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PROYECTO DE TP


Expediente 0870-D-2015
Sumario: OBRAS PUBLICAS: CARACTERISTICAS A QUE DEBERAN AJUSTARSE LAS PLACAS Y SIGNOS CONMEMORATIVOS - LEY 19837 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 4°, SOBRE INCLUSION DE LOS NOMBRES PROPIOS DE LAS PERSONAS A QUIENES SE RINDEN LAS HONRAS.
Fecha: 16/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Modificase el artículo 4 de la Ley 19. 837, el que quedará rectado de la siguiente manera:
Artículo 4°: Quedan excluidas de las disposiciones de los artículos 1° y 2°las placas y signos conmemorativos que se coloquen en obras públicas o monumentos ubicados geográficamente en las distintas jurisdicciones provinciales y municipales del nacional, con carácter de homenaje a; los Héroes de la Patria, acontecimientos históricos o personalidades extintas y relevantes de la vida democrática nacional, provincial y municipal según la obra o monumento a señalizar. En estos casos podrán indicarse los nombres propios de las personas a quienes se rinden las honras, aunque hayan estado vinculadas con el proyecto o realización de las obras de que se trate.-
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el país la Ley 19.837, promulgada el 15 de setiembre de 1972, durante el gobierno de facto que presidía el Gral. Alejandro A. Lanusse, establece y reglamenta las normas que rigen sobre la colocación de placas y signos conmemorativos en las diversas obras públicas que ejecuta el Estado Nacional.
Han pasado más de cuarenta años de la vigencia de la norma, tiempo en que la historia de nuestro país revela que ha sido unos de los más cruentos que le tocado vivir al pueblo argentino. En ellos se incluye, la guerra de las Malvinas, nuestro conflicto con el vecino país de Chile por el canal de Beagle y las consecuencias de la última dictadura militar, además de sumar, en el recuerdo, el Bicentenario de diversos acontecimientos de nuestra historia y que quedaron en el olvido, solo registrados en los manuales educativos, sin evocación geográfica concreta. Hoy todos estos hechos ameritan que la memoria de los argentinos marque presencia de reconocidos hombres y mujeres, que por distintas razones, de todo el País dieron su vida en defensa de sus fronteras, de los derechos y las libertades democráticas que hoy gozamos.
De allí esta iniciativa de modificar el texto del artículo 4° dando un marco de actualidad a la época que vivimos y que justifica en el reconocimiento histórico la necesidad de incorporar a la memoria colectiva diversos acontecimientos históricos y a los héroes que contribuyen a nacimiento de nuestra Nación, que la defendieron no solo a lo largo y a lo ancho de nuestro territorio sino también más allá de sus fronteras, y a personalidades extintas y relevantes de la vida democrática nacional, provincial y municipal relacionando así la obra pública o monumento con los acontecimientos y personalidades de la jurisdicción de que se trate.-
Por lo expresado solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de éste proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL