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PROYECTO DE TP


Expediente 0886-D-2010
Sumario: LEY 23928 DE CONVERTIBILIDAD: MODIFICACIONES, SOBRE USO DE LAS RESERVAS DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Fecha: 11/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Modificación Ley de Convertibilidad
Artículo 1°. Sustitúyase el artículo 4° de la Ley 23.928, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4°. En todo momento, las reservas del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA en oro y divisas extranjeras serán afectadas al respaldo de la base monetaria. Cuando las reservas se inviertan en los depósitos, otras operaciones a interés, o a títulos públicos nacionales o extranjeros pagaderos en oro, metales preciosos, dólares estadounidenses u otras divisas de similar solvencia, su cómputo a los fines de esta ley se efectuará a valores de mercado."
Artículo 2°. Sustitúyase el artículo 5° de la Ley 23.928, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5°. El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA deberá reflejar en su balance y estados contables el monto, composición e inversión de las reservas, por un lado, y el monto y composición de la base monetaria, por otro lado."
Artículo 3°. Sustitúyase el artículo 6° de la Ley 23.928, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 6°. Los bienes que integran las reservas mencionadas en el artículo anterior constituyen prenda común de la base monetaria, son inembargables, y pueden aplicarse exclusivamente a los fines previstos en la presente ley. La base monetaria en pesos está constituida por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en cuenta corriente o cuentas especiales."
Artículo 4°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Ley persigue modificar la Ley 23.928 de convertibilidad, a fin de volver a la legislación anterior al dictado del decreto 1599/2005, posteriormente ratificado por Ley 26.076.
El Decreto 1599/2005 modificó los artículos 4°, 5° y 6° de la Ley 23.928 creando las denominadas "reservas de libre disponibilidad", es decir aquellas que excedan el 100% de la base monetaria.
Estas reservas de acuerdo al mismo decreto pueden aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales.
Cabe destacar que la libre disponibilidad de las reservas no es tal ya que no tiene en cuenta que los pasivos del Banco Central de la República Argentina no sólo se componen por la base monetaria sino también por letras del tesoro, entre otros.
Lo más peligroso de esta medida era y sigue siendo la posibilidad de utilizar reservas con movimientos del tipo de cambio. Para ejemplificar, si el precio del dólar fuera llevado políticamente al doble sin que aumente la base monetaria, la mitad de las reservas quedarían como "reservas de libre
disponibilidad", lo cual genera un peligro permanente para la estabilidad económica y el conjunto de reglas claras y permanentes que necesita la calidad institucional de la nación.
Un gobierno podría verse tentado a llevar adelante una devaluación del peso para liberar recursos presupuestarios afectados al pago de los servicios de la deuda externa.
Creemos que las reservas no deben estar a disposición del poder político sino para cumplir su función básica, es decir, sostener el valor de la moneda y por consiguiente el valor de los salarios.
Si las reservas se utilizan con otros fines se corren varios riesgos (i) aumentan las expectativas devaluatorias por el menor respaldo a los pasivos del BCRA, lo que produce (ii) presiones inflacionarias y el consiguiente aumento de precios, y por consiguiente (iii) una baja en el poder adquisitivo del salario.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares la pronta aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE MARCHI, OMAR MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
FINANZAS
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0294-D-12