unidades carcelarias? En caso negativo explique detalladamente los motivos.
Determine; - ¿Cuál es el control que realiza el personal del servicio penitenciario hacia los familiares de los reclusos en sus visitas? ¿Cuáles son dichos controles?
¿Qué métodos tecnológicos o recursos humanos son utilizados por parte del servicio penitenciario para requisar a los reclusos o sus familiares antes del ingreso a cada unidad penitenciaria?
¿Se ha realizado un relevamiento para saber cuántos reclusos son adictos a los estupefacientes dentro de las unidades carcelarias? En caso afirmativo discriminen; por provincia, por sexo, por edad y por delito. En caso negativo, explique los motivos
¿Se ha realizado un relevamiento para determinar qué tipo de estupefacientes se consumen? En caso afirmativo, indique resultados. En caso negativo, explique los motivos.
¿Se ha realizado un relevamiento para saber la cantidad de adictos por unidad carcelaria dentro de todo el país? En caso afirmativo, explique cuál es el tratamiento que se realiza con ellos.
Se ha realizado un relevamiento para saber cuáles son las unidades penitenciarias más afectadas? Discrimine por provincia, edad y sexo. En caso afirmativo, indique cuales. En caso negativo, explique los motivos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El flagelo de la droga se encuentra instalado en los Servicios Penitenciarios de nuestro país .El dato surge después de las falencias detectadas en una visita a la cárcel encabezada por varios estamentos judiciales, quienes a fines de sanear la situación, elevaron un informe hacia el Ministerio de Gobierno, manifestando tales deficiencias.
Las causas que ingresaron al Tribunal Federal por tenencia de Drogas, según datos aportados por el representante del ministerio público, "son más de 100", aunque algunas de ellas prescribieron y otras se archivaron, porque tienen más de dos años".
Aunque la mayoría de las causas por comercialización han sido elevadas a juicio y aún hay otras que se están tramitando, una de las principales causas en el archivo de las mismas se debe a la lentitud con la que se procede en muchos de estos casos.
Una de las particularidades de las causas es que la mayoría de las imputaciones recaen sobre internos que fueron procesados por la Justicia común, y no aquellos sobre quienes pesan condenas emitidas desde el Tribunal Federal.
Sumado a la problemática que no trae narcotráfico, más la presencia de estupefacientes dentro del sistema carcelario, se suma un reciente fallo de la Sala II de la Cámara de CasaciónPenal , que no deja de sorprender y nos muestra una realidad preocupante que padece nuestro país.
Dicha Sala que tiene un largo historial de anulaciones de condena de narcotráfico,volvió a pronunciarse sobre un tema relacionado al uso de drogas ilegales. En esta oportunidad, entendió que la tenencia de estupefacientes para consumo personal por parte de un preso dentro de una cárcel no es delito.
El fallo corresponde a la reafirmación de una sentencia de una instancia anterior que sobreseyó a tres reclusos que fueron sorprendidos con marihuana.
El tribunal equiparó así un criterio sustentado por la Corte Suprema.
El fallo, suscripto por los jueces Alejandro Slokar y Angela Ledesma, sostuvo que "la circunstancia de que la tenencia de estupefacientes para consumo personal esté dirigida a una persona detenida en un establecimiento penitenciario, no implica por sí solo que se haya producido un daño a bienes o derechos de terceros".
"La titularidad de derechos no se detiene frente a los muros de los establecimientos carcelarios", indicaron los dos jueces en su voto mayoritario.
El tribunal rionegrino que había fallado en primer término había considerado que "las personas privadas de la libertad, si bien al encontrarse alojadas en una unidad penitenciaria se les restringen determinados derechos, no conlleva la cancelación de todos y cada uno de ellos".
Slokar y Ledesma reafirmaron que por "la cantidad de droga que tenía en su poder el imputado y el lugar donde la tenía guardada, es inequívoco que la sustancia estaba destinada a satisfacer su propio y exclusivo consumo". Y agregaron que "de modo que aun cuando el hecho se haya realizado en el ámbito de una unidad penitenciaria en la que se encuentra detenido, no se advierte que sólo por eso se pueda sostener que ha provocado el peligro concreto o el daño a derechos o bienes de terceros que habilitaría eventualmente un reproche penal", añadieron.
Elena Catucci, tercera integrante de la sala, discrepó con esa postura. A su entender, "la conducta que se investiga ha trascendido el ámbito privado protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional". Postura a la que indudablemente me adhiero.
Por todas estas razones, invito a los señores diputados a acompañar el presente proyecto.
Fuente: www.Infobae.com
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)